Buenas a tod@s.
simplificando lo que habéis puesto y desde mi punto de vista:
1- todo afiliado pude votar y tiene la posibilidad de comentar la
propuesta (votación) y tiene el mismo valor que cualquier otro
afiliado (a no ser que sobre éste recaiga la confianza de otro
afiliado, la democracia líquida ya hace la función de vlorar más a un
afiliado enterado y puesto en el tema)
2- tienen que haber varias fases, una la de inicio de propuesta, con
unas pinceladas de lo que se propone pasar a votación, se comenta, y
formula la necesidad de la misma, al pasar un % de aceptación, se pasa
a la redacción de la misma procurando incorporar los comentarios más
apoyados (me gusta/no me gusta) para redactar un buen texto a aprobar.
3- Las asambleas no son decisivas!!! proqué? porque no todo el mundo
puede asistir, porque no hay tiempo de deliberar, porque TODOS los
afiliados deben tener el derecho de participar sin asistir a una
asamblea (un abuelo pueden no entender de mumble, no disponer de
ordenador y miles de cosas) Las decisiones se toman en el
procedimiento establecido. ESTO ES IMPORTANTISIMO, sino la gente nunca
se acercará a la Demcracia líquida.
4- Todas las propuestas serán susceptibles de ser modificadas por el
mismo procedimiento (es decir, si la propuesta de modificación tiene
el apoyo del % que se haya establecido)
y ahora os voy a poner un texto ya más que elavorado sobre este tema,
opinado y consensuado y listo para ser adaptado y votado, espero que
le dediquéis un rato, ello nos ahorrará mucho tiempo y podemos
modificar lo que haga falta, es más tal como se hizo (en DP, estaba
permanentemente expuesta en la web oficial para que cualquier persona
la pudiera criticar y asi crear algo realmente bueno y aceptado por
todos, de ahí que tenga tanta estructura):
Artículo 1. Objeto.
El presente Reglamento tiene por objeto definir el
procedimiento a seguir para la toma de decisiones sobre asuntos que se
vinculen con la PDI, siendo ésta la forma en la que se aceptarán o
desestimarán las Propuestas e Iniciativas que cualquier Miembro del
PDI o grupo de usuarios inicie. Este procedimiento servirá para
desarrollar una aplicación en la página web oficial en la que permita
una fácil creación y seguimiento de las propuestas hasta su votación
final.
Artículo 2. Definiciones.
A los efectos de lo establecido en el presente Reglamento se entiende
por:
- Miembro de PDI: Persona física que registrado en la Web Oficial
acredite mediante el escaneado o foto del DNI su nombre y apellidos
reales, así como su número de DNI. Un Miembro dispondrá de los
permisos de un usuario registrado y la posibilidad de votar las
propuestas y decisiones que impliquen a la PDI.
- Representantes:Son grupos de personas o personas individuales
presumiblemente cualificadas para la toma de decisiones sobre temas
específicos, los cuales se prestan como representantes para votar las
propuestas por los miembros PDI que quieran depositar su confianza.
Pueden ser asociaciones, ONGs, Asambleas ciudadanas, partidos
políticos, consultorías, etc.
- Propuesta o artículo de propuesta simple: es aquella propuesta o
artículo de propuesta que constará solamente de su aceptación o no en
la votación.
- Propuesta o artículo de propuesta múltiple:es aquella que
posibilitará la elección de entre varias alternativas (elección de
nombre, definición de porcentajes, periodos, etc.).
- Propuesta de Urgencia: Se entenderán las que por su trascendencia e
inmediatez en su decisión se deban tramitar en periodos de tiempo
inferiores a las Propuestas Normales. Principalmente éstas se deberán
a la votación de Manifiestos y definiciones a exponer en los medios de
comunicación con escaso tiempo para dar respuesta a sus invitaciones.
- Usuario PDI: Será todo aquel que se registre en la Web Oficial,
teniendo acceso a la información de la página así como la posibilidad
de crear contenido, comentar las entradas y otros contenidos sin
posibilidad de voto sobre las propuestas y decisiones que impliquen a
la PDI. Las organizaciones, partidos o personas jurídicas solo podrán
pertenecer a esta categoría, pudiendo darse de alta como representante
pero solamente contando con los votos de los Miembros PDI que les
cedan su voto.
- Voto continuo: Es la forma de expresión con la que se decide una
postura sobre un tema dado sin perjuicio de poder ser alterada dicha
decisión con el tiempo.
- Web Oficial: será en la cual se tramite cualquier información
Oficial, como Inicios de Propuestas, manifiestos, documentos, etc. la
dirección de la misma es:
http://www.partidodeinternet.es/
Artículo 3. Bases.
a. Solamente las propuestas tramitadas y votadas con mayoría en la Web
Oficial serán las que se vinculen con la PDI.
b. Mientras no se decida otro mecanismo de Comunicación Oficial, se
establece el correo electrónico introducido al registrarse para ser
informado de los Inicios de Propuesta, las Propuestas Definitivas o
sus modificaciones y la entrada en tiempo de votaciones y enmiendas de
las mismas.
c. Solamente el voto de los usuarios con categoría de Miembro PDI en
la Web Oficial serán los que se tengan en cuenta en la toma de
decisiones sobre las propuestas y temas que vinculen al PDI.
d. El contenido de las propuestas presentadas deberán estar divididas
en artículos para la votación de cada uno de ellos.
e. La votación de cualquier propuesta será mediante voto continuo,
permitiendo así la votación de nuevos Miembros PDI sobre una propuesta
anteriormente aprobada, con lo que podría verse necesario la
reformulación de alguna propuesta para ser mejorada y adaptada a la
nueva realidad.
f. El trámite a seguir dependerá de la naturaleza y transcendencia de
la propuesta, proponiéndose un tipo de tramitación al inicio y
tramitado según el que se considere oportuno en la votación de paso a
inicio de trámite.
Artículo 4. Medios de Discusión e inicio de Propuestas:
a. Cualquier medio de comunicación existente (Mumble, Skype,
Muro Facebook, foros de la Web Oficial, etc.).
Cualquier persona podrá proponer, discutir y evaluar, pero sólo los
miembros de PDI podrán votar las propuestas redactadas, o en su caso
los representantes elegidos por éstos, siendo responsabilidad de cada
uno hacer llegar sus propuestas y enmiendas de forma oficial.
b. Cualquier iniciativa o propuesta votada en reuniones no se
considerará vinculante a la Plataforma si no pasa a Trámite de
Propuesta y es votada según lo indicado en este Reglamento. Sin
embargo, éstas son un buen foco para iniciarse propuestas a partir de
las conclusiones obtenidas en las Actas de reunión, una vez redactadas
y formuladas debidamente.
Artículo 5. Partes de la que consta una Propuesta:
a. Título conciso y objeto de la propuesta.
b. Tipo de tramitación de propuesta y justificación.
c. Contenido de la Propuesta, dividida en artículos.
d. Datos de Interés: Promotor de la Propuesta, Redactor/a, fecha
de redacción.
e. Otros datos: fecha y lugar de discusión, personas implicadas,
fuentes de información, etc.
Artículo 6. Fases del Trámite de una Propuesta Participativa:
El trámite de una propuesta constará de tres fases: Consideración de
Propuesta, Inicio de Propuesta y Propuesta Definitiva.
1ª Fase. Consideración de Propuesta: Redacción y publicación en el
Listado de Consideraciones Propuestas.
Para la Consideración de Propuesta será imprescindible rellenar
los apartados a, y d del artículo 5, pudiéndose rellenar todos los que
se deseen para mayor información a los votantes.
Esta fase implica la inclusión de la nueva propuesta en el
Listado de Consideraciones de Propuestas para que los Miembros PDI que
lo deseen vote por las que quiera que pasen a Inicio de Propuesta
indicando el trámite que vean oportuno según su envergadura y
transcendencia.
Las Consideraciones de Propuestas permanecerán hasta 3 meses en el
Listado de Propuestas hasta que se supere el porcentaje mínimo de
inicio, de no superarse se eliminarán para no acumular Consideraciones
de Propuestas no populares, pudiéndose darse de alta de nuevo en
cualquier otro momento.
Dependiendo de la categoría de la Propuesta se establecen los
siguientes porcentajes mínimos para su paso a Inicio de Propuesta:
- En el momento que una Consideración de Propuesta obtenga mayoría
positiva una vez superado un 5% de los Miembros PDI, ésta pasará a la
siguiente fase, Inicio de Propuesta. Una vez alcanzada dicha
condición, se enviará un correo electrónico al promotor de la
propuesta para que la redacte con los mínimos exigidos para dar paso a
la siguiente fase. De estar ya el contenido de la Propuesta y haber
indicado el redactor la inmediatez de seguir el procedimiento al ser
aceptada, se pasará directamente a la 2ª Fase.
2ª Fase. Inicio de Propuesta, periodo de enmiendas y votaciones para
aceptación a Trámite
Ésta es la fase en la que, partiendo de un contenido dividido en
artículos, evoluciona la propuesta a partir de las enmiendas que vayan
surgiendo y las votaciones a favor o en contra de cada artículo, con
la finalidad de crear una propuesta mejorada. Esta Fase se inicia con
el envío de un correo de Aviso Oficial de Inicio de Propuesta a todos
los Miembros PDI (si así lo notifican en el configurador), donde se
indicará el enlace al Inicio de Propuesta y los datos relevantes como
el título, fecha de inicio, fecha de vencimiento de la votación y de
las enmiendas que se consideren.
A partir del envío de los avisos de Inicio de Propuesta habrá un
periodo de 7 días naturales para su votación e inclusión de enmiendas
y comentarios, artículo a artículo o de forma general, para ser
aceptada a Trámite Definitivo o no. Este Inicio de Propuesta se
incluirá en el Listado de Propuestas Abiertas, que se clasificarán
según sean Propuestas de Inicio o Definitiva.
Los comentarios y enmiendas que se vayan insertando también
podrán votarse a modo “me gusta/no me gusta” para tener una idea de lo
respaldada que puede estar dicha enmienda. Durante este periodo se
procurará incorporar en el contenido de la Propuesta las enmiendas y
comentarios que se hayan ido señalando si se ven oportunas para una
mejora de la propuesta, éstas quedarán claramente marcadas en color
para facilitar la distinción a aquellos usuarios que ya leyeron la
propuesta con antelación o se marcará la enmienda como “incluida o
considerada”.
Una Propuesta o artículo de propuesta puede ser Simple o
Múltiple, en el caso de ser múltiple, será en esta fase (Fase 2) en la
que se recojan las distintas opciones por las que los miembros PDI
votarán en la fase 3 o Propuesta Definitiva, de aceptarse la redacción
de la Propuesta Inicial para su paso a trámite definitivo.
Para la votación de Propuestas Múltiples se harán dos vueltas, en el
periodo de aceptación a Trámite se irán recogiendo las posibles
alternativas y si finalmente se da por aceptada el Inicio a Trámite
éstas se incluirían en la Propuesta Definitiva para ser votadas.
De no ser aceptada para su inicio a Trámite, ésta se eliminará
del Listado de Propuestas Abiertas. De recibir una mayoría se enviará
un aviso por correo electrónico la persona redactora de misma para que
la estructure y dé forma como Propuesta Definitiva, incluyendo las
enmiendas que se hayan recibido y discutido, así como las Propuestas
Múltiples que se consideren oportunas (la redacción de la misma se
puede hacer durante este periodo para avanzar). La redacción de la
Propuesta Definitiva dispondrá de un periodo de 2 días.
3ª Fase. Propuesta Definitiva, votación de aceptación.
Aceptada a Trámite Definitivo cada uno de los artículos
individualmente con el porcentaje de votos asignado a la categoría de
la propuesta (artículo 10) y redactada la Propuesta Definitiva, ésta
se publicará en la Web Oficial en el Listado de Propuestas Definitivas
y se enviará un aviso por correo electrónico a todos los miembros
registrados con el título de la Propuesta Definitiva, objeto de la
misma, el enlace al documento y su periodo de votación.
Este periodo dispondrá de 7 días naturales para ser aprobada
definitivamente por mayoría la propuesta. De existir Propuestas
Múltiples y éstas son más de 3, éstas dispondrán de 5 días naturales
para la votación por una de las alternativas y 2 días naturales para
la votación de entre las tres más votadas. Si las alternativas de la
Propuesta Múltiple es de 3, dentro del periodo de los 7 días se dará
por buena la más votada.
De no superar la mayoría en estos 7 días la redacción de la
Propuesta Definitiva, se volverá a redactar ajustándola según las
enmiendas y comentarios que hayan surgido en este periodo.
Artículo 5. Categorías de propuestas:
5. Propuestas de Urgencia:
Solamente se podrán tramitar por ésta vía las propuestas que se
consideren de urgencia por mayoría, sometiéndose a votación según los
siguientes periodos:
a. Inclusión de Inicio de Propuesta de Urgencia en el Listado de
Propuestas Urgentes
Se dará un plazo de 2 días naturales para la votación de
tramitarla por vía urgente o no y hacer las enmiendas oportunas. Ésta
desde su redacción y publicación será notificada por correo
electrónico a todos los usuarios registrados de un Inicio de Propuesta
de Urgencia, su título y acceso directo, incluyéndose en el Listado de
Inicio de Propuestas Urgentes.
Para ser aceptada, ésta debe estar votada por un 5% de los
usuarios registrados y salir con mayoría. De salir mayoría que no,
ésta se incluirá en el Listado de Inicio de Propuesta para su
tramitación ordinaria sin que los votos cuenten para alcanzar el 5%
imprescindible para tomarla como Inicio de Propuesta.
La redacción definitiva dispondrá de un periodo de 1 día y se
notificará también por correo electrónico para su votación definitiva.
b. Propuesta de Urgencia Definitiva
Una vez redactada, incluyendo las enmiendas que puedan haber
surgido sólo quedará la votación para su aprobación.
TODAVÍA NO ESTÁ TERMINADA, CON LO QUE NO SE VOTARÁ