Pasos necesarios para hacerse desarrollador de apliaciones para Android

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maikelalonso

no leída,
26 ene 2011, 18:04:5826/1/11
a desarrolladores-android
Hola a todos:

Quisiera preguntaros qué pasos son necesarios para hacerse
desarrollador de aplicaciones de Android. Me he informado respecto a
la "Licendia de desarrollador de aplicaciones Android" de Google pero
no sé, en términos legales referentes a España, si hay que hacerse
autónomo, formar una empresa, registrarse en la Seguridad Social,
Hacienda, etc... En definitiva, aquellos términos legales que puedan
ser necesarios.

Estoy trabajando en una empresa que no tiene nada que ver con la
informática por lo que en este caso, estoy dado de alta en la
Seguridad Social y no sé si esto influye en algo. En este primer caso,
programaría las aplicaciones en mi tiempo libre y no sé si tendría que
hacerme autónomo... La segunda posibilidad es "abrir las alas y volar"
intentando trabajar únicamente en aquello que me gusta.


Por favor, espero vuestra respuesta.

Gracias.

atauri

no leída,
27 ene 2011, 4:53:0027/1/11
a desarrollad...@googlegroups.com
Hola, la SS de tu empresa no te vale. Puedes cobrar legalmente hasta cierta cantidad sin darte de alta como autónomo (te informarán en hacienda, creo que eran 3000 pavos año o así aunque no estoy muy seguro) . Eso sí tienes que pagar el iva. Vete a hacienda y que te informen.
Si ves que vas a pasar esa barrera entoces tienes 3 opciones:
- Crear una empresa (mucha pasta y gastos constantes)
-Autónomos (lo mismo)
- Una asociación sin ánimo de lucro con 2 colegas o con papá y mamá (o los abuelos o quien quieras). No tendrás gastos de mantenimiento ni apenas de constitución pero podrás facturar legalmente. NO PODRÄS REPARTIR BENEFICIOS, pero sí que podrás comprar un lavajillas o un coche o un telf...etc etc etc para tu asociación. Incluso puedes ser empleado y cobrar un sueldo de la asoc si realizas tareas que NO SON las propias de tu cargo como presidente o vice o lo que sea. Tiene obligaciones burocráticas y poco más.
- Si tienes 5 millones de pesetas o una obra de arte o joya (ej, un sorolla o un rolex de los buenos) valorados en 5M puedes hacer una fundación. Probablemente lo más guay pero necesitas los 5 kilos.
 
Pero lo mejor es te informen en sitios oficiales y no en un foro o wikipedia. Si te equivocas llegará hacienda con una bonita sorpresa.
Mi consejo es que hagas lo que hagas lo hagas legalmente y todo confirmado en la oficina de hacienda y ss
 
Suerte!
 


 

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luiX_

no leída,
27 ene 2011, 7:59:1627/1/11
a desarrollad...@googlegroups.com
A mi me suena que la cantidad anual es más alta (12000€/año puede ser?), creo que por debajo de esa cantidad no tienes que "mandarle besitos" a hacienda. Lo que no sé es si es la cantidad total de lo que ganas, es decir, si los beneficios por cuenta ajena y por cuenta propia no pueden sumar más de esa cantidad. Eso además del gasto extra que supone tener dos pagadores.

Una cosa que sé que se puede hacer, es facturar primero y depués, durante un periódo muy corto, darte de alta como autónomo para declarar eso que has cobrado y volver a darte de baja.

De todas formas, creo que todo dependerá de lo que esperes ganar :P

Javier Pérez

no leída,
27 ene 2011, 8:23:3827/1/11
a desarrollad...@googlegroups.com
Para desarrollar y publicar aplicaciones Android no es necesario darse de alta en ningún sitio, sólo en el Android Market cuando se quiera publicar una aplicación.

Ahora bien, si vas a tener unos ingresos por la venta de tus aplicaciones o bien por publicidad, tendrás que darte de alta en actividades económicas. En hacienda suelen decir que si ingresas 50 €/mes que no les molestes... A partir de 500 €/mes creo que hacienda ya se podría interesar por tu actividad.

Otra cosa muy distinta es que se desarrollen aplicaciones para empresas, en cuyo caso hay que facturar sí o sí, se cobre lo que se cobre, y por lo tanto es necesario estar dado de alta como autónomo o como empresa. Como ha dicho luiX, puedes darte de alta en un mes para emitir las facturas que tengas, y darte de baja el mes siguiente, y así cuantas veces quieras.

En cualquier caso, primero ponte a trabajar, y después, cuando ganes dinero, ya te preocupas de cumplir con el Estado. No lo veas como un obstáculo, sino como algo a tener en cuenta cuando ganes dinero.

2011/1/27 luiX_ <lui...@gmail.com>

Samuel Gómez

no leída,
27 ene 2011, 9:06:3027/1/11
a desarrollad...@googlegroups.com
Vamos a ver, todo beneficio tiene que declararse a hacienda, eso de que si no se supera una cantidad no tienes que declararlo es un bulo que corre. Lo que si es cierto es que seguramente no te investiguen mientras no superes una cantidad escandalosa. 

Javier Pérez

no leída,
27 ene 2011, 9:20:4427/1/11
a desarrollad...@googlegroups.com
Samuel, si vas a hacienda a preguntar si te tienes que dar de alta por cobrar 50€ de publicidad en una aplicación o su venta, te encontrarás con esta situación:
  1. te mirarán mal
  2. preguntarán al compañero de al lado
  3. te informarán de que estás obligado a declarar TODOS tus ingresos
  4. y por último dirán que es una estupidez pagar 300 € de cuota de autónomo para ingresar 50 €, o 300 € (a lo que hay que restar además el IRPF), con lo que dan a entender estas posibles opciones:
    1. o bien que no se te ocurra trabajar para ingresar sólo 50 €
    2. o bien que no te des de alta a menos que tus ingresos menos tus obligaciones fiscales te den algún mínimo beneficio
También te encontrarás con que, si le preguntas a funcionarios distintos, cada uno te dirá una cosa totalmente distinta... hacienda (España) es así.

Quien quiera patearse el maravilloso mundo de los funcionarios de hacienda y sacarse de dudas, adelante. Pero que nadie deje de crear, trabajar, aprender y trastear por esta gilipollez de las obligaciones fiscales. Nadie va a joder a un chaval que gana 100€ por una aplicación para móviles. Preocúpate cuando comiences a ganar más que el sueldo mínimo interprofesional...


2011/1/27 Samuel Gómez <samuelgo...@gmail.com>

Samuel Gómez

no leída,
27 ene 2011, 14:20:2327/1/11
a desarrollad...@googlegroups.com
Hola Javier, yo solo digo como son las cosas, la gente esta diciendo que no hay que declarar como autónomo si no superas una cantidad, 3000 dicen algunos, 6000 dicen otros, y no es asi, esta claro que por 20 euros no te vas a dar de alta,  pero lo que no se puede es poner una cantidad como estan haciendo, porque no es cierto. Si se da la casualidad de que tu nombre aparece en una inspección, y no has declarado los 6000 o los 3000 o lo que sea y les da el punto, te pueden no solo hacer que pagues el Iva y los intereses, sino también multarte (y las cantidades de estas multas no son baratas)
En resumen, que cada uno haga lo que le de la gana, pero que no digan mentiras, pues no hay una cantidad por debajo de la cual no hace falta darse de alta en autónomos   

atauri

no leída,
27 ene 2011, 15:10:2527/1/11
a desarrollad...@googlegroups.com
los caminos de hacienda son inescrutables....
quizá yo tampoco me expresé bien. Según creo recordar (pero de esto hace muchos años) no es que no hubiese que declarar, sino que NO había que cotizar a la SS (que es distinto), y se podían emitir facturas con el DNI hasta un límite. Pasado el límite había que cotizar a la SS. Si eso es cierto o no no lo sé, es mi vago recuerdo, no creo que el ánimo de ninguno de nosotros sea mentir  para que nadie termine como lola flores.Todos le hemos dicho que pase por hacienda (Y por favor Javier luego cuéntanos lo que te dicen). A mí me parece una locura liarse a montar una empresa sin tener ingresos asegurados, pero cada uno es libre de cometer sus errores, yo ya cometí los míos (y cree una sl). Después de arrastrarme por este mundo decidí que para mis planes lo mejor era una asociación (legal, sin gastos, y con la posiblidad -remota- de recibir financiación pública, firmar convenios y bla, bla bla). 
Sea lo que se espero que salgamos de dudas pronto. 

maikelalonso

no leída,
28 ene 2011, 1:15:0928/1/11
a desarrolladores-android
Hola a todos:

Fuí a Hacienda y les comenté lo mismo que os he preguntado a vosotros.
El resultado fue el siguiente:

Funcionario Num.1: Me dijo que no tenía ni idea así que preguntara en
la primera planta en "Censo".
Funcionario Num2: Me dijo que no tenía ni idea así que preguntara por
otro funcionario más a la izquierda.
Funcionario Num3: Me dijo que no tenía ni idea así que espera un
momento que iba a hacer una consulta.
Tras la consulta, me comento que era
obligatorio formar una sociedad civil o darse de alta de autónomos o
constituir una empresa y que a parte lo mejor era pasar por la
Seguridad Social para comentar el tema y que me indicaran si había
alguna cosa más que se les escapara. Lo que dejo claro es que tributar
había que tributar fueran los ingresos que fueran y que algún tipo de
alta como autónomos o sociedad debía realizarse. La cuestión que me
planteo es si voy y pregunto en otra Administración de Hacienda, ¿me
darán la misma respuesta? Como bien respondía alguien aquí, es muy
posible que no. Como odio la burocracia y lo mal que funcionan algunas
administraciones públicas ( por no decir todas) para estar en el Siglo
XXI.

En definitiva, parece que este tema está todavía bastante en el aire
porque si dijera que quiero hacerme electricista no creo que tuvieran
tantas dudas. Pero a los que nos queremos dedicar a esto creo que nos
tienen que poder dar la información verídica para que luego no
tengamos problemas ( que bastantes podemos tener simplemente para que
funcionen nuestras aplicaciones ).

Si alguien ya lleva tiempo dedicándose a esto le agradecería me
indicara como lo ha hecho para así tener distintos puntos de vista.

Gracias a todos por las respuestas. Sois un gran grupo.


Saludos.

On 27 ene, 21:10, atauri <david.ata...@gmail.com> wrote:
> los caminos de hacienda son inescrutables....
> quizá yo tampoco me expresé bien. Según creo recordar (pero de esto hace
> muchos años) no es que no hubiese que declarar, sino que NO había que
> cotizar a la SS (que es distinto), y se podían emitir facturas con el DNI
> hasta un límite. Pasado el límite había que cotizar a la SS. Si eso es
> cierto o no no lo sé, es mi vago recuerdo, no creo que el ánimo de ninguno
> de nosotros sea mentir  para que nadie termine como lola flores.Todos le
> hemos dicho que pase por hacienda (Y por favor Javier luego cuéntanos lo que
> te dicen). A mí me parece una locura liarse a montar una empresa sin tener
> ingresos asegurados, pero cada uno es libre de cometer sus errores, yo ya
> cometí los míos (y cree una sl). Después de arrastrarme por este mundo
> decidí que para mis planes lo mejor era una asociación (legal, sin gastos, y
> con la posiblidad -remota- de recibir financiación pública, firmar convenios
> y bla, bla bla).
> Sea lo que se espero que salgamos de dudas pronto.
>
> El 27 de enero de 2011 20:20, Samuel Gómez
> <samuelgomezmar...@gmail.com>escribió:> Hola Javier, yo solo digo como son las cosas, la gente esta diciendo que no
> > hay que declarar como autónomo si no superas una cantidad, 3000 dicen
> > algunos, 6000 dicen otros, y no es asi, esta claro que por 20 euros no te
> > vas a dar de alta,  pero lo que no se puede es poner una cantidad como estan
> > haciendo, porque no es cierto. Si se da la casualidad de que tu nombre
> > aparece en una inspección, y no has declarado los 6000 o los 3000 o lo que
> > sea y les da el punto, te pueden no solo hacer que pagues el Iva y los
> > intereses, sino también multarte (y las cantidades de estas multas no son
> > baratas)
> > En resumen, que cada uno haga lo que le de la gana, pero que no digan
> > mentiras, pues no hay una cantidad por debajo de la cual no hace falta darse
> > de alta en autónomos
> >  El 27/01/2011, a las 15:20, Javier Pérez escribió:
>
> >  Samuel, si vas a hacienda a preguntar si te tienes que dar de alta por
> > cobrar 50€ de publicidad en una aplicación o su venta, te encontrarás con
> > esta situación:
>
> >    1. te mirarán mal
> >    2. preguntarán al compañero de al lado
> >    3. te informarán de que estás obligado a declarar TODOS tus ingresos
> >    4. y por último dirán que es una estupidez pagar 300 € de cuota de
> >    autónomo para ingresar 50 €, o 300 € (a lo que hay que restar además el
> >    IRPF), con lo que dan a entender estas posibles opciones:
> >       1. o bien que no se te ocurra trabajar para ingresar sólo 50 €
> >       2. o bien que no te des de alta a menos que tus ingresos menos tus
> >       obligaciones fiscales te den algún mínimo beneficio
>
> > También te encontrarás con que, si le preguntas a funcionarios distintos,
> > cada uno te dirá una cosa totalmente distinta... hacienda (España) es así.
>
> > Quien quiera patearse el maravilloso mundo de los funcionarios de hacienda
> > y sacarse de dudas, adelante. Pero que nadie deje de crear, trabajar,
> > aprender y trastear por esta gilipollez de las obligaciones fiscales. Nadie
> > va a joder a un chaval que gana 100€ por una aplicación para móviles.
> > Preocúpate cuando comiences a ganar más que el sueldo mínimo
> > interprofesional...
>
> > 2011/1/27 Samuel Gómez <samuelgomezmar...@gmail.com>
> >>> El 27 de enero de 2011 10:53, atauri <david.ata...@gmail.com> escribió:
>
> >>>> Hola, la SS de tu empresa no te vale. Puedes cobrar legalmente hasta
> >>>> cierta cantidad sin darte de alta como autónomo (te informarán en hacienda,
> >>>> creo que eran 3000 pavos año o así aunque no estoy muy seguro) . Eso sí
> >>>> tienes que pagar el iva. Vete a hacienda y que te informen.
> >>>> Si ves que vas a pasar esa barrera entoces tienes 3 opciones:
> >>>> - Crear una empresa (mucha pasta y gastos constantes)
> >>>> -Autónomos (lo mismo)
> >>>> - Una asociación sin ánimo de lucro con 2 colegas o con papá y mamá (o
> >>>> los abuelos o quien quieras). No tendrás gastos de mantenimiento ni apenas
> >>>> de constitución pero podrás facturar legalmente. NO PODRÄS REPARTIR
> >>>> BENEFICIOS, pero sí que podrás comprar un lavajillas o un coche o un
> >>>> telf...etc etc etc para tu asociación. Incluso puedes ser empleado y cobrar
> >>>> un sueldo de la asoc si realizas tareas que NO SON las propias de tu cargo
> >>>> como presidente o vice o lo que sea. Tiene obligaciones burocráticas y poco
> >>>> más.
> >>>> - Si tienes 5 millones de pesetas o una obra de arte o joya (ej, un
> >>>> sorolla o un rolex de los buenos) valorados en 5M puedes hacer una
> >>>> fundación. Probablemente lo más guay pero necesitas los 5 kilos.
>
> >>>> Pero lo mejor es te informen en sitios oficiales y no en un foro o
> >>>> wikipedia. Si te equivocas llegará hacienda con una bonita sorpresa.
> >>>> Mi consejo es que hagas lo que hagas lo hagas legalmente y todo
> >>>> confirmado en la oficina de hacienda y ss
>
> >>>> Suerte!
>
> >>>> El 27 de enero de 2011 00:04, maikelalonso <maikelalonsob...@gmail.com>escribió:
>
> >>>> Hola a todos:
>
> >>>>> Quisiera preguntaros qué pasos son necesarios para hacerse
> >>>>> desarrollador de aplicaciones de Android. Me he informado respecto a
> >>>>> la "Licendia de desarrollador de aplicaciones Android" de Google pero
> >>>>> no sé, en términos legales referentes a España, si hay que hacerse
> >>>>> autónomo, formar una empresa, registrarse en la Seguridad Social,
> >>>>> Hacienda, etc... En definitiva, aquellos términos legales que puedan
> >>>>> ser necesarios.
>
> >>>>> Estoy trabajando en una empresa que no tiene nada que ver con la
> >>>>> informática por lo que en este caso, estoy dado de alta en la
> >>>>> Seguridad Social y no sé si esto influye en algo. En este primer caso,
> >>>>> programaría las aplicaciones en mi tiempo libre y no sé si tendría que
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>
> >> Un saludo,
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Juan de Dios Maldonado Sánchez

no leída,
28 ene 2011, 4:19:5328/1/11
a desarrollad...@googlegroups.com

Yo de ti, haría lo que comentaron antes. Empieza a desarrollar tus aplicaciones y las pones a la venta. Si resulta que te da para pagarte los gastos de autónomo y además tienes beneficios, entonces ya te das de alta. No tiene sentido trabajar para estar teniendo pérdidas.

Saludos.

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