Salario Base de Cot Apor

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Oscar Garcia

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Mar 29, 2014, 10:21:00 PM3/29/14
to vfp-factura-ele...@googlegroups.com
Saludos...

¿El Salario Base de Cot Apor, es lo mismo que el Salario Diario Integrado Mixto que maneja el IMSS? o ¿que es?
Este dato lo pide el SAT para el CFDI de nómina, se que es opcional, pero algunos clientes quieren que vayan todos los datos sean opcionales o no.

De antemano muchas gracias.

Arturo Lugo

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Mar 29, 2014, 10:46:18 PM3/29/14
to vfp-factura-ele...@googlegroups.com
El Salario Base de Cotización, es diferente al Salario Diario Integrado Mixto, y al Salario Diario, trato de explicar, el Salario Diario es lo que te paga tu patrón de forma diaria, el Salario Diario Integrado es el que se reporta al IMSS, este se determina tomando en cuenta tu Salario Diario y los días de Aguinaldo, Vacaciones y prima vacacional que te corresponden por los años de antigüedad que tienes, y el Salario Diario Integrado Mixto, es igual que el anterior solo que a este aparte se le agrega lo que trabajaste de forma extra como tiempo extra doble, triple, algún bono que integren para Seguro Social, este se determina de forma bimestral, es decir, lo que trabajas en enero y febrero se utiliza para determinar tu SDIM que utilizarán para realizar los cálculos de descuentos en Marzo y Abril, este SDIM se reporta al IMSS, cuando no existe nada de pago extra el Salario que se reporta al IMSS es el SDI.

Espero no haberte confundido mas.

Saludos

IS & CP Arturo Lugo Llort

Oscar Garcia

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Mar 29, 2014, 11:10:28 PM3/29/14
to vfp-factura-electronica-mexico
Saludos...

Muchas gracias en verdad agradezco tu ayuda, me explicaste muy bien que es el Salario diario integrado y el Salario diario integrado mixto, pero no que es el Salario base de Cot Apor. Por favor quisiera una definición un poco más clara que la definición que puso el SAT para saber como calcularlo.

Es que la definición del SAT dice que "Retribución por los pagos hechos en efectivo por CUOTA DIARIA, gratificaciones, percepciones , primas, comisiones, etc. Pero me pregunto ¿acaso hay personas que reciben Gratificaciones, percepciones, primas, comisiones, diarias?, si no es así como lo determino en couta diaria, ¿lo que ganó una semana entre 7?, ¿lo que un mes entre 30?, no entiendo.. 

De antemano muchas gracias.



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Arturo Lugo

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Mar 29, 2014, 11:27:08 PM3/29/14
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El Salario Base de Cotización es el Salario Diario Integrado, es con lo que cotizas ante el IMSS (Salario Base de Cotización)

Saludos

IS & CP Arturo Lugo Llort


El sábado, 29 de marzo de 2014 22:10:28 UTC-5, Oscar Garcia escribió:
Saludos...

Muchas gracias en verdad agradezco tu ayuda, me explicaste muy bien que es el Salario diario integrado y el Salario diario integrado mixto, pero no que es el Salario base de Cot Apor. Por favor quisiera una definición un poco más clara que la definición que puso el SAT para saber como calcularlo.

Es que la definición del SAT dice que "Retribución por los pagos hechos en efectivo por CUOTA DIARIA, gratificaciones, percepciones , primas, comisiones, etc. Pero me pregunto ¿acaso hay personas que reciben Gratificaciones, percepciones, primas, comisiones, diarias?, si no es así como lo determino en couta diaria, ¿lo que ganó una semana entre 7?, ¿lo que un mes entre 30?, no entiendo.. 

De antemano muchas gracias.

El 29 de marzo de 2014, 20:46, Arturo Lugo <lugo...@gmail.com> escribió:
El Salario Base de Cotización, es diferente al Salario Diario Integrado Mixto, y al Salario Diario, trato de explicar, el Salario Diario es lo que te paga tu patrón de forma diaria, el Salario Diario Integrado es el que se reporta al IMSS, este se determina tomando en cuenta tu Salario Diario y los días de Aguinaldo, Vacaciones y prima vacacional que te corresponden por los años de antigüedad que tienes, y el Salario Diario Integrado Mixto, es igual que el anterior solo que a este aparte se le agrega lo que trabajaste de forma extra como tiempo extra doble, triple, algún bono que integren para Seguro Social, este se determina de forma bimestral, es decir, lo que trabajas en enero y febrero se utiliza para determinar tu SDIM que utilizarán para realizar los cálculos de descuentos en Marzo y Abril, este SDIM se reporta al IMSS, cuando no existe nada de pago extra el Salario que se reporta al IMSS es el SDI.

Espero no haberte confundido mas.

Saludos

IS & CP Arturo Lugo Llort


El sábado, 29 de marzo de 2014 21:21:00 UTC-5, Oscar Garcia escribió:
Saludos...

¿El Salario Base de Cot Apor, es lo mismo que el Salario Diario Integrado Mixto que maneja el IMSS? o ¿que es?
Este dato lo pide el SAT para el CFDI de nómina, se que es opcional, pero algunos clientes quieren que vayan todos los datos sean opcionales o no.

De antemano muchas gracias.

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Mayra Moreno

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Mar 29, 2014, 11:31:42 PM3/29/14
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El sbc se forma del salario diario integrado mas el variable.  Cada 2 meses se debe presentar x empleado el sueldo variable y como te decia la suma del sdi mas este se determina el sbc . Sueldo variable es todo aquello que no siempre ganas porque dependes de comisiones. Premios de asistencia puntualidad que puede que a veces no percibas o varie mucho

Oscar Garcia

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Mar 29, 2014, 11:47:39 PM3/29/14
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Te agradezco mucho, pero... siempre hay un pero, si el Salario Base de cotización es lo mismo que el Salario Diario integrado, porque el SAT pide los dos, es decir primero pide el "SalarioBaseCotApor" y 2 renglones adelante pide el "SalarioDiarioIntegrado".


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Arturo Lugo

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Mar 29, 2014, 11:50:59 PM3/29/14
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En cuanto al salario diario lo correcto es lo que ganas en el mes entre 30.4, porque este número: son 365 días al año entre 12 meses te dan los 30.4 días que son el promedio mensual.

En cuanto a lo que reciben si existen este tipo de sueldos como por ejemplo los comisionistas que tienen sueldo base más comisión y alguna gratificación por ventas, si a esto le agregan que trabaja en domingo, por ley le debes pagar una prima dominical.

Saludos

IS & CP Arturo Lugo Llort


El sábado, 29 de marzo de 2014 22:10:28 UTC-5, Oscar Garcia escribió:
Saludos...

Muchas gracias en verdad agradezco tu ayuda, me explicaste muy bien que es el Salario diario integrado y el Salario diario integrado mixto, pero no que es el Salario base de Cot Apor. Por favor quisiera una definición un poco más clara que la definición que puso el SAT para saber como calcularlo.

Es que la definición del SAT dice que "Retribución por los pagos hechos en efectivo por CUOTA DIARIA, gratificaciones, percepciones , primas, comisiones, etc. Pero me pregunto ¿acaso hay personas que reciben Gratificaciones, percepciones, primas, comisiones, diarias?, si no es así como lo determino en couta diaria, ¿lo que ganó una semana entre 7?, ¿lo que un mes entre 30?, no entiendo.. 

De antemano muchas gracias.

El 29 de marzo de 2014, 20:46, Arturo Lugo <lugo...@gmail.com> escribió:
El Salario Base de Cotización, es diferente al Salario Diario Integrado Mixto, y al Salario Diario, trato de explicar, el Salario Diario es lo que te paga tu patrón de forma diaria, el Salario Diario Integrado es el que se reporta al IMSS, este se determina tomando en cuenta tu Salario Diario y los días de Aguinaldo, Vacaciones y prima vacacional que te corresponden por los años de antigüedad que tienes, y el Salario Diario Integrado Mixto, es igual que el anterior solo que a este aparte se le agrega lo que trabajaste de forma extra como tiempo extra doble, triple, algún bono que integren para Seguro Social, este se determina de forma bimestral, es decir, lo que trabajas en enero y febrero se utiliza para determinar tu SDIM que utilizarán para realizar los cálculos de descuentos en Marzo y Abril, este SDIM se reporta al IMSS, cuando no existe nada de pago extra el Salario que se reporta al IMSS es el SDI.

Espero no haberte confundido mas.

Saludos

IS & CP Arturo Lugo Llort


El sábado, 29 de marzo de 2014 21:21:00 UTC-5, Oscar Garcia escribió:
Saludos...

¿El Salario Base de Cot Apor, es lo mismo que el Salario Diario Integrado Mixto que maneja el IMSS? o ¿que es?
Este dato lo pide el SAT para el CFDI de nómina, se que es opcional, pero algunos clientes quieren que vayan todos los datos sean opcionales o no.

De antemano muchas gracias.

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Oscar Garcia

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Mar 29, 2014, 11:52:26 PM3/29/14
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Gracias Mayra, el Salario diario integrado + los variables es lo que yo conocía como Salario diario integrado mixto, voy a poner ese y haber que pasa.

Nuevamente muchas gracias a Arturo, Mayra y a todos.

Oscar Garcia

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Mar 29, 2014, 11:58:44 PM3/29/14
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Gracias Arturo, así tengo los cálculos, sólo que el nombre de Salario base de cotización Apor, no lo conocía y como a esta hora no tengo disponible al contador de mi cliente, recurro a los superamigos del foro.



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Alejandro Castrejon

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Mar 30, 2014, 6:19:23 PM3/30/14
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10.- ¿Qué dato debe asentarse en el campo SalarioBase CotApor del Complemento? 
Para trabajadores sujetos a la Ley del Seguro Social, debe asentarse este dato conforme a lo 
dispuesto por el art 27 de dicha ley. 
Fundamento Legal: Artículo 27 de la Ley del Seguro Social y 94 de la Ley del Impuesto 
Sobre la Renta

Fuente:

Saludos,
Alejandro Castrejon


Oscar Garcia

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Mar 30, 2014, 10:38:04 PM3/30/14
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Gracias, muy bueno el dato, lo voy a leer completito.
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