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Incluída en el Fundamento de Proyecto de Ley de Declaración de Monumento Histórico Nacional/Provincial impulsado en el Congreso Nacional y Legislatura Bonaerense a instancia de los Diputados Nacionales: Stolbizer-Roy-Cassese-Jano y Diputado Pcial. Marcelo Elías.
En el año 1922 Monseñor Miguel de Andrea, creó una asociación civil sin fines de lucro donde acoger a empleadas y estudiantes del interior del país, que extendió en distintas casas de capital y provincia de Buenos Aires, con el objeto de brindar apoyo espiritual, físico, social, cultural y asistencial. “F.A.C.E.” –Federación de Asociaciones Católicas de Empleadas-, es una asociación de raíces católicas pero que integra socias de otros credos y está sujeta en lo jurídico desde el 27 de diciembre de 1927 a la supervisión de la Inspección General de Justicia.-
En el año 1938 la F.A.C.E. adquiere una quinta en la localidad de Castelar, de una superficie aproximada de 5870 metros cuadrados, donde se decidió la creación de un espacio físico, deportivo y social, para la mujer trabajadora, donde pudiera gozar de tranquilidad y descanso. La inauguración de las instalaciones, que contaba con pileta de natación y vestuarios, canchas de tenis, básquet y bochas y todo lo necesario para el relax, se llevó a cabo el 11 de diciembre de 1938 con la asistencia de quien fuera entonces Gobernador de la provincia de Buenos Aires, Dr. Manuel Fresco.
Dable es destacar, que antes de que se donara el predio para la obra de Monseñor De Andrea, el lugar contaba ya con una basta historia. Así la Avenida hacia cuyo frente da la quinta que hoy se pretende declarar monumento histórico, lleva el nombre de quien fuera precisamente el propietario de la quinta de la F.A.C.E. y uno de los vecinos más destacados de la localidad, el escritor argentino Estanislao Severo Zeballos (1854-1923), autor de obras como Callyucurá; La dinastía de los Piedra; Painé, Viaje al pais de los araucanos y La conquista de 15000 leguas entre otras.. De allí el nombre de la Avenida donde se asienta hoy la Institución “FACE”.-
Estanislao Zeballos, quien además de escritor de temas históricos y geográficos, fuera destacado jurisconsulto -decano de la Facultad de Derecho de Buenos Aires-, diputado nacional, diplomático, Ministro de Relaciones Exteriores y senador por la provincia de Buenos Aires, desarrolló una importante función en la fundación de la Sociedad Científica Argentina, nacida en el seno del departamento de Ciencias Exactas de la Universidad de Buenos Aires, en 1872.
En 1879, Zeballos fundó el Instituto Geográfico Argentino en respuesta a los estímulos que los estudios geográficos estaban ganando en esa época.
A la par de su actividad política, Zeballos trabajó como escritor y redactor de distintos periódicos, entre los que pueden mencionarse “El Mensajero” de Rosario y “La Prensa”. Así es que involucrado en esa función, fue uno de los promotores de la creación del Círculo de Periodistas.
La quinta donde hoy se asienta la F.A.C.E., era en aquél entonces denominada “VICTORIA FARM” y daba al camino Real –hoy Av. Zeballos-, por donde pasaron las carrozas que conducían a la Infanta Isabel de Borbón, representante de España en las celebraciones del Centenario y al Presidente de la República, Dr. Figueroa Alcorta, en ocasión de visitar la Residencia de Zeballos.
Todo ello nos lleva a pensar en la fortuna de contar con un lugar en la zona, que no sólo ejerce la función de pulmón de la localidad por contar con una arboleda centenaria, sino también un lugar donde se siguen desarrollando actividades educativas, como cursos de idiomas inglés y portugués, protocolo y ceremonial, cursos de repostería y cocina, dactilografía, pátinas y arte decorativo, además de actividades deportivas como natación, yoga, gimnasia modeladora y gimnasia para embarazadas.
Es por
ello razonable, que siendo este lugar un caudaloso reservorio histórico para la
zona moronense e invaluable por su contenido cultural, pretendamos su
preservación y solicitemos consecuentemente la aprobación del presente Proyecto
de Ley.
Sïntesis Histórica de CASTELAR en página Web del Municipio de Morón
Esta localidad tuvo su origen en
el siglo XIX, su superficie es de 20,11 km2 y cuenta con 112.337 habitantes
(censo 1991).
Sus límites son:
Blas Parera, Santa Rosa, Gaona, Vergara, Cañada de Juan Ruiz, Guido, Santa María
de Oro, Montevideo, Arena, Passadore, E. Jarry, Ferré, Stevenson,
Hortiguera.
Fue declarada ciudad el 15 de diciembre de 1971 por Ley
provincial 7793.
Origen
del Nombre: A instancias de
Estanislao Zeballos (vecino destacado de la zona), se dispuso designar al pueblo
con el nombre de Castelar , en homenaje al tribuno, escritor y político español
del siglo XIX.
Desarrollo histórico, primeras
familias
En sus orígenes la localidad era un poblado ubicado
en el camino entre la posta de Morón y el Puente de Márquez, en una suave colina
cubierta de vegetación. Sus habitantes la llamaban Loma Verde.
La zona
también fue conocida como “El Chimborazo”, por las condiciones elevadas del
terreno (comparándolas con las alturas del monte ecuatoriano).
Con la llegada
del Ferrocarril, a fines del siglo XIX se instaló un apeadero para operaciones
de carga y descarga de una grasería cercana, el cual se denominó “Parada Km.22”,
a donde llegó el primer ferrocarril en diciembre de 1913 ya en 1923 se inauguró
la electrificación de las líneas férreas. En 1913 recibe el nombre de Emilio
Castelar
Las familias
destacadas que se establecieron en la zona fueron : Ayerza, Bava, Udaondo,
Leloir, Sayago, Zeballos, etc.
El trazado del FFCC y el
establecimiento de la estación fue un factor determinante, al igual que en el
resto de las localidades del oeste. También merece destacarse el establecimiento
de la base aérea y su aeropuerto que consolidó el poblamiento de la zona. En
1920 se instaló la Escuela de Aviación Italo-Argentino en las actuales calles
Arias, España, Lincoln y las vías del tren.
MARKETING MUNICIPAL DEL INSTITUTO Y ARCHIVO HISTÓRICO Y ORDENANZA DE DIVULGACIÓN Y PRESERVACIÓN DEL PATRIMONIO DE LOS MORONENSES –en página Web del Municipio de Morón -
La comisión
Municipal de Patrimonio Urbanístico, Histórico y Cultural inició una campaña
para incrementar el archivo histórico municipal.
LEGISLACION:
Para promover y gestionar políticas públicas tendientes a la
divulgación y preservación del patrimonio de
los moronenses.
Se creó la
Comisión Municipal de Patrimonio Urbanístico Histórico y Cultural
En la sesión ordinaria llevada a cabo
el 9 de septiembre de
2004, los concejales de Morón aprobaron la creación de una “COMISIÓN
MUNICIPAL DE PATRIMONIO URBANÍSTICO HISTÓRICO Y CULTURAL” que funcionará en el
ámbito de la Secretaría de Desarrollo Social del Departamento Ejecutivo del
Municipio de Morón.
Este proyecto ha sido elaborado y consensuado con el Instituto y Archivo Histórico de Morón (dependiente de la Dirección de Educación), y la Dirección de Arte y Cultura, ambas pertenecientes a la Secretaría de Desarrollo Social del Municipio de Morón; la Dirección de Proyectos de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano; y concejales de todos los bloques políticos en representación del Honorable Concejo Deliberante.
“Esta ordenanza se sancionó con la idea de proteger y
conservar todo aquello que forma parte de una identidad común de los
moronenses”, manifestó el presidente del HCD Adrián Grana. Y resaltó: “Una de
las funciones del Estado es la de preservar, identificar y hacer conocer el
patrimonio histórico cultural de la comunidad para poder afirmar y construir
nuestra cultura y nuestra historia”.
La Comisión
tendrá carácter permanente y
estará integrada por:
a) Un representante de la
Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano.
b) Un representante de la Secretaría de Desarrollo Social y uno
de cada una de las áreas que se detallan:
b.1.
- Dirección de Arte y Cultura
b.1.1. Museo
Histórico Municipal
b.2. - Dirección de
Educación
b.2.1. Instituto y Archivo
Histórico
c) Un
representante de la Secretaría de Relaciones con la Comunidad.
d) Un representante de la Secretaría General de
Gobierno
e) Un representante por cada Bloque
Político que conforman el Honorable Concejo Deliberante.
f) En aquellas reuniones en que se traten temas vinculados con
intereses de localidades en particular, un representante de la Unidad de Gestión
Comunitaria interesada.
Tendrá la misión de:
a) Promover y gestionar políticas públicas tendientes a la divulgación y preservación del patrimonio urbanístico, histórico, cultural y natural del Municipio de Morón.
b) Realizar un relevamiento permanente del patrimonio mencionado en el punto a), a través de la implementación de un registro que funcionará en las dependencias del Instituto Histórico de Morón.
c) Coordinar y
fomentar la colaboración entre las distintas áreas del Gobierno Municipal,
como así también de otras organizaciones
interesadas.
d) Auspiciar toda iniciativa vinculada a la investigación,
conservación y difusión del patrimonio.
e) Proponer las tareas de apoyo y mantenimiento de los monumentos y sitios históricos del Partido a las áreas competentes, según lo especificado en el Art. 7º de la ordenanza.
f) Difundir y divulgar el conocimiento y la valoración de los bienes históricos y culturales, integrándolos a los distintos niveles educativos formales y no formales.
g) Realizar las tramitaciones necesarias para incluir los bienes históricos y culturales de valor patrimonial en las publicaciones históricas, culturales y turísticas en los ámbitos Nacional, Provincial y Municipal.
h) Auspiciar y promover la firma de convenios que garanticen la conservación y divulgación del patrimonio urbanístico, histórico, y cultural.
Los Bienes Patrimoniales serán categorizados como:
1. SITIOS O LUGARES
HISTÓRICOS, vinculados con acontecimientos del pasado, de destacado valor histórico, antropológico,
arquitectónico, urbanístico o social.
2. MONUMENTOS,
obras singulares de orden arquitectónico, ingenieril, pictórico, escultórico u
otros que sobresalgan por su valoración, vinculado a un entorno o marco
referencial que concurra a su protección.
3.
CONJUNTO O GRUPO DE CONSTRUCCIONES, áreas que por su arquitectura, unidad o
integración con el paisaje, tengan valor especial desde el punto de vista
arquitectónico, urbano, tecnológico y/o comunitario.
4. PATRIMONIO NATURAL, conjunto de
elementos naturales, caracterizados por sus valores estéticos, comunitarios,
ecológicos, paisajísticos y/o botánicos, sean o no producto de la intervención
humana.
5. ESPACIOS PÚBLICOS, constituidos por
plazas, plazoletas, boulevares, calles u otro, cuyo valor radica en la presencia
de un entorno histórico comunitario y en las condiciones espaciales y
funcionales ofrecidas para el uso social pleno.
6. ZONAS Y BIENES ARQUEOLÓGICOS constituidos por sitios,
enclaves o elementos claramente definidos, en los que se compruebe la existencia
real o potencial de restos y testimonios de interés relevante.
7. COLECCIONES Y OBJETOS existentes en museos, bibliotecas y
archivos públicos o de particulares, así como otros bienes de destacado valor
histórico, artístico, antropológico, científico, técnico o
social.
8. FONDOS DOCUMENTALES en cualquier
tipo de soporte.
9. EXPRESIONES Y
MANIFESTACIONES INTANGIBLES conformadas por las tradiciones, las costumbres, los
hábitos y los relatos de la comunidad, así como espacios o formas de expresión
de la cultura local de valor histórico, artístico, religioso, antropológico o
lingüístico, vigentes y/o en riesgos de desaparición.
10. PATRIMONIO CULTURAL VIVIENTE constituido por las
actividades de personas, grupos o movimientos sociales meritorios por su aporte
a las tradiciones en las diversas manifestaciones de la identidad cultural
local.
La Comisión deberá convocar a
participar a los ciudadanos, en forma individual o a través de sus
organizaciones, cuando se viesen afectados por las decisiones que se tomaren en
el ámbito de la misma. Ante la declaratoria de patrimonio urbanístico, histórico
y/o cultural, la Comisión deberá convocar a los interesados directos a fin de
convenir las condiciones de dicha determinación.
La ejecución de las acciones determinadas por la Comisión,
estará a cargo de las áreas del Departamento Ejecutivo según su competencia en
cada caso particular.
La Comisión
Municipal de Patrimonio Urbanístico Histórico y Cultural estará coordinada por
la Dirección del Instituto y Archivo Histórico de
Morón.
Dicha Comisión deberá constituirse dentro de un plazo de 30
días a partir de la promulgación de
la Ordenanza, y dictará su Reglamento
Interno.
Además, derogaron las Ordenanzas
Nº722/97 y Nº2992/00, ya que la aprobada hoy es abarcativa y supera los límites
de lo que tradicionalmente se considera patrimonio cultural.
EL DEBER CONSTITUCIONAL AMBIENTAL DEL ESTADO
ART. 41 CONSTITUCIÓN NACIONAL
Establece:”.....las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica y a la información y educación ambientales...”
Esta obligación constitucional que impone al estado (nacional, provincial y municipal) es inexcusable.
LEY 25.675 POLÍTICA AMBIENTAL NACIONAL
Orientada en el mismo sentido.
Desde hace años en Morón funciona el Instituto y Archivo Histórico a cargo de la Prof. Graciela Sáenz, quién a pedido de los Vecinos en Defensa de Face según sus dichos informó que:
- En el archivo sólo existía una fotografía con vista aérea del predio.
- El bibliorato con la letra “Z” para ubicar la historia de Zeballos había desaparecido.
- Que el predio en cuestión no tenía historia.
- Que no la fuesen a buscar al archivo histórico de Luján porque allí encontrarían solo historia de indios.
- Cuestiona el párrafo de fundamentos del Proyecto de Ley del Congreso Nacional y Legislatura Provincial como datos históricos inexistentes desconociendo a la actual Av.Zeballos como el histórico “Camino Real”.
Los mismos vecinos viajaron a Luján donde en el archivo histórico de la biblioteca de esa Ciudad, la investigadora Mariana Luchetti confirma el dato histórico del predio como fidedigno. Por otra parte también puede ser hallada en libros de época existente en bibliotecas o buscadores de internet.