El Consejo Universitario de la UNT en su sesión de hoy día (3 de setiembre) ha perdido la oportunidad de rectificarse de su decisión del día 06 de agosto de 2014 que había acordado conminar al Jefe del Departamento de Matemáticas que ingrese al SGA el nombre de un profesor en un curso de repetición de la Facultad de Ingeniería cuyo dictado no se había autorizado y por supuesto no se ha dictado.
La decisión, sobre el pedido de nulidad de dicho acuerdo presentado por la Jefatura del Departamento de Matemáticas junto con 36 docentes, ha sido delegado a la Comisión Académica. Confiamos que la decisión de esta comisión esté dentro de la ley, el estatuto y los reglamentos. Pues de lo contrario, sería una decisión muy grave al avalar el ingreso de notas de un curso que no se ha autorizado su dictado, no se ha dictado y no se ha evaluado. De donde saldría las notas?.....
En estos momentos de transición a la nueva ley, toda la comunidad debe estar alerta para evitar que se cristalice actos de corrupción como ésta en nuestra primera casa de estudios.
--Adjuntamos documento de denuncia de irregularidades en la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión - Huacho. Esto mismo se vislumbra en la Universidad Nacional de Trujillo.Acuerdo por la UNT
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Haber si la OCI actua. Por que solo se dedica a fastidiar a los profesores de la oposición del rector.On Saturday, September 6, 2014 5:47 PM, 'Idrogo Cordova' via ACUERDO POR LA UNT <ACUER...@googlegroups.com> wrote:
¿Y que hace la famosa OCI?.
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Estimados
Colegas
Habiendo lanzado el tema a debate, considero que es mi responsabilidad
complementar la información sobre el recurso de nulidad del acuerdo del Consejo
Universitario la de ingresar notas de un curso cuyo dictado no fue autorizado
por ninguna instancia universitaria. La Comisión Académica acordó profundizar
en la investigación y ha solicitado información a todas las partes
involucradas. Al respecto y en base a algunos comentarios escuchados manifiesto
lo siguiente:
1) De acuerdo a las normas de la UNT, en un Departamento se encuentran archivados los horarios de todos los cursos y demás actividades oficiales de un docente incluido los de sedes desconcentradas. En un Departamento figuran todos los cursos oficiales (en carga horaria aprobada por el Decanato) que se dictan en toda la universidad. El Departamento comunica a cada Escuela la relación de todos los cursos que de manera Oficial se dicta. En el Departamento, en el libro de las clases diarias, se registra todas las clases. Se archiva y se comunica (2 veces por semestre) a cada Escuela el avance Silábico de cada curso a cargo del Departamento. Se archiva el resultado de la revisión de la carpeta docente de cada curso. En particular, en el Departamento de Matemática se registra las notas de todos los exámenes parciales incluido los de aplazados de todos los cursos. Respecto al curso en debate absolutamente no existe documento alguno que indique que se haya dictado. Por tanto la versión oficial del Departamento es que el curso no se ha autorizado y no se ha dictado, esto es la verdad del Departamento no es VERDAD A MEDIAS es ABSOLUTA. Sin embargo, debe quedar claro que cada profesor haciendo uso de su libertad individual y fuera de su carga de 40 horas semanales puede dedicarse a diferentes tipos de actividades como por ejemplo, dar clases particulares, incluso utilizando aulas universitarias.
2) Admitiendo que por alguna razón la UNT haya adoptado proteger la informalidad, y por tanto por no perjudicar a algunos alumnos decida avalar y formalizar las clases particulares de algunas personas, creo que debería ajustarse a las normas. Respecto al curso en concreto, gracias a la generosidad de dos de los alumnos que recibieron clases particulares, tengo copia de los registros de asistencia, los mismos que junto con otros documentos han sido entregados a la Vicerrectoria Académica. Se trata de un curso de 6 horas semanales que normalmente se dicta en dos sesiones de 3 horas cada uno, es decir, es un curso de 32 sesiones por semestre. En un documento se adjunta la contabilización de las asistencias de los alumnos. El estudiante más responsable tiene 19 asistencias que representa el 59%, es decir tiene 41 % de inasistencia. Considerando que, de acuerdo al Reglamento General de Evaluaciones de la UNT, todo alumno con más del 30% de inasistencias es INHABILITADO, todos los alumnos estarían en tales condiciones, por tanto, la decisión que no perjudica a los alumnos, desde la óptica de los estudiantes es también ADMITIR LA NULIDAD. ¿Ustedes que opinan?. Acaso estos 19 estudiantes tendrían tanto privilegio por encima de más de 15000 estudiantes de la UNT?. ¿Porqué?.
Ahora que la comisión académica de la UNT ya lo tiene toda la información respecto al curso no autorizado pero dictado por un profesor como clases particulares en 20 sesiones, considero que la decisión, incluso sin someterse a debate debe ser la NULIDAD porque no existe ni un solo argumento legal que permita su aprobación.
AL respecto quisiera reflexionar en voz alta. He escuchado, “pobrecito los estudiantes no pueden o no deben perjudicarse”. En primer lugar los estudiantes sabían que el curso no estaba autorizado porque se le comunicó verbalmente en dos oportunidades. Por tanto han retado a la institucionalidad. Si bien, aparentemente, la decisión de formalizar unas clases particulares beneficiaria a los 19 alumnos que con pleno conocimiento de la ilegalidad de las clases siguieron, perjudica a los otros alumnos y a la sociedad. Porque, mientras que los otros alumnos de la universidad tuvieron que asistir 32 sesiones de clases, estos alumnos solo necesitarían 20 sesiones (incluido la sesión del supuesto examen de aplazados), que representa sólo el 62.5% (ya sea en horas o en sesiones). Esta aprobación generaría un precedente que en los años o semestres venideros, por jurisprudencia (pues de acuerdo a la ley de procedimientos administrativos todo acuerdo de consejo universitario se convierte en ley para situaciones similares futuras), en situaciones similares se tendría que aprobar otras clases particulares no solo de profesores de la UNT. Más aún, por jurisprudencia, se tendrían que dar Títulos a estudiantes, que solo hayan aprobado 125 (62.5%) de los 200 créditos, con el argumento de que pobrecito “no se perjudiquen”.
Por ser el Consejo Universitario, máxima autoridad, tendría que aprobar incluso contra todo informe técnico improcedente. Y más tarde, a fin de que “los estudiantes no se perjudiquen” quizás se tendrá que aprobar clases particulares de 15 sesiones, o después quizás con 10 sesiones; ¿Cuál sería el límite, si ahora quebrantamos el rigor y la legalidad?, Acaso ya hemos caído tan bajo que ya no cuenta la legalidad?. Creo que no!. Por eso, dado el informe documentaria con evidencia aplastante de ilegalidad, considero que la vicerrectoría ni siquiera tendría la necesidad de someter a debate. Acaso se sometería a debate si un alumno que solo ha aprobado hasta tercer año (62.5%) solicita que se le otorgue el grado de bachiller y Título?. O sí? .