En Lima, a los 15 días del mes de marzo de 2010, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, integrada por los magistrados Mesía Ramírez, Beaumont Callirgos y Eto Cruz, pronuncia la siguiente sentencia.
....De autos se puede advertir que, en el caso, si bien se trata de un contrato de prestaciones recíprocas, no por ello se puede atribuir, sin más, a la presente controversia una naturaleza civil o contractual, que deba ser resuelta al amparo de las normas de Derecho Privado, en la medida que el servicio brindado por la demandada es considerado como un servicio público, el cual atiende a la prestación de un específico derecho social fundamental como el derecho a la educación.
MILES DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS PODRAN RENDIR SUS EXAMENES SIN SER EXCLUIDOS POR FALTA DE PAGO.
GANAMOS DEMANDA EN EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL A LA UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA
Junto con mi hermano Flavio Jhon, promovimos una demanda constitucional contra nuestra Universidad Inca Garcilaso de La Vega, la misma que es citada por varios diarios del país. En ese tiempo éramos estudiantes universitarios en la carrera de Derecho y nos preguntábamos ¿Si no podemos defender nuestros propios derechos, con que FUERZA MORAL podemos defender a otros ciudadanos el día en que seamos Abogados?
La decisión que tomamos fue la correcta, DEMANDAR CONSTITUCIONALMENTE A NUESTRA UNIVERSIDAD. Sabíamos que por este hecho tendríamos "problemas" con las autoridades universitarias y en más de una ocasión, pésimos catedráticos, tomaron represalias contra nosotros; sólo por tratar de quedar "bien" con quienes tienen controlada la universidad.
LOS DAÑOS QUE SE CAUSABAN A LOS ESTUDIANTES ERAN LOS SIGUIENTES:
1) Impedimento de ingresar a la universidad y a sus aulas por varias horas, perdiendo clases. 2) maltrato a los estudiantes por parte de los vigilantes. 3) varias veces, impedidos de asistir a clases hasta no pagar su pensión. 4) en época de prácticas calificadas, exámenes parciales y finales, no ser evaluados oportunamente. 5) desaprobar cursos, no había segunda evaluación de exámenes parciales o finales, la nota por no rendir exámenes es de cero. 6) pagar lo adeudado y volver a matricularse en el mismo curso desaprobado en el que no fue evaluado, volviendo a pagar nuevamente (se genera doble pago). 7) pérdida de recategorización con el consiguientemente incremento de las mensualidades de pago.
Ahora miles de jóvenes universitarios no serán vulnerados en su derecho Constitucional a la Educación, la sentencia genera jurisprudencia y el derecho alcanza a todos los estudiantes del Perú. GRACIAS A ESTA DEMANDA PUEDEN RENDIR SUS EXÁMENES PARCIALES Y FINALES AUNQUE NO ESTÉN AL DÍA EN SUS PAGOS.
LA SANCIÓN JUSTA Y LEGAL POR NO PAGAR A TIEMPO ES: 1) el pago de intereses, 2) el pago de mora, y 3) no poder matricularse en el siguiente ciclo, si previamente no han cancelado su deuda.
NUNCA MÁS
· UNIVERSITARIOS PARADOS FUERA DE SU UNIVERSIDAD SIN PODER RENDIR SUS EXÁMENES.
· ¡ADIÓS AL CIERRA PUERTAS!
· SI INCUMPLEN SERÁN SANCIONADOS POR INDECOPI.
Fraternalmente,
EMILIO JHON
9-9739-1419
Aquí el link de la sentencia del Tribunal Constitucional
http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2010/00607-2009-AA.html
DIARIO CORREO
No condicionarán exámenes en universidades privadas
20 de Marzo del 2010
INDECOPI SUPERVISARÁ QUE SE RESPETE EL DERECHO A LA EDUCACIÓN
Dato
ALUMNOS DE UNIVERSIDADES PRIVADAS PODRÁN RENDIR EXÁMENES AUN CUANDO NO HAYAN PAGADO LA PENSIÓN MENSUAL.
TACNA | TACNA. Por considerarla una medida desproporcionada que atenta contra el derecho fundamental a la educación, el Tribunal Constitucional (TC), a través de una resolución emitida el pasado lunes 15, determinó que las universidades privadas del todo el país no podrán impedir a sus alumnos la rendición de una evaluación regular o el ingreso a clases por la falta de pago de la pensión mensual.
En la sentencia recaída en el expediente N° 00607-2009-PA/TC, el TC señala que la protección del pago de las pensiones mensuales en una universidad particular se encuentra completamente garantizada con la imposibilidad del alumno de matricularse en el siguiente semestre, por lo que suspender o cortar intempestivamente un ciclo de estudios por el incumplimiento del pago de una cuota mensual deviene en un atentado contra el derecho fundamental a la educación establecido en la Constitución.
Informado ayer sobre esta resolución, el jefe de la oficina descentralizada del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) en Tacna, Marcos Lipa Portugal, señaló que ahora tendrán la facultad de intervenir las universidades privadas y aplicar las amonestaciones o sanciones económicas respectivas en el caso de incumplimiento de la sentencia del máximo órgano constitucional.
El funcionario señaló que de acuerdo al número de estudiantes afectados, las universidades privadas podrían ser sancionadas con multas que van de 1 a 300 unidades impositivas tributarias (UIT), lo que equivale a montos que podrían superar el millón de nuevos soles.
"Con esta resolución del Tribunal Constitucional el INDECOPI tendrá la facultad de supervisar que no se vulnere el derecho a la educación a través de la práctica de condicionar el rendimiento de un examen o el ingreso a clases con el pago de la pensión mensual", sostuvo Lipa.
Aquí el link de la nota de Prensa diario el Correo
DIARIO EL COMERCIO
DERECHO A EDUCACIÓN
UNIVERSIDADES NO IMPEDIRÁN DAR EXÁMENES
TC falló en contra de que centros privados no evalúen a alumnos que deban pensiones
Sábado 20 de Marzo del 2010
http://elcomercio.pe/impresa/notas/universidades-no-impediran-dar-examenes/20100320/449471
Gracias a una decisión tomada por el Tribunal Constitucional (TC), las universidades privadas no podrán impedir que sus alumnos rindan exámenes por falta de pago.
La sentencia del tribunal, recaída en el expediente 00607-2009-PA/TC, se tomó tras analizar la demanda interpuesta por Flavio John Rojas contra la Universidad Inca Garcilaso de la Vega.
La decisión, que se ampara en los alcances del artículo 22 del Código Procesal Constitucional, indica que impedir que un alumno rinda sus exámenes por falta de pago de sus derechos académicos constituye una intervención desproporcionada en el derecho fundamental a la educación.
De acuerdo al TC, la protección de la satisfacción del pago de la pensión se encuentra suficientemente garantizada con la imposibilidad del alumno de matricularse en el siguiente ciclo.
El Comercio se comunicó con la Asamblea Nacional de Rectores para que opinara sobre el tema pero no obtuvo respuesta.
EL DATO
Por los derechos
El TC afirmó que con la resolución tomada reitera su compromiso con la tutela efectiva y oportuna de los derechos enunciados en nuestra Constitución.
DIARIO LA PRIMERA
Publicado: Hoy 20 de marzo del 2010
TC SENTENCIA A FAVOR DE UNIVERSITARIOS
El Tribunal Constitucional determinó mediante la sentencia recaída en el Exp. Nº 00607-2009-PA/TC que las Universidades privadas que impidan la rendición de exámenes de sus alumnos por falta de pago, estarían incurriendo en una intervención desproporcionada en el derecho fundamental a la Educación. El TC consideró que la protección de la satisfacción del pago de la pensión se encuentra suficientemente garantizada con la imposibilidad del alumno de matricularse en el siguiente ciclo, por lo que suspender intempestivamente el ciclo regular de estudios por falta de pago, deviene en una medida desproporcionada. En la mencionada sentencia se decidió que el juez constitucional se encuentra habilitado para ejecutar la sentencia de primer grado que favorece al demandante, sin perjuicio de la apelación interpuesta por la parte contraria.
DIARIO PERÚ21
Sociedad | Vie. 19 mar '10
Más información
Universitarios morosos pueden rendir examen
http://peru21.pe/impresa/noticia/mas-informacion/2010-03-19/270572
Ninguna universidad puede impedir que un estudiante rinda sus exámenes o asista a clases por no estar al día en sus boletas de pago. Así lo determinó una sentencia del Tribunal Constitucional, en la que se analizó la demanda interpuesta por Flavio Jhon Rojas contra la Universidad Inca Garcilaso de la Vega. Dicha instancia aclara que la protección al pago de pensión está garantizada con la imposibilidad del alumno a matricularse en el siguiente ciclo.
DIARIO OJO
ALUMNOS DEBEN DAR EXÁMENES
A pesar de deudas
20 de Marzo del 2010
http://www.ojo.com.pe/ojo/nota.php?txtSecci_parent=0&txtSecci_id=3&txtNota_id=311059
Las universidades privadas no podrán impedir que los alumnos rindan sus exámenes aunque éstos no hayan pagado sus pensiones, ya que esta prohibición constituye una intervención desproporcionada contra el derecho fundamental de la educación, de acuerdo a un fallo del Tribunal Constitucional (TC).
El TC considera que el pago por los estudios se encuentra garantizado por los alumnos, ya que si éstos no cancelan sus deudas no podrán matricularse en el siguiente ciclo. De ahí que considera como una medida desproporcionada suspender intempestivamente el ciclo regular por falta de pago.
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PANAMERICA TELEVISIÓN sábado, 20 de marzo del 2010 09:37 Hora de Perú
Según el presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, Iván Rodríguez, aunque el fallo del TC que prohíbe a las universidades impedir que los estudiantes deudores rindan sus exámenes es adecuado, esta decisión las perjudicaría financieramente. http://www.24horas.com.pe/economia/1269103052.php
Rodríguez Chávez señaló que la cantidad de alumnos morosos es considerable en la mayoría de los centros privados de estudios, lo que podría generar problemas económicos y financieros a las universidades particulares de todo el país. |
DIARIO PERU21
09:18
Sociedad | Dom. 21 MAR '10
http://peru21.pe/noticia/449978/fallo-tc-afectaria-universidades-privadas
LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL AFECTARÍA A LAS UNIVERSIDADES PRIVADAS
La Asamblea Nacional de Rectores dice que las dañaría económicamente, porque el número de alumnos morosos es considerable.
El fallo del Tribunal Constitucional (TC), en el que se establece que ninguna universidad privada puede impedir que los estudiantes que no hayan pagado sus pensiones no puedan rendir sus exámenes, sigue generando debate. El titular de la Asamblea Nacional de Rectores, Iván Rodríguez, dijo que se afectaría económica y administrativamente a los centros de estudios privados.
Rodríguez señaló que esta medida solo favorece al alumno que no puede realizar el pago a tiempo, pero, a la vez, perjudica el ingreso económico de las universidades. “Van a tomarlo con preocupación porque no es solo un alumno el que se retrasa o el que debe. Siempre es un porcentaje considerable de deudores, y las universidades privadas necesitan caja porque hacen pagos y gastan todos los días”, sostuvo.
El también rector de la universidad Ricardo Palma aclaró que esta situación, de alumnos que no pueden pagar sus pensiones, se soluciona de forma distinta en cada centro de estudios, según sus reglamentos. Añadió que en la mayoría de universidades los alumnos deudores se matriculan, rinden sus exámenes y, luego, regularizan el pago de sus pensiones atrasadas en el semestre siguiente.
No obstante, Rodríguez se mostró a favor de la determinación tomada por el tribunal por considerar “la educación un derecho de base fundamental que se superpone a los derechos privados”.
ESTUDIANTES PROTEGIDOS. Como se recuerda, el TC se pronunció ante la denuncia del alumno Flavio Jhon Rojas contra la Universidad Garcilaso, que impidió que rinda sus exámenes al no haber cumplido con el pago de la pensión. El tribunal determinó que esta decisión constituía una intervención desproporcionada en el derecho fundamental a la educación.
La institución consideró que, actualmente, el pago de los derechos académicos se podría encontrar garantizado con la imposibilidad del alumno moroso de matricularse en el ciclo siguiente.