Resolución Procuración General de la Nación N°756/2016
“Guía
de obtención, preservación y tratamiento de evidencia digital”
Texto
completo Res PGN Nº 756/2016
http://www.fiscales.gob.ar/procuracion-general/wp-content/uploads/sites/9/2016/04/PGN-0756-2016-001.pdf
El trabajo fue desarrollado por la Unidad Fiscal Especializada en Ciber-delincuencia (UFECI), y presentado y aprobado en la XVII Reunión Especializada de Ministerios Públicos del Mercosur.
La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dispuso la aplicación de la “Guía de obtención, preservación y tratamiento de evidencia digital”, elaborada por la Unidad Fiscal Especializada en Ciber-delincuencia (UFECI), a cargo del fiscal Horacio Azzolin, y que había sido presentada y aprobada en el marco de la XVII Reunión Especializada de Ministerios Públicos del Mercosur, celebrada en Buenos Aires, entre el 18 y 20 de noviembre de 2014.
El documento compila documentación internacional sobre ciberdelincuencia, al tiempo que define qué es la evidencia digital, cómo debe ser obtenida, preservada y tratada para mejorar los niveles de eficiencia mínima en materia de persecución penal.
En relación a la obtención de la evidencia digital, el documento sostiene que debe evitarse su contaminación, apartando de la escena a toda persona ajena al procedimiento; no alterar los datos contenidos en las computadoras o dispositivos de almacenamiento; se hace hincapié en la idoneidad de los operadores que manipulen la soportes informáticos y se debe auditar y registrar fehaciente y detalladamente mente todo proceso relativo a la manipulación de la evidencia digital.
Asimismo, la Guía destaca los principios generales y especiales en cuanto a la manipulación de la evidencia digital en diversos escenarios; su embalaje, traslado y resguardo; como debe manejarse el software de cada dispositivo; la copia forense de documentación.
También aborda los aspectos a considerar al momento de analizar la evidencia digital obtenida, en función de cada delito que se investigue, en los que el medio informático puede resultar relevante.
Texto completo Res PGN Nº 756/2016