El Derecho Civil

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Leoma Cianchetti

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Aug 4, 2024, 5:47:12 PM8/4/24
to tiodeluvi
Elderecho civil es la rama del derecho que, en general, regula las relaciones civiles o privadas de las personas. Es una de las ramas ms antiguas del derecho. El derecho civil se ocupa del estado civil de las personas, sus derechos y deberes familiares, la propiedad y los dems derechos reales sobre las cosas, el rgimen de las obligaciones y contratos y las sucesiones y herencias.

El derecho civil es la rama del derecho que comprende normas de tipo jurdicas que se encargan de regular las relaciones entre las personas o de tipo patrimonial, las cuales pueden ser voluntarias o forzosas, tanto fsicas o jurdicas, privadas o pblicas.


El Derecho Civil es una de las ramas del Derecho en general, como agrupacin de normas jurdicas, que trata de las relaciones entre civiles o particulares, sin intervencin alguna del Estado como persona de Derecho Pblico, ya que el Derecho Civil integra el llamado Derecho Privado.El derecho civil habitualmente comprende:


Es necesario tener en cuenta que el estudio del derecho civil entiende, adems, el anlisis de las distintas acciones judiciales que el ordenamiento jurdico otorga para la proteccin de las situaciones jurdicas antes descritas.Es deber del personal de abogados conocer a pie de la letra la normatividad vigente ya que como toda ciencia esta en constante evolucin y desarrollo. la formacin del estudiante de derecho debe ser exhaustiva y consciente.


El derecho civil ha sido desde la poca del derecho romano el conjunto de normas que constituyen el derecho privado, entendiendo por tal a aquel que regula las relaciones entre las personas. Se opona, por tanto, al derecho pblico, que regula las relaciones de las personas con los poderes del estado y de los poderes pblicos entre s. derecho a la paz Actualmente, por un lado, el derecho pblico que contena la compilacin justiniana cay en progresivo desuso (por la evolucin de las organizaciones polticas), aplicndose solo el derecho privado de tal compendio, de modo que lo que se haba denominado derecho civil qued reducido en la prctica al derecho privado; por otro lado, el advenimiento de los derechos nacionales surgieron denominaciones como derecho civil francs, italiano, etctera, para referirse a los respectivos derechos privados. De ah la confluencia de la denominacin derecho civil para referirse exclusivamente el derecho privado.


Las normas del derecho civil se aplican a todas las materias de derecho privado que no tengan una regulacin especial de carcter legal. La evolucin del derecho, y su especializacin, hicieron nacer ramas especficas del derecho privado como el derecho mercantil o el derecho laboral. Estas ramas tienen en comn el hecho de mantener como derecho supletorio al derecho civil, que se instituye as como derecho comn.


Desde la perspectiva territorial (de aplicacin en el territorio), el derecho civil puede no ser uno solo para todo el territorio nacional, sino que varios sistemas civiles pueden coexistir. De ellos, uno llamado comn, nacional o federal, es aplicable directamente en unos casos y supletoriamente en otros a todo el pas; y otros llamados provinciales, autonmicos o forales lo son solo a determinados estados, regiones o territorios.


Desde la perspectiva subjetiva (de aplicacin a la persona), el derecho civil abarca normas que regulan las relaciones jurdicas privadas aplicables a todos los individuos, independientemente de factores como nacionalidad, profesin, religin, etc. Se aplica a todos los que se hallan en la misma situacin jurdica.


El derecho civil es el cuerpo de leyes del estado de Arizona que abordan los derechos de los ciudadanos. Dichas leyes incluyen los campos de derecho tales como los desalojos, demandas de menor cuanta, disolucin de un matrimonio, y cambios de nombre, entre otros.


Los casos civiles por lo general consisten en controversias entre personas fsicas, empresas, sociedades annimas o sociedades en nombre colectivo. Un individuo tambin puede ser parte de un litigio con una entidad gubernamental como, por ejemplo, un estado, condado o una ciudad.


Para regular las figuras o relaciones jurdicas del Derecho Civil, en nuestro pas existe un cdigo civil para cada estado de la Repblica Mexicana y un Cdigo Civil Federal. En esencia estos cdigos civiles contienen disposiciones muy similares, sin embargo, se recomienda consultar la legislacin del estado del lugar del domicilio de las personas fsicas cuando se trate de casos relacionados con el estado o capacidad de dichas personas fsicas. Tratndose de casos relativos a la constitucin, rgimen y extincin de derechos reales sobre inmuebles, as como los contratos de arrendamiento y de uso temporal de tales bienes, y los bienes muebles, se recomienda consultar la legislacin del lugar de ubicacin de esos bienes. Y finalmente es recomendable consultar la legislacin del lugar en donde se producen los actos jurdicos.


El Derecho Civil es la rama del derecho privado que contempla temas relativos a las personas, los bienes, las sucesiones, las obligaciones y los contratos. Las controversias que se susciten en relacin con estos temas sern del conocimiento de los tribunales judiciales competentes en materia civil.


La ley dispone que por parte del Estado para conocer o intervenir en alguno de estos temas de Derecho Civil, segn sea el caso concreto, se encuentran las autoridades judiciales, las autoridades del Registro Civil, notarios pblicos, corredores pblicos, actuarios o el Registro Pblico de la Propiedad.


Los cdigos civiles disponen que las personas fsicas adquieren su capacidad jurdica con el nacimiento y la pierden con su muerte, la ley dispone adems que desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la proteccin de la ley y se tiene por nacido para efectos legales.


La minora de edad, el estado de interdiccin, y otras incapacidades jurdicas, son restricciones a la personalidad jurdica, sin embargo los incapaces pueden ejercitar sus derechos o contraer obligaciones por medio de sus representantes.


Los actos del estado civil de las personas se hacen constar ante la autoridad del Registro Civil que es llamada Oficial o Juez del Registro Civil segn el estado de la Repblica Mexicana de que se trate. Estos actos son por ejemplo el registro del nacimiento, el matrimonio, el divorcio, la adopcin, entre otros.


Las disposiciones del cdigo civil adems de regular a las personas fsicas, dan tratamiento legal a las personas jurdicas conocidas en esta materia como asociaciones y sociedades civiles. Conviene mencionar que no se debe confundir a estas personas jurdicas del derecho civil con las sociedades mercantiles las cuales estn reguladas por el derecho mercantil.


El Derecho Civil se ocupa de la proteccin y respeto de los bienes muebles y de los bienes inmuebles. La ley regula la forma cmo estos bienes se adquieren, su uso, goce, disfrute, la forma de transmitirlos y los conflictos derivados de ellos.


El Estado, en caso de inters pblico y otorgando una indemnizacin al individuo podr usar, disfrutar o disponer de la propiedad de una persona, como es el caso de la expropiacin por causa de utilidad pblica.


La posesin es el hecho mediante el cual una persona tiene el poder de un bien o derecho sobre el cual realiza actos de uso, goce y disfrute. Una persona puede tener la posesin de un bien mueble o inmueble, o de un derecho, sin ser la propietaria. Como por ejemplo en el caso del contrato de arrendamiento mediante el cual el arrendador concede el uso y goce de una cosa al arrendatario; el arrendatario poseer la cosa pero el arrendador conservar la propiedad.


La posesin de una cosa o derecho puede adquirirse de buena fe, como en virtud de un contrato de arrendamiento; o bien la posesin puede adquirirse de mala fe, como por ejemplo cuando no se posee ttulo alguno.


La sucesin es una de las formas mediante las cuales una persona puede adquirir la propiedad de bienes o derechos. La ley dispone que la herencia es la sucesin en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.


Una persona por virtud de su voluntad puede disponer de todo o parte de sus bienes y transmitirlos a otras personas a travs de un testamento, en este caso la herencia recibe el nombre de sucesin testamentaria.


Si una persona antes de morir no dispuso la transmisin de sus bienes o derechos a travs de un testamento, se configura la sucesin legtima que tambin es conocida en la prctica como sucesin intestamentaria y es aquella que deriva de las disposiciones legales.


La obligacin es el vnculo jurdico entre dos personas, una llamada acreedor y la otra llamada deudor. Por virtud de las obligaciones, el acreedor tiene derecho a exigir del deudor de forma coactiva el cumplimiento de una prestacin; y el deudor realiza coactivamente el cumplimiento de una prestacin a la cual tiene derecho el acreedor. Un claro ejemplo lo tenemos en el caso de la compraventa, el cual es el contrato por el cual el vendedor se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho, y el comprador a su vez se obliga a pagar por ellos un precio cierto y en dinero.


Los cdigos civiles se refieren a los contratos como los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos. Y los convenios son los acuerdos de dos o ms personas para crear, transferir, modificar o extinguir las obligaciones.


La ley prev cules son los elementos de existencia y de validez de los contratos. La falta de los elementos de existencia de los contratos produce la inexistencia del contrato; y la falta de los elementos de validez de los contratos produce la nulidad del contrato.


Los contratos previstos por la ley reciben en la doctrina el nombre de contratos nominados como son los contratos de compraventa, arrendamiento, subarriendo, comodato, depsito, mandato, prestacin de servicios profesionales, obra a precio alzado, hospedaje, asociacin civil, sociedad civil, aparcera rural, renta vitalicia, compra de esperanza, fianza, prenda e hipoteca.


Algunos de estos contratos requieren para su existencia o validez cumplir con ciertas formalidades que la ley establece por ejemplo algunos contratos debern celebrarse por las partes ante testigos, notario pblico o debern ser inscritos en el Registro Pblico de la Propiedad, como por ejemplo en el caso del contrato de compraventa de bienes inmuebles la ley dispone que el contrato sea celebrado ante notario pblico e inscrito en el Registro Pblico para que sea vlido y sea reconocido frente a terceros.

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