Baremo Honorarios Colegio Abogados Lugo

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Ailene Goldhirsh

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Jul 24, 2024, 4:17:14 AM7/24/24
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Los criterios de honorarios elaborados por los Colegios de Abogados slo son aplicables para tasaciones de costas y Jura de Cuentas, siempre y cuando no exista hoja de encargo profesional.

Esto es as tras la modificacin de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, introducida por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificacin de diversas leyes para su adaptacin a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, que aadi un nuevo artculo 14 con la siguiente redaccin:

baremo honorarios colegio abogados lugo


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Artculo 14. Prohibicin de recomendaciones sobre honorarios. Los Colegios Profesionales y sus organizaciones colegiales no podrn establecer baremos orientativos ni cualquier otra orientacin, recomendacin, directriz, norma o regla sobre honorarios profesionales, salvo lo establecido en la Disposicin adicional cuarta.

Por tanto los honorarios son libremente pactados entre abogado y cliente, pero en caso de condena en costas slo podremos repercutir a la parte contraria la cantidad fijada en los criterios, o cuando menos, esa es la cantidad a la que veremos reducidos nuestros honorarios en caso de impugnacin, aunque tambin pueden ser reducidos, claro est, de oficio por el Letrado de la Administracin de Justicia.

Existe mucho desconocimiento en esta materia, incluso entre profesionales. Cada vez es ms frecuente que actuemos fuera de nuestro Colegio, si no conocemos los criterios untas de Gobiernos de los distintos colegios dificilmente podremos defender con xito una impugnacin de una minuta execesiva.

No todos los abogados, te indican antes de una actuacin cuales sern sus honorarios, y si lo hacen no lo entregan por escrito. De modo que en caso de que te presente una minuta y no la pagues, tendr derecho a jurarte la cuenta, esto no es ms que presentar un escrito afirmando que le son debidos.

La Jura de Cuentas, es un procedimiento sumario, en el que la nica va de defensa es buscar el error que ha cometido el abogado al aplicar los Criterios del Colegio, y para eso, es necesario cuando menos disponer de ellos.

Los Honorarios profesionales a efectos de Tasacin de costas en Jan, son los aprobados por el consejo Andaluz en 2.004, y con entrada en vigencia el 1 de Marzo de 2.004, no consta que hayan realizado modificaciones

Sevilla utilizaba el baremos aprobado por el consejo Andaluz en 2.004, y con entrada en vigencia el 1 de Marzo de 2.004, fueron realizando modificaciones hasta que en 2010 aprobaron sus propias normas.

En el ao 2.001, se aprobaron unos honorarios comunes a todos los colegios de Abogados de Andaluca. Estos criterios de Honorarios funcionan con puntos, su funcionamiento es similar al baremo de accidentes. El sistema de puntos se utiliza en Andaluca y en Ceuta.

DesAsturias tiene dos colegios de abogados, Oviedo y Gijn. Los dos colegios utilizan los mismos criterios.
Los actuales entraron en vigor en enero de 2006. Las modificaciones que se han ido haciendo estn resaltadas.

En el ao 2.004 se aprobaron nuevos Criterios Orientadores, por parte del consejo Canario de Abogados, con entrada en vigor a partir del 29 de Noviembre de 2.004, estn basados en los criterios de 2.001.

En 2.008, el Consejo Canario de Colegios de Abogados, acord incrementar en un 10% las cantidades fijas de los Criterios de 2.004, dicho aumento se aplica a los asuntos iniciados a partir del 1 de Febrero de 2.008.

A partir de 2010 cada colegio ha ido aprobandos sus propios criterios orientadores para la tasacin de costas, lo que complica bastante la cosa, ya que en Catalua hay colegio de abogados en Manresa, Vic, Barcelona, Sant Feliua de Llobregat, Terrassa, Matar, Granollers, Girona, Figueres,Sabadell, Tortosa, Tarragona, Reus, Lleida.

Los ltimos criterios del Colegio de abogados de Barcelona, son los criterios aprobados por la Junta de gobierno de este Colegio con entrada en vigor el da 1 de Enero de 2.010.
Los criterios de Barcelona y Manresa parecen ser idntico.
Hemos conseguido los de Manresa, por si los quereis comparar, pero estn en cataln.
Los honorarios de ambos colegios, se venan actualizando conforme al IPC de Catalua.

La CNMC sancion a 9 Colegios de Abogados, entre ellos el ICAB, por una supuesta infraccin del artculo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia. La CNMC declara responsables a los colegios por haber adoptado y difundido criterios orientadores en materia de honorarios a efectos de tasacin de costas y jura de cuentas, en el caso del ICAB publicados a principios del ao 2010. Considera que se trata de baremos de honorarios que equivalen a una recomendacin colectiva de precios en el sector de los servicios jurdicos y orden su inmediata retirada.

Para paliar la dificultad que supone afrontar en tales circunstancias una tasacin de costas o jura de cuentas, el Ilustre Colegio de la Abogaca de Barcelona (ICAB) ha recurrido la resolucin de la CNMC y ha cre las siguientes pautas bsicas, para las tasaciones de costas y jura de cuentas:

En cuanto a las costas, se estar al pacto sobre honorarios suscrito por la parte favorecida en costas siempre que se acredite que el pacto es anterior al inicio de la actuacin profesional en sede jurisdiccional. No obstante, si el importe resultante no es razonable o proporcionado a criterio de esta Corporacin, o si el pacto no tiene contenido econmico o consiste en las mismas costas, se estar a lo que resulte de las dos pautas siguientes.

SEGUNDA.- En defecto de pacto sobre honorarios aplicable o cuando el mismo no sea razonable a criterio de este Corporacin, sern de aplicacin supletoria de forma conjunta: el resultado del proceso, es decir la suma de las pretensiones o la condena, si las hay; la cuanta procesal, sea determinada o indeterminada, salvo que el inters econmico sea muy diferente; el tipo de procedimiento o de actuacin profesional, segn sea un procedimiento estndar con una nica fase probatoria oral o escrita, o uno ms o menos simplificado; el tiempo dedicado al procedimiento en todo lo que sea inferior o superior a lo habitual segn el procedimiento; as como el grado de dificultad, entendido como el carcter novedoso de la materia, la relevancia de los aspectos procesales, la dificultad de las acciones ejercitadas, el volumen de las actuaciones de carcter no reiterativo, el nmero de litigantes o circunstancias anlogas.

En Ceuta los criterios orientadores vigente entraron en vigor el da 1 de Noviembre de 2.002.
En Ceuta al igual que en Andaluca los honorarios se utiliza el sistema de puntos. El sistema es similar al baremo de accidente de trfico.

El 1 de Abril de 2.004 entraron en vigor unos criterios que fueron aprobados en toda la comunidad salvo en el Colegio de Abogados de Elche.
En 2006 se elaboraron nuevas normas que tampoco fueron aprobadas por Elche, que aprob las suyas propias.

El Colegio de abogados de Alcoy aprob sus propios c30 de Noviembre de 2012, a los solos efectos de la emisin de dictmenes por la Junta de Gobierno, a requerimiento judicial en la tasacin de costas y jura de cuentas. Entraron en vigor los citados criterios el 1 de Enero de 2013.

El Colegio de Abogados de Alzira en sesin celebrada el 30 de noviembre de 2012, a los solos efectos de la emisin de dictmenes por la Junta de Gobierno, a requerimiento judicial en la tasacin de costas y jura de cuentas.

El expediente se inco por denuncia interpuesta por BANKIA contra los Colegios de Abogados y contra determinadas firmas de abogados, en relacin con las condenas en costas impuestas a dicha entidad por causa de la OPS 2011.

Sin embargo, la Seccin sexta de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, como ya hiciera anteriormente con otros colegios, desestimn la peticin de suspensin del acto administrativo, mediante auto de 19 de julio de 2018, en consecuencia no pueden usarse los criterios a efecto de tasaciones de costas y juras de cuentas hasta que recaiga Sentencia. Descargar resolucin de la CNMC 8 marzo 2018

La Audiencia Nacional mediante Sentencia de fecha 29 de septiembre de 2021, ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE VALENCIA (ICAV) contra la resolucin de 8 de marzo de 2018, dictada por la Sala de Competencia del Consejo de la Comisin Nacional de los Mercados y la Competencia en el expediente S/DC/0587/16 COSTAS BANKIA, mediante la cual se le impuso una sancin de multa por importe de 315.000 euros, declarandola nula de pleno Derecho, al considerar que la CNMC careca de competencia territorial para la incoacin, tramitacin y resolucin del expediente sancionador.

La Junta General Extraordinaria de 27 de noviembre de 2009, en la que, anticipndose a la aprobacin de la Ley 25/2009 de 22 de diciembre de modificacin de diversas leyes para su adaptacin a la Ley sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicio y su Ejercicio, suprimi los criterios orientadores de honorarios y, sin embargo, de conformidad con la Disposicin Adicional 4 de dicha Ley, los declara vlidos para los supuestos de tasaciones de costas, impugnaciones de honorarios, jura de cuentas e informes y dictmenes que deba emitir la Junta de Gobierno, entre ellos, el Laudo Arbitral.

En el Pleno del Consejo de la Abogaca Gallega de fecha 5 de diciembre de 2001 se acord aprobar las correcciones tcnicas de los fallos que se pusieron de manifiesto en el texto inicial, y aplazar su entrada en vigor hasta el da 1 de febrero de 2002.

La Comisin Nacional del Mercado de la Competencia, sancion en fecha 9 de marzo de 2018 al Colegio de abogados de A Corua junta a 8 Colegios ms (pincha para consultar la resolucin),por supuestas prcticas restrictivas de la competencia contrarias, segn dicho organismo, a lo previsto en el art. 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio de Defensa de la Competencia.

Segn consta en la Resolucin el ICACOR seal que el Consejo de la Abogaca Gallego dej sin efecto, en diciembre de 2006, el Baremo de Honorarios de los Colegios de Abogados de Galicia y aade que no ha elaborado criterios orientadores a los efectos de tasacin de costas y jura de cuentas, pero segn la CNMC el ICACOR se remite en sus dictmenes al Baremo de Honorarios de los Colegios de Abogados de Galicia, de septiembre de 2001, siendo este segn se desprender de de la resolucin uno de los motivos por el que lo ha sancionado.

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