Buenas tardes,
Comparto un escrito de un gran amigo, sobre un Análisis Jurídico de los
Efectos del Paro de
Transporte en La Relación de Trabajo.
La lectura le ayudara a establecer un criterio sobre temas como:
¿Se descuenta o no se descuenta? Salario, Bono de Alimentacion -CTS-,
¿Se califica o no las Faltas?
Te invito a leer sobre el tema el en archivo adjunto, así podrás conocer que opina, Luis Eduardo sobre:
- Inasistencia de los trabajadores a sus puestos de trabajo.
- Caso fortuito o fuerza mayor
- Efectos sobre el salario
- Del aspecto sancionatorio de la inasistencia
- Del beneficio de alimentación
Espero que sea de Utilidad,
Saludos,
Carlos A. Oñates N.
Socio Talento Humano en Accion, C.A.
---------- Mensaje reenviado ----------
De:
Luis Eduardo Mendoza Perez <lemendozap@hotmail.com>Fecha: 23 de agosto de 2016, 15:40
Visto el paro de transporte público que se está desarrollando a nivel nacional, es propicia la ocasión para compartir un breve análisis jurídico de los efectos que el mismo
tiene sobre la relación de trabajo (pago de salario y beneficio de alimentación), derivado de la inasistencia de los trabajadores a sus puestos de trabajo.
De parecerle interesante, autorizo compartir esta información.
Abog. Luis Eduardo Mendoza
Gerente Legal de AMK Seguridad y Salud Laboral C.A.