::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::
Ciudades en EU pretenden destruir manzanas enteras y concentrarse....otro tema a discutir en SURMAC...
saludos Gabriel Todd
Les puede interesar...
_______________
From The Telegraph: US cities may have to be bulldozed in order to survive (ht Chad, Brian)
The government looking at expanding a pioneering scheme in Flint, one of the poorest US cities, which involves razing entire districts and returning the land to nature.
Local politicians believe the city must contract by as much as 40 per cent, concentrating the dwindling population and local services into a more viable area.
The radical experiment is the brainchild of Dan Kildee, treasurer of Genesee County, which includes Flint.
Having outlined his strategy to Barack Obama during the election campaign, Mr Kildee has now been approached by the US government and a group of charities who want him to apply what he has learnt to the rest of the country.
Mr Kildee said he will concentrate on 50 cities, identified in a recent study by the Brookings Institution, an influential Washington think-tank, as potentially needing to shrink substantially to cope with their declining fortunes.
Most are former industrial cities in the "rust belt" of America's Mid-West and North East. They include Detroit, Philadelphia, Pittsburgh, Baltimore and Memphis.
In Detroit ... there are already plans to split it into a collection of small urban centres separated from each other by countryside.
"The real question is not whether these cities shrink – we're all shrinking – but whether we let it happen in a destructive or sustainable way," said Mr Kildee. "Decline is a fact of life in Flint. Resisting it is like resisting gravity."
__________ NOD32 4175 (20090621) Information __________
This message was checked by NOD32 antivirus system.
http://www.eset.com
Este fenómeno se esta dando mucho en las ciudades E.UA. , mismo que me ha tocado observar desde hace 11 años en la ciudad de Plano Texas donde se ha regenerado áreas muy antiguas del centro de la ciudad de Dallas ., centro del metroplex a donde pertenece Plano y Fortworth, donde el empleo de la política de usos mixtos y re densificación ha propiciado una buena cantidad de áreas verdes, que sin duda mejoraran el bienestar, la salud y por supuesto la calidad de vida integral.
Saludos cordiales:
ING. HUMBERTO LEAL GARCIA
Este fenómeno se esta dando mucho en las ciudades E.UA. , mismo que me ha tocado observar desde hace 11 años en la ciudad de Plano Texas donde se ha regenerado áreas muy antiguas del centro de la ciudad de Dallas ., centro del metroplex a donde pertenece Plano y Fortworth, donde el empleo de la política de usos mixtos y re densificación ha propiciado una buena cantidad de áreas verdes, que sin duda mejoraran el bienestar, la salud y por supuesto la calidad de vida integral.
Saludos cordiales:
ING. HUMBERTO LEAL GARCIA
Con un afectuoso saludo a los Urbanistas de SURMAC y respecto al tema del ordenamiento territorial, les comento lo siguiente.
No se debe confundir la “gimnasia con la magnesia”. Es decir, cuando se habla de ordenamiento territorial se debe aclarar si nos referimos al ordenamiento territorial de los asentamientos humanos ó al ordenamiento ecológico del territorio, que, aunque son dos temas muy diferentes están fuertemente relacionados entre sí y el primero debe complementarse con el segundo, en lo conducente. De otra manera, en un diálogo o debate, cada uno de nosotros puede estar en lo correcto desde su particular punto de vista (urbanista o ecólogo) defendiendo su posición pero sin llegar al entendimiento integral.
Con el ánimo de contribuir a tratar de aclarar un poco las diferencias entre los conceptos, me permito aportar mi interpretación al respecto.
El ordenamiento y regulación de los asentamientos humanos en el territorio nacional es uno de los objetivos de orden público e interés social que indica el artículo 1° de la Ley General de los Asentamientos Humanos.
La misma Ley señala que dicho ordenamiento y regulación se hará desde dos frentes:
A su vez, la diferencia entre un asentamiento humano y un centro de población, de conformidad con la Ley es que el asentamiento humano está integrado por un conglomerado demográfico o grupo de población, en un sitio localizado, con sus sistemas de convivencia y los elementos naturales y obras materiales que lo integran (edificaciones, calles, parques, equipamiento, etc.), mientras que el centro de población está integrado por todo lo anterior, que la Ley llama “zonas urbanizadas”, más las zonas “…que se reserven para su expansión” y las zonas “…no urbanizables por preservación ecológica, prevención de riesgos y mantenimiento de las actividades productivas dentro de sus límites.”
O sea, un centro de población es un asentamiento humano más las zonas de reserva para expansión y las zonas no urbanizables, el cual (el centro de población) es definido y delimitado mediante el plan de desarrollo urbano correspondiente.
Por otra parte, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) determina en su Artículo 1 que sus disposiciones también son de orden público e interés social con el objetivo de propiciar el desarrollo sustentable, entendido como “…el proceso evaluable mediante criterios e indicadores del carácter ambiental, económico y social que tiende a mejorar la calidad de vida y la productividad de las personas, que se funda en medidas apropiadas de preservación del equilibrio ecológico, protección del ambiente y aprovechamiento de recursos naturales, de manera que no se comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras…”
El ordenamiento ecológico según la LGEEPA es un instrumento de política ambiental que regula o induce el uso del suelo y las actividades productivas, que protege el medio ambiente y que preserva y aprovecha de manera sustentable los recursos naturales, partiendo del análisis de las tendencias de su deterioro y de su potencial de aprovechamiento.
El ordenamiento ecológico del territorio nacional se debe hacer en cuatro escalas: la general del territorio nacional, regional, local y marino.
En cuanto al ordenamiento ecológico local del territorio, éste tiene por objeto regular los usos del suelo únicamente de las áreas localizadas fuera de los límites de los centros de población y, solamente en el caso en que un centro de población pretenda ampliarse sobre dichas áreas o se pretendan realizar proyectos de desarrollo urbano se aplicará el programa de ordenamiento ecológico correspondiente a dichas acciones (véase Artículo 20 Bis 5, fracción III de la LGEEPA). En Nuevo León no conozco ningún programa de ordenamiento ecológico local. ¿Y así queremos proteger el medio ambiente? ¿Alguien sabe las razones?
Además, la fracción IV del artículo mencionado señala que las autoridades locales deben compatibilizar el ordenamiento ecológico del territorio y la ordenación y regulación de los asentamientos humanos, incorporando las previsiones de los programas de ordenamiento económico local en los planes o programas de desarrollo urbano aplicables.
Por otra parte, el artículo 23 de la LGEEPA dispone que la planeación del desarrollo urbano y la vivienda, además de cumplir con las disposiciones constitucionales (Artículo 27) debe considerar la diversidad y eficiencia de los usos del suelo (urbano) evitando esquemas segregados o unifuncionales, las tendencias a la suburbanización extensiva y la afectación de áreas con alto valor ambiental. ¿Suena familiar? ¿No nos faltará un cambio de mentalidad, así como aplicar y cumplir con la Ley?
Como se puede deducir, las áreas de alto valor ambiental solamente pueden ser determinadas mediante un programa de ordenamiento ecológico territorial, en este caso local, el cual es un insumo importantísimo en la elaboración de los planes de desarrollo urbano de centros de población, pero desafortunadamente hasta la fecha no se ha logrado.
Espero que los comentarios anteriores sean útiles para comprender la importancia, trascendencia y sobre todo las diferencias y matices que existen cuando se habla de ordenamiento territorial.
Les reitero mi afectuoso saludo.
José Alejandro Valadez Fernández