HOLA LES ENVÍO INTERESANTE Y OPORTUNA INFORMACIÓN.
JAIRO GÓMEZ
El Ministerio de Transporte, a través de Resolución 1079 de 2009, que modifica parcialmente la Resolución 5776 de 2007, ha establecido las restricciones vehiculares que operarán para vehículos con capacidad de 3.5 toneladas o más, durante la Semana Santa.
Las restricciones son las siguientes:
Se exceptúan de las restricciones los vehículos de carga con capacidad mayor a 3.5 toneladas que transporten:
§ Periódicos con ediciones del día
§ Pollos, lácteos, carne, frutas, verduras y hortalizas
PERECEDERAS
§ Ganado de lidia, especies pecuarias de competencia o
Exhibición
§ Desechos sólidos de origen domiciliario y desechos líquidos
§ Hidrocarburos
§ Huevos y pollitos vivos
§ Maquinaria y/o herramientas para atender emergencias de la infraestructura vial
Las siguientes son las vías en las cuales operará la restricción:
§ Bogotá – La Vega – Villeta (por la calle 80).
§ Bogotá – Villavicencio – Granada.
§ Bogotá – La Calera – Guasca.
§ Briceño – Zipaquirá – Chiquinquirá – Barbosa – San Gil – Bucaramanga –
Pamplona – Cúcuta.
§ Bogotá – Chocontá – Tunja – Barbosa.
§ Bogotá – Chusacá – Fusagasuga – Girardot – Espinal – Ibagué –Armenia.
§ Chusacá – Alto de San Miguel – Fusagasuga.
§ Mosquera – La Mesa – Girardot.
§ Chusacá – Mesitas del Colegio – El Triunfo.
§ Barranquilla – Puerto Colombia – Cartagena (Vía al Mar).
§ Bucaramanga – El Playón – San Alberto.
§ Cali – Santander de Quilichao – Popayán.
§ Cereté – Lorica – Tolú – Tolú viejo –Cruz del Viso (Bolívar).
§ Hatillo – Barbosa (Antioquia).
§ Manizales – Trinidad – La Manuela.
§ Medellín – Santa Fe de Antioquia.
§ Medellín – Don Matías.
§ Medellín – Guarne – Marinilla – Santuario.
§ Medellín – Primavera – La Pintada.
§ Ye de Ciénaga – Aracataca.
§ Tunja – Duitama – Sogamoso.
§ Pasto – Chachagüí.
§ Pasto – Rumichaca.