Inicio del mensaje reenviado:De: Fedecamaras Lara <larafed...@gmail.com>Asunto: Nota de Coyuntura: BCV podría solicitar préstamo por US$ 400 millones al Fondo Latinoamericano de Reservas sin autorización de la ANFecha: 22 de julio de 2016, 10:00:26 a.m. VETPara: undisclosed-recipients:;
El 20 de julio de 2016, una sentencia del TSJ concluyó que un potencial contrato de préstamo entre el Banco Central de Venezuela y el Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR), califica como un convenio internacional ya suscrito, en lugar de un contrato de interés público nacional. Por ende, "no está sujeto a la autorización de la Asamblea Nacional, ni requiere la consulta a la Procuraduría General de la República".
· ¿Qué es el FLAR? El Fondo Latinoamericanos de Reservas (FLAR), fundado en 1978 como Fondo Andino de Reservas (FAR), es una organización financiera en la que sus ocho países miembros -Bolivia, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela- hacen aportes de capital para ayudarse en periodos de crisis de balanzas de pagos. El fondo tiene tres objetivos:
· Acudir en apoyo de la balanza de pagos de los países miembros otorgando créditos o garantizando préstamos de terceros.
· Contribuir a la armonización de las políticas cambiarias, monetarias, financieras de los países miembros.
· Mejorar las condiciones de las inversiones de reservas internacionales efectuadas por los países miembros.
· ¿Cuáles son las modalidades de crédito ofrecidas por el FLAR? El fondo ofrece cuatro modalidades de crédito:
· Crédito de apoyo a balanza de pagos.
· Crédito de liquidez: Dirigido a satisfacer necesidades extraordinarias de divisas, durante períodos desde 6 meses hasta un año.
· Crédito contingente: incremento de reservas internacionales ante situaciones adversas.
· Crédito de apoyo a la reestructuración de la deuda pública externa.
· ¿En qué se diferencia el FLAR a otras multilaterales como CAF, BID, FMI y Banco Mundial? La principal diferencia entre los préstamos de balanza de pagos que otorga el FLAR y el resto de las multilaterales, reside en el monto de capital que pueden prestar -que es limitado- y las condiciones para entregarlos. Debido a que el Fondo tiene mayor conocimiento de las características económicas y políticas de sus Estados miembros y poseen un mayor grado de confianza y solidaridad entre naciones, los préstamos tienen menores condiciones para su entrega. Esto permite utilizar los fondos para reaccionar oportuna y rápidamente ante posibles crisis de balanzas de pagos.
· El BCV habría solicitado un préstamo al FLAR. A finales de junio de 2016, se reportó en la prensa nacional que el Banco Central de Venezuela (BCV) solicitó un préstamo de US$1.000 millones al FLAR. De acuerdo a lo que se desprende de la noticia, el organismo concedió solamente US$400 millones, que es el monto correspondiente a las reservas que mantiene el BCV en el FLAR. La fuente que proporcionó la información a la prensa señaló que un requisito indispensable para que el FLAR conceda la cantidad solicitada por el BCV es que se debe firmar un acuerdo de interés nacional que debe estar aprobado por la Asamblea Nacional (AN).
· ¿Qué resolvió el TSJ? Según Ponencia Conjunta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), "el potencial contrato de préstamo a ser suscrito por el Banco Central de Venezuela con el Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR), se realiza en ejecución de un Convenio Internacional suscrito y ratificado por La República Bolivariana de Venezuela… y en consecuencia, no debe considerarse como un contrato de interés público nacional, y, por ende, no está sujeto a la autorización de la Asamblea Nacional".
--Cordialmente,Romaira MonzantDirectora Ejecutiva.FEDECÁMARAS LARATlf. 0251-2515932/ 0414-5287323Correos: larafed...@gmail.com, fedecam...@hotmail.comFacebook: Fedecamaras LaraTwitter: @FEDECAMARASLARAAntes de imprimir piense en su compromiso con el medio ambiente