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En 2017 el Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (BANDES) emitió bonos por Bs. 2.750.000.000.000.000 con vencimiento en 2022.[1] El Decreto Presidencial No. 3.007[2]
exoneró del pago de impuesto sobre la renta los enriquecimientos obtenidos por los tenedores de esos bonos, lo cual incluye intereses y ganancias de capital. La exoneración entró en vigencia el 1° de agosto de 2017, aplica al ejercicio fiscal 2017 y durará
hasta el 1° de agosto de 2022.
Los contribuyentes deberán cumplir las disposiciones establecidas en la Ley de Impuesto sobre la Renta, su reglamento y demás normas sobre: (i) los ingresos, costos y deducciones de los enriquecimientos gravables para la determinación de los enriquecimientos
exonerados, específicamente la regla según la cual los costos y deducciones comunes aplicables a los ingresos cuyas rentas resulten gravables o exoneradas, territoriales o extraterritoriales, se deben distribuir en forma proporcional, (ii) la presentación
de la declaración anual de los enriquecimientos netos globales gravados y exonerados, y (iii) demás requisitos que establezca la Ley de Impuesto sobre la Renta.
Los contribuyentes perderán la exoneración si incumplen con los requisitos establecidos en el Decreto o con las obligaciones y requisitos establecidos en la Ley de Impuesto sobre la Renta, su reglamento y demás normas aplicables.
[2] Gaceta Oficial
No. 41.204 del 1 de agosto de 2017.
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