DECALOGO SOBRE LA VIGILANCIA DE LA SALUD LABORAL

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ALEX

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Dec 11, 2007, 10:23:41 AM12/11/07
to seguridad y salud laboral
DECALOGO SOBRE LA VIGILANCIA DE LA SALUD LABORAL


1. La vigilancia de la salud es un componente esencial de la
Prevención de Riesgos Laborales.


2. La vigilancia de la salud supone una nueva orientación de la
actividad sanitaria en el campo de la Medicina del Trabajo.


3.La vigilancia de la salud no es una actividad exclusivamente
asistencial.


4. La vigilancia de la salud debe abarcar lo individual y lo
colectivo.


5. La vigilancia de la salud es un elemento para la promoción de la
salud de los trabajadores.


6. La vigilancia de la salud requiere protocolos de actuación
específicos según los riesgos.


7. La vigilancia de la salud debe respetar la intimidad de los
trabajadores y la confidencialidad de la información.


8. La vigilancia de la salud no debe generar discriminación laboral.


9. La vigilancia de la salud no debe confundirse con el control del
absentismo.


10. La vigilancia de la salud requiere independencia profesional.


1.- La Vigilancia de la Salud es un componente esencial de la
Prevención de Riesgos Laborales
La vigilancia de la salud es un componente esencial de la prevención
de riesgos laborales y, como tal, una actividad que debe integrarse
necesariamente en todas las fases de la intervención preventiva como
parte inseparable de la actuación multidisciplinar de los Servicios de
Prevención.
La prevención supone un conjunto de actuaciones orientadas a evitar
los daños a la salud por lo que su referente fundamental, tanto para
identificar los problemas como para verificar la idoneidad de las
soluciones, no es otro que el propio estado de salud de los
trabajadores.
La vigilancia de la salud, en tanto que recogida sistemática de
información sobre dicho estado de salud de los trabajadores, es una
fuente de información imprescindible para la evaluación de los riesgos
y de la eficacia de las medidas preventivas.
La información proporcionada por la vigilancia de la salud permite,
además, detectar precozmente perdidas de salud individual, formular
hipótesis de causa-efecto y facilitar la adaptación del puesto de
trabajo a la persona.
La vigilancia de la salud no debe utilizarse como sustitutiva de las
medidas necesarias para evitar o controlar la exposición a riesgos.



2.- La vigilancia de la salud supone una nueva orientación de la
actividad sanitaria en el campo de la Medicina del Trabajo.
La vigilancia de la salud implica una nueva orientación preventiva de
la actividad sanitaria en el campo de la Medicina del Trabajo
superadora de la tradicional actuación puramente asistencial.
Los profesionales sanitarios en Medicina y Enfermería del Trabajo
asumen la función de estudiar y analizar la interacción entre las
personas y las condiciones de trabajo en una situación concreta con el
fin de detectar posibles daños a la salud y facilitar así las
actuaciones encaminadas a evitar su progresión, su extensión o su
reiteración.
Para cumplir dicha función, los profesionales sanitarios necesitan
disponer de informaciones producidas por otros prevencionistas sobre
la entidad de los riesgos presentes en cada puesto de trabajo.
A su vez, la actividad de los profesionales sanitarios genera
información sobre los eventuales efectos de dichos riesgos y sobre la
idoneidad del puesto de trabajo en relación con el estado de salud del
trabajador.

3.- La Vigilancia de la Salud no es una actividad exclusivamente
asistencial
La vigilancia de la salud no se agota en los reconocimientos medico-
diagnósticos individuales sino que abarca un conjunto de actividades
de recogida de información sobre el estado de salud de los
trabajadores tanto a partir de datos objetivos como subjetivos,
provenientes de fuentes primarias o secundarias, y organizados como
datos individuales o agregados.
Además de los exámenes médicos, otros procedimientos como el control
de indicadores biológicos, las encuestas de salud, la utilización de
técnicas cualitativas o los estudios epidemiológicos, constituyen
fuentes de información muy importantes en un sistema de vigilancia de
la salud de los trabajadores.
La vigilancia de la salud requiere, por tanto, una capacitación
profesional no solo para la atención integral especializada de
enfermedades laborales sino también para la gestión y el análisis de
información sanitaria, lo cual permite la incorporación de otros
profesionales sanitarios además de los de formación puramente medico-
clínica.
4.- La vigilancia de la salud debe abarcar lo individual y lo
colectivo
Un sistema integral y coherente de vigilancia de la salud no solo
incluye una valoración individual del estado de salud de los
trabajadores sino también el estudio sistemático de los patrones de
salud y enfermedad en los diferentes colectivos laborales.
Los exámenes de salud son el medio más habitual para valorar la salud
individual de los trabajadores. De sus resultados se obtiene
información sobre la necesidad de adaptar un determinado puesto de
trabajo según las aptitudes del trabajador (prevención primaria) o
sobre una eventual afectación precoz de la salud individual que
requiere una actuación preventiva inmediata para evitar un deterioro
mayor (prevención secundaria).
Un tratamiento epidemiológico sistemático de los resultados de estos
exámenes permite, además, un mejor conocimiento sobre las relaciones
entre trabajo y salud no solo en un sentido negativo (detección de
riesgos a partir del daño) sino también positivo (verificar la
eficacia de la prevención comprobando la disminución o ausencia de
daños), con lo que se refuerza el papel de la vigilancia de la salud
como instrumento para la prevención primaria.
5.- La vigilancia de la salud es un elemento para la promoción de la
salud de los trabajadores
En términos de salud, la relación entre un trabajador y el medio
ambiente laboral no puede considerarse aisladamente. Múltiples
interacciones entre condiciones laborales y extralaborales, entre
exposiciones ambientales y patrones culturales, entre comportamientos
individuales y condiciones socioeconómicas, acaban siendo
determinantes del nivel de salud de las personas.
No es posible, por ello, plantear con coherencia una vigilancia de la
salud integral del trabajador exclusivamente orientada a los factores
de riesgo específicos de su trabajo sin tener en cuenta otros
elementos como el estado nutritivo, los hábitos individuales, la
diversidad de genero o los condicionantes propios de la edad.
Por otra parte, razones de efectividad, aconsejan la integración en un
mismo sistema de vigilancia de la salud de las enfermedades
comunitarias más prevalentes (p.e. cardiovasculares) además de las
relacionadas con el trabajo.
6.- La vigilancia de la salud requiere protocolos de actuación
específicos según los riesgos
Un protocolo de vigilancia de la salud no es sino un plan secuencial
para la obtención de informaciones sobre los problemas de salud. La
protocolización de la vigilancia de la salud permite superar los
exámenes médicos rutinarios, facilita el estudio de los problemas de
salud específicamente relacionados con el riesgo laboral y garantiza
una actuación homogénea y científicamente rigurosa.
Un protocolo no debe reducirse a un sistema de registro ni actuar como
un corsé sino servir de guía para la obtención progresiva de las
informaciones adecuadas de cara al conocimiento de los problemas de
salud en cada situación concreta.
En los protocolos de vigilancia de la salud deberían incluirse
indicaciones sobre las diferentes fuentes de información disponibles
para el estudio de cada problema específico así como sobre el análisis
sistemático de las distintas informaciones.
Un protocolo específico en salud laboral es perfectamente compatible
con actividades de vigilancia en salud comunitaria. Del mismo modo,
debería incluirse la detección de enfermedades laborales en los
exámenes de salud generales por parte del Sistema Nacional de Salud
especialmente cuando la naturaleza de los riesgos aconseje una
vigilancia postocupacional.
7.- La vigilancia de la salud debe respetar la intimidad de los
trabajadores y la confidencialidad de la información
La recopilación de informaciones para la vigilancia de la salud debe
guiarse estrictamente por objetivos de prevención de riesgos y de
mejora de las condiciones de trabajo así como de protección de la
salud del propio trabajador o de terceras personas. Estos objetivos
son los que
determinan que informaciones son necesarias, como obtenerlas y quien
debe acceder a ellas.
Todas las actividades de vigilancia de la salud deben someterse a los
principios éticos de la investigación científica y de la deontología
profesional y respetar el derecho de las personas a la
confidencialidad de los datos sanitarios.
El acceso a los datos y a los archivos médicos individuales debe
restringirse solo a los profesionales sanitarios. Los datos personales
sobre la salud deben estar accesibles para cada trabajador y no pueden
ser comunicados a terceras personas sin su expreso consentimiento.
No obstante, y siempre manteniendo el sigilo profesional y el
anonimato, los datos agregados deben estar al alcance de las personas
con funciones y competencias en salud laboral al objeto de posibilitar
la utilización con fines preventivos de los resultados de la
vigilancia de la salud.
8.- La vigilancia de la Salud no debe generar discriminación laboral
Los resultados de las actividades de vigilancia de la salud no deben
ser utilizados con finalidades discriminatorias ni en perjuicio de los
intereses del trabajador.
La voluntariedad y el consentimiento informado de los trabajadores,
ejercidos tanto individualmente como mediante mecanismos de
participación colectiva, constituyen principios esenciales en este
terreno.
Se debe evitar especialmente la utilización de la vigilancia de la
salud como método de selección de trabajadores resistentes al riesgo.
Los exámenes de salud deben orientarse a la prevención y no a la
selección. En los exámenes de salud previos a la asignación de una
tarea se evitaran valoraciones sobre requerimientos psicofísicos no
justificados. En los exámenes de salud se tendera a sustituir el
concepto de 'aptitud' del trabajador por el de 'adaptación' del puesto
de trabajo. Se rechaza explícitamente la utilización del llamado
screening genético para valorar la predisposición o susceptibilidad
individual de los trabajadores frente al riesgo
Debe evitarse la pérdida de empleo por motivos de salud promoviendo en
su lugar la adaptación del puesto de trabajo o la asignación de tareas
alternativas como soluciones más idóneas.

9.- La vigilancia de la salud no debe confundirse con el control del
absentismo
El registro de ausencias y bajas laborales por motivos de salud
representa una fuente de información sobre la incidencia de diversas
patologías que pueden estar relacionadas con el trabajo.
El estudio y análisis de esta información puede ayudar a identificar
si existe realmente alguna relación entre la enfermedad que motiva la
baja y la exposición a riesgos en el lugar de trabajo. Para ello, es
necesario que los profesionales sanitarios tengan acceso a los datos
sobre la incapacidad temporal por enfermedad y los analicen de una
manera sistemática.
Sin embargo, dichos profesionales no deben verse involucrados en la
gestión administrativa ni en el control disciplinario del absentismo,
dado que no se trata de funciones propiamente sanitarias y que, por
otra parte, pueden suponer un quebranto de la relación de confianza
que se presupone en todo acto medico y también en la vigilancia de la
salud.
10.- La vigilancia de la salud requiere independencia profesional
De acuerdo con los principios del Código Internacional de Ética para
los Profesionales de la Salud Laboral, los profesionales sanitarios
deben asesorar con rigor e imparcialidad tanto a los empresarios como
a los trabajadores y a sus representantes en todo lo relativo a la
vigilancia de la salud.
Deben cumplir fielmente la normativa sobre calificación y notificación
de las enfermedades profesionales prestando su apoyo profesional a los
trabajadores afectados para el reconocimiento e indemnización de las
víctimas.
Los profesionales sanitarios deben tener la capacitación adecuada para
cumplir con rigor sus funciones en materia de vigilancia de la salud,
recurriendo cuando sea necesario a un adecuado apoyo especializado.
Igualmente deben establecer lazos de cooperación entre el resto del
equipo multidisciplinar encargado de la prevención y actuar
coordinadamente con el Sistema Nacional de Salud.
El mantenimiento efectivo de la independencia profesional requiere de
una adecuada protección normativa así como de suficientes garantías
contractuales.

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