que hacer si no se autoriza el comprobante?

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EL Flako

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Nov 30, 2016, 9:01:38 AM11/30/16
to PyAfipWs Factura Electrónica Libre y temas relacionados AFIP ARBA ANMAT
 
     Hola
     Tengo una duda de como es el proceder legal  en casos que la autorización falle y no se devuelva el CAE.
     Es decir cuando es una factura, esta no tiene valides sin CAE y entonces no se la deberíamos entregar al cliente, pero el cliente quiere llevarse su factura.
      Que es lo legal para la afip en estos casos?
      Actualmente se la damos sin CAE y luego la reimprimimos autorizada  si el cliente la pide.


      Saludos.

Pablo M. Lafosse - L+A&A

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Nov 30, 2016, 9:16:57 AM11/30/16
to pyaf...@googlegroups.com
Buen día.
Sin CAE no tiene validez, no podés entregársela porque no es una factura.
Hasta donde sé, no podés entregarle una factura con su CUIT si tiene problemas (CUIT suspendido u otros casos), ya que como emisor sos responsable y eventualmente la AFIP puede sancionarte.
Tendrías que hacerle un remito manual y/o una factura a consumidor final que se la cambiás cuando se arregla el problema.
Saludos,
Pablo Lafosse


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Romina L. Castrogiovani

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Nov 30, 2016, 9:58:20 AM11/30/16
to pyaf...@googlegroups.com
Hola

Tendrías que ver en la respuesta de AFIP  el motivo por el que  no te otorga CAE y si es solucionable de tu parte, volver a solicitar el CAE con el problema resuelto y si es problema del contribuyente al que le están emitiendo la factura, no podrías hacerla hasta tanto él regularice su situación para que AFIP te permita emitirle Facturas.

No se pueden entregar Facturas no validadas por AFIP, es decir, sin CAE.

Si no pudieras hacer la Factura por otro motivo, ajeno a ustedes, corte de luz, el servidor de AFIP se encuentra caído, no tienen internet ... etc,  AFIP contempla que en ese caso confeccionen una factura manual (talonarios con CAI que AFIP establece que hay que tener de "BACKUP") y en ese caso, luego el contador  debería informar a AFIP de que nro a que nro se emitieron manualmente y el motivo (los contadores pueden indicarte mejor como es este tema y que casos contempla, pero sinteticamente sería eso)

Saludos

Castrogiovani L. Romina
Sistemas Ágiles
011 4450-0716 / 153048-9211
L a V de 10 a 17hs
Skype: romina.castrogiovani

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Juan Manuel Martínez

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Nov 30, 2016, 12:30:35 PM11/30/16
to pyaf...@googlegroups.com

Hola,

Si no podés emitir comprobante A por algún motivo relacionado con la situación fiscal del contribuyente, y el insiste en llevarse un comprobante, no te queda otra alternativa más que emitir una factura B. Una vez solucionado el inconveniente,  se cancela con una nota de crédito y se emite el comprobante A.
Tené en cuenta el cierre de los períodos fiscales y los 10 o 5 días hacia atrás que te permite facturar AFIP.

Muy probablemente te pataleen, pero lamentablemente no tenés alternativa.

Y ojo que entregar un comprobante no autorizado y que éste sea informado por el receptor te puede traer muchos dolores de cabeza.

Saludos cordiales ,
Juan Manuel .

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Marcelo Javier Perales

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Dec 3, 2016, 10:58:56 AM12/3/16
to PyAfipWs Factura Electrónica Libre y temas relacionados AFIP ARBA ANMAT
 Si no cambió nada en el último año la cosa es así según tengo entendido: se puede facturar en papel hasta un 10%
del volumen total facturado en un período. Los talonarios deben tener CAI (codigo de autorización de impresión). Es conveniente tener talonarios para eventualidades como la que describis.
 En otras palabras, la factura debe tener o CAE o CAI para ser legal.

Saludos
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