Formato de impresión de Factura Electrónica

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Fabricio Corbo

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Sep 24, 2018, 9:06:38 AM9/24/18
to PyAfipWs Factura Electrónica Libre y temas relacionados AFIP ARBA ANMAT
Hola como les va.
Hace tiempo que tengo una duda y no consigo aclararla, ni consultando a contadores, ni leyendo la normativa.
Mi duda es si existe algún formato obligatorio para la impresión de facturas electrónicas en el caso de ventas de mostrador.
Veo por todos lados, que se utiliza el formato hoja A4 para los pdf que se envían por mail, pero, que me impediría a mi generar un comprobante para imprimir, por ejemplo, en una impresora de comandas?
Puedo, sin impedimentos legales, imprimir una especie de "ticket/factura" incluyendo al pie el codigo de barras con el CAE?
Obviamente, esta impresión, reflejaría fielmente los datos enviados a los servidores de Afip por los cuales se obtiene el CAE.
Cualquier comentario será bienvenido.
Muchas gracias, y felicitaciones a Romina y Mariano por su gran laburo.

Gustavo Orrillo

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Sep 24, 2018, 9:22:09 AM9/24/18
to pyaf...@googlegroups.com
No que yo sepa. Lo mas divertido es que les preguntas a los contadores y no te pueden dar una respuesta. Guarda con la impresora, sobre como vas a imprimir el código de barras del CAE

--
Proyecto PyAfipWs Factura Electrónica Libre y temas relacionados AFIP ARBA ANMAT:
http://www.pyafipws.com.ar/ - http://www.github.com/reingart/pyafipws - http://www.sistemasagiles.com.ar/
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Jose Hochnadel GMail

unread,
Sep 24, 2018, 10:50:00 AM9/24/18
to pyaf...@googlegroups.com

Hola

 

El formato del comprobante, aun con autorización electrónica, es libre, siempre que guarde el tamaño mínimo y contenga la información fiscal mínima requerida por la resolución.

 

Saludos.

 

 

--

A.S. José A. Hochnadel

      Loop Consultora

      Te: 341-6187367

 

 

 

CAPITULO F - DATOS QUE DEBEN CONTENER LOS COMPROBANTES. MEDIDAS MINIMAS Y UBICACION DE LOS DATOS

- Datos que deben contener los comprobantes

Art. 18. — Los comprobantes clase "A", "B", "C" o "E" deberán contener, como mínimo, los datos que —respecto del emisor; del comprador, locatario o prestatario, de la operación efectuada, y con relación al tratamiento a dispensar al impuesto al valor agregado— se establecen en el Anexo II, Apartado "A".

- Medidas mínimas del comprobante. Ubicación de determinados datos

Art. 19. — Los comprobantes —clase "A", "B", "C" o "E"— que respaldan a las operaciones deberán tener un tamaño mínimo de QUINCE (15) centímetros de ancho por VEINTE (20) centímetros de largo, y ajustarse a las condiciones que respecto de la ubicación de determinados datos se establecen en el Anexo II, Apartado "B".

Los datos obligatorios no contemplados en el citado Anexo II y aquellos que deban incorporarse en función de la actividad o modalidad operativa, podrán ser consignados en el comprobante sin sujeción respecto de su distribución, siempre que resulten legibles y permitan identificar los conceptos e importes correspondientes a la operación efectuada.

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/80000-84999/81316/texact.htm

 

El Anexo II capitulo 8 dice …

 

B - UBICACION DE LOS DATOS EN EL COMPROBANTE

Deberá consignarse:

a) En el espacio superior izquierdo:

1. Nombre de fantasía, de corresponder.

2. Apellido y nombres, denominación o razón social, del emisor.

3. Domicilio comercial, del emisor.

4. La leyenda "IVA RESPONSABLE INSCRITO", "IVA EXENTO", "NO RESPONSABLE IVA", "RESPONSABLE MONOTRIBUTO", "MONOTRIBUTO TRABAJADOR INDEPENDIENTE PROMOVIDO", o "MONOTRIBUTISTA SOCIAL", según corresponda. (Punto sustituido por art. 1° inc. f) de la Resolución General N° 2836/2010 de la AFIP B.O. 26/5/2010. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive)

b) En el espacio superior derecho:

1. Numeración preimpresa, en el centro de dicho espacio.

2. Fecha de emisión.

3. Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del emisor.

4. Número de inscripción en el impuesto sobre los ingresos brutos o condición de no responsable, del emisor.

5. Fecha de inicio de actividades en el local o establecimiento, del emisor.

Los datos mencionados en los incisos a) y b) precedentes estarán identificados con claridad y uniformidad y deben figurar en el interior de un recuadro que ocupe un espacio mínimo de SIETE (7) centímetros de ancho por TRES (3) centímetros de largo.

c) En el centro del espacio superior se consignará, en forma destacada, la letra “A”, “B”, “C” o “E”, según corresponda, y debajo de la letra, deberá consignarse el “Código Identificatorio del Tipo de Comprobante” precedido de la leyenda “Código Nº …”. (Inciso sustituido por art. 1° pto. 23 de la Resolución General N° 3666/2014 de la AFIP B.O. 4/9/2014. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efecto conforme a la aplicación y vigencia prevista en la Resolución General Nº 3665)

d) Los datos de identificación del adquirente, locatario o prestatario, de acuerdo con lo establecido en el Apartado "A", Título II, de este Anexo.

e) Las condiciones de venta: contado, cuenta corriente, etc.

f) Los datos mencionados en el Apartado "A", Título IV, inciso a), puntos 1 y 2 se consignarán a continuación de la descripción o detalle de la operación, debiendo estar dispuestos en forma vertical u horizontal.

g) En el espacio inferior izquierdo:

1. Apellido y nombres, denominación o razón social, de quien efectuó la impresión de los comprobantes.

2. Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), de quien efectuó la impresión de los comprobantes.

3. Fecha de impresión de los comprobantes.

4. Primero y último de los números de los comprobantes impresos.

5. Número de habilitación del establecimiento impresor.

h) En el espacio inferior derecho:

1. Código de autorización, precedido de la sigla “C.A.I. N° ....”, “C.A.E. N° ….” o “C.A.E.A. N° …..”, según corresponda. (Ítem sustituido por art. 21 pto. 8 de la Resolución General N° 4290/2018 de la AFIP B.O. 3/8/2018. Vigencia y Aplicación: Ver art. 29 de la norma de referencia)

2. La fecha de vencimiento de los comprobantes, precedida de la leyenda "Fecha Vto.:". Este dato será consignado en caracteres no inferiores al tamaño tipográfico DOCE (12).

 

Libre de virus. www.avg.com

 

Fabricio Corbo

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Sep 24, 2018, 12:15:33 PM9/24/18
to PyAfipWs Factura Electrónica Libre y temas relacionados AFIP ARBA ANMAT
Si Gustavo, no puedo encontrar una respuesta convincente o alguna cita concreta en a normativa!
El tema de la impresión del CAE lo tengo resuelto, pero me frena esto de no saber si mis clientes pueden tener objeciones o no al entregar este tipo de impresiones.
Desde ya que lo impreso refleja todos los datos, y serían comprobantes autorizados por AFIP (mediante el CAE), por lo que cualquiera, puede entrara a la Afip y verificar la validez.
Cualquier comentario será muy bienvenido.

Fabricio Corbo

unread,
Sep 24, 2018, 12:15:44 PM9/24/18
to pyaf...@googlegroups.com
Muchisimas gracias por tu respuesta!
Sin embargo, hay casos donde esas medidas mínimas no se respetan, por ejemplo, en los comprobantes tipo A emitidos por los impresores fiscales de ticket-factura ( sin de 75 a 80mm de ancho, y el largo depende de la cantidad de items)

Jose A. Hochnadel

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Sep 24, 2018, 12:52:29 PM9/24/18
to pyaf...@googlegroups.com
Correcto, es así, pero los sujetos obligados a controladores fiscales son específicos. 

Juan Manuel Martínez

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Sep 24, 2018, 4:36:53 PM9/24/18
to pyaf...@googlegroups.com
Hola,

como bien te contestaron, la RG1415 es la aplicable; comprobantes emitidos con controlador fiscal tienen otra normativa.

Saludos,
Juan Manuel.

Bunker B

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Sep 25, 2018, 7:27:58 PM9/25/18
to pyaf...@googlegroups.com
Hola
Asi es. yo tambien me canse de buscar y consultar sobre ese mismo tema
Una Fact Electronica x una Tick comandera
Y jamas lo resolvi.


Fabricio Corbo

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Sep 26, 2018, 8:17:01 AM9/26/18
to pyaf...@googlegroups.com
Hola ! Hoy Romina me terminó de aclarar el tema. Fíjate la RG1415 art 19 habla sobre los formatos de impresión. El ancho mínimo es de 15cm.
Chau comandera. Que bronca...

Fabricio Corbo

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Sep 26, 2018, 8:17:01 AM9/26/18
to pyaf...@googlegroups.com
Gracias a todos por las respuestas. Me aclararon muchas cosas. Si llamás a la Afip te tirar cualquier verdura.
Saludos y buenas tardes!

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Bunker B

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Sep 27, 2018, 11:14:07 AM9/27/18
to pyaf...@googlegroups.com
Gracias !! si que bronca.. otra mas del AFIP
Abzos 

5ta Esencia Grupo Smule

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May 28, 2024, 1:05:58 PM5/28/24
to PyAfipWs Factura Electrónica Libre y temas relacionados AFIP ARBA ANMAT
Primera vez que veo esto de los grupos de Google. Así que si hago algo mal mil disculpas de antemano. Tengo una pregunta que ni siquiera Don Google me puede quitar, espero acá lo sepan. Soy monotributista promovido o promovida mejor dicho ☺️ yo pago el 1% de lo que facturo mensualmente, la cuestión de qué día a qué día me toma lo que facturé en afip del 1 al 30 o 31 o del 20, 21 al 20 del mes siguiente? Otra gran duda es... Cómo me toma el periodo facturado fecha de realización de la factura por ejemplo si yo facturo hoy es 28 de mayo hoy factura $100,000 pero la fecha que yo coloqué fue desde el día 20 de abril al 29 de abril por servicios prestados
En q mes entra mi factura? No se si me expliqué 

Fernando Maggi

unread,
May 28, 2024, 1:28:34 PM5/28/24
to pyaf...@googlegroups.com
Hola, es mes calendario, la fecha que se toma es la fecha de factura, no el periodo que vos indiques.
Saludos,
Fernando.


Pablo Ocaranza

unread,
May 28, 2024, 5:51:58 PM5/28/24
to pyaf...@googlegroups.com
Hola


Ahi te explica.... y entrando con tu clave fiscal, hay una calculadora en afip para determinar lo que tenes que pagar....

Saludos

Pablo



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Lic. Pablo Ocaranza
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