Los docentes de todos y cada uno de los niveles, deberán permanecer, como mínimo, seis (6) horas diarias dentro del establecimiento educativo.
Como resultado de los acuerdos
realizados entre la Secretaria de Educación departamental de Antioquia y
la Asociación de Maestros de Antioquia ADIDA se expidió el pasado 27 de
Diciembre del año 2011 la Circular 540 que precisa términos sobre la
jornada laboral y escolar de los educadores de Antioquia., entre los
cuales están:
1. Los docentes de todos y cada uno de los
niveles, deberán permanecer seis (6) horas diarias dentro del
establecimiento educativo, por lo tanto 30 horas semanales.
2.
Cada institución educativa, en el marco de la autonomía regulada por ley
115 de 94 puede crear asignaturas optativas y es así como el descanso
pedagógico puede considerarse como una asignatura optativa, si el
concejo académico, avalado por el concejo directivo, conceptúa que el
descanso pedagógico puede ser una asignatura de carácter lúdico,
recreativo, deportivo y cultural lo puede hacer y es así como esta
situación estaría dada en el marco de las 22 horas de asignación semanal
a los docentes de educación media y secundaria, las 25 horas semanales a
los docentes de primaria y las 20 horas de asignación semanal para los
docentes de preescolar. La orientación de Adida es que todos los
establecimientos educativos de Antioquia, incluyan dentro del plan de
estudios una asignatura optativa referida al trabajo de los descansos
pedagógicos como un referente lúdico-recreativo, ambiental que
contempla actividades deportivas, culturales, nutricionales, ludotecas,
juegos de piso y pared, convivencia escolar, juegos tradicionales y en
general todas los relacionadas con el tiempo libre.