Durante 3 años he tenido un empleado al cual le he pagado con irregularidad. Lo he tenido dado de alta en la seguridad social, hasta hoy, que he tenido que despedirlo por causas objetivas. Tengo remuneraciones
pdte.de pago, que si no cambia la economía no voy a poder pagarle...
El empleado esta de acuerdo en no cobrar lo pendiente. Al darle de baja, me supongo que cobrará el desempleo....
Pregunta:
Como trato contablemente, esas remuneraciones pendiente de pago, que no voy a poder hacer frente?
La tengo que retroceder como gastos, en la 649?
Tengo que declaralo como ingresos en el Impuesto de sociedades?...