1.- Mientras no le digan lo contrario desde el sindicato, él se va a personar en el Tribunal Constitucional, dado que se solicita se personen quienes sean parte en el conflicto colectivo interpuesto por el Gobierno de Canarias.
En caso de que CCOO le dijera que no se persone, él tendría que dar la venia al abogado que lo sustituiría. Pero no espera que le digan nada, dado que es un asunto anterior a lo que está sucediendo actualmente en el seno del sindicato.
2.- En el plazo establecido en el BOE, todas las partes tienen la oportunidad de alegar, por escrito, sobre la inconstitucionalidad de la Disposición Adicional 57ª de la Ley 10/2012, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
3.- Una vez resuelva el Tribunal Constitucional sobre la constitucionalidad o no del asunto, será de nuevo el TSJC quién resuelva sobre la demanda realizada por nosotros.
4.- En cuanto a las medidas cautelares presentadas por el despacho de Ignacio Cestau, comenta que no fueron aceptadas, pero que no recordaba exactamente el motivo.
Se le solicitó que diera traslado a la Asociación tanto de las alegaciones que iba a presentar en el TC como del rechazo del juzgado de las medidas cautelares presentadas y me comentó que no tenía ningún problema en hacerlo.
En cuanto no las haga llegar, les daremos traslado de las mismas.
Saludos,