Muchisimas gracias a todos Jose, Gloria, Lenza, Miguel Angel por los comentarios y consejos.
Es verdad que lo que tienen a favor es que la situacion te somete a un agobio mental que juega siempre a favor de ellos.
La deuda es grande ya que hace 3 años cuando la empresa de mi marido por impagos que sufrió no pudo liquidar la poliza nos dieron como alternativa el firmar una 2hipoteca de la vivienda con 18 meses de carencia para poder afrontar las dos cuotas. Terminados esos 18 meses en que nada cambió rescatamos el plan de pensiones de mi marido que se utilizó exclusivamente para estar casi 10 meses mas al dia viviendo 4 personas con una sola nomina .
Hemos intentado negociar pagar una cuota de 400e me podria extender hasta 500€ mensuales pero se han negado pidiendome al menos 1000e mensuales . El piso ya tiene un embargo de la seguridad social porque, aunque la deuda era de la empresa, tontamente mi marido mal informado cuando fue citado en la TGSS le invitaron a que se hiciera cargo como persona fisica de esta deuda, meses despues nos embargaron el piso , por lo que el banco ya no le interesa renegociar perdiendo su de privilegio sobre la vivienda , ni seglún dicen ellos pueden aceptar una dacion de pago.
Gracias, ya no se si llamar otra vez e intenar vuelvan a aceptar esa cuota, hacer el esfuerzo de pagar un mes endeudandome mas con tarjetas tampoco se si tiene sentido de algo.
Sigo escuchando sus ideas, mañana ire a la reunión.
Date: Wed, 13 Jun 2012 01:53:18 +0200
Subject: Fwd: Carta de Mercedes afectada por la hipoteca
From:
afectadoship...@gmail.comTo:
mse...@hotmail.comMás cosas sobre tu asunto.
---------- Mensaje reenviado ----------
De:
Gloria Perez de Colosia <gpe...@gpcabogados.com>Fecha: 12 de junio de 2012 23:28
Asunto: Re: Carta de Mercedes afectada por la hipoteca
Para: Afectados hipoteca Almería <
afectadoship...@gmail.com>
Hola:
Valga por delante que hablo del funcionamiento del tema de abogados de oficio en la provincia de Almeria. Desconozco si en todos los Colegios de Abogados funcionan igual.
Cuando alguien solicita la justicia gratuita, lo solicita ante el Colegio de Abogados correspondiente ( a través del juzgado cuando no hay sede colegial, es decir, en la mayoría de los pueblos). La solicitud se acepta SIEMPRE, no pueden decirte que no de palabra, y la persona que la recoge no entra a hacer valoraciones sobre el fondo del asunto, sobre si es viable o no. Dependiendo si se cumplen los requisitos ECONOMICOS, se concederá o no un abogado y procurador de oficio, es decir, si se es beneficiario de la justicia gratuita en funcion de unos criterios puramente ECONOMICOS, se concederá o no, pero no se entra a valorar nunca el asunto a defender, porque todo el mundo tiene derecho a la defensa. Es como si te dijeran que no te conceden un abogado porque efectivamente has matado a alguien. Pues bien, efectivamente has dejado de pagar la hipoteca pero sigues teniendo derecho a la defensa. De hecho yo misma desearia que existiera un filtro a la hora de aceptar solicitudes de oficio porque a veces me han llegado peticiones que claramente prescribieron años atrás y que no son nada viables, y si desde el principio se denegaran esas designaciones de oficio, nos ahorrariamos tiempo y dinero. Pues incluso en esos casos, en los que claramente el plazo para pedir algo ha prescrito, se concede el abogado de oficio, porque el Servicio de Orientación Juridica (la justicia gratuita digamos) considera que no es tarea suya decidir sobre el fondo de un asunto y que siempre debe ser visto por un profesional.
Lo que yo entiendo es que en el caso de esta señora, dado que todavía no hay ningún procedimiento judicial contra ella, pudiera ser que no sea el momento de solicitar un abogado de oficio. Me despista cuando dice que ha ido a consultar a un abogado de oficio, porque los abogados solo son de oficio cuando el Colegio de Abogados los ha designado y previa una solicitud de alguien. ¿Podría aclarar a quién ha ido exactamente a ver?
Efectivamente la oposicion a una ejecucion hipotecaria solo puede basarse en causas tasadas, que no corresponda la deuda, que el importe sea incorrecto, que se quiera cancelar, pero para saber si ese es el caso, hay que analizar la demanda y las circunstancias del caso, y para eso hace falta un abogado y para tener un abogado, si los requisitos economicos se cumplen, tiene que designarlo el colegio de abogados. Además que ultimamente se estan presentando las peticiones de dacion en pago, y esto ya queda fuera de los tres supuestos anteriores y para ello hace falta abogado y procurador
Espero a ver aclarado algo. Creo que esta mujer debe seguir insistiendo hasta que la concedan un abogado, y en todo caso cuando reciba la demanda del juzgado tienen que designarle uno si o si, para contestarla, pagar o lo que quiera hacer, pues sin representacion letrada no puede hacer nada, y si cumple con los requisitos economicos se lo tiene que conceder.
Saludos,
Gloria Pérez de Colosía y Lázaro
Abogado de familia
c/ Velarde 8
04630 Garrucha
Almería
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