Buenos días sra. Celia Lorenzo Borrajo, El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es la entidad gestora competente para el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria a nivel de todo el Estado español. Las entidades que acreditan el derecho a la asistencia sanitaria son los servicios de salud de las comunidades autónomas, a través de la emisión de la tarjeta sanitaria de la comunidad autónoma correspondiente. Cuando un trabajador deja de trabajar o remata la prestación por desempleo, pierde el tener derecho a la asistencia sanitaria reconocido por la Seguridad Social y tiene que regularizar su situación para seguir teniendo derecho a ella, existiendo para ello varias vías. Las comunidades autónomas tienen la obligación de tener actualizadas sus bases de datos y actualmente se hacen cruces periódicos con la base de datos de la Seguridad Social. Con el ánimo de que usted no pierda la asistencia sanitaria o la recupere lo antes posible, a continuación le expongo brevemente algunas de las posibles vías para recuperar la asistencia, de las que en su centro de salud le podrán informar más detalladamente: • Inclusión como beneficiario de otra persona, con la que conviva y que esté de alta en la Seguridad Social. • Si cumple los requisitos de no pasar de una determinada cuota de ingresos al año y no puede incluírse como beneficiario, puede solicitar como persona sin recursos económicos suficientes en el centro de salud. Ambas vías le dan derecho a la asistencia sanitaria en toda España, a través del reconocimiento de la Seguridad Social. La Consellería de Sanidade/ Servizo Galego de Saúde creó también códigos propios de la comunidad para facilitar el acceso a la asistencia sanitaria pública de los ciudadanos residentes en nuestra comunidad. Estos códigos dan derecho a la asistencia sanitaria en el ámbito de Galicia, no en el resto del Estado español: • “Asistencia SERGAS (código 29)”. Este código se asimila al régimen general de la Seguridad Social y se creó para que los trabajadores, que en el último año lo hacen de forma discontinua o remataron la prestación por desempleo, no tuviesen que estar regularizando constantemente su situación en relación a la asistencia sanitaria. La única particularidad es que cuando el ciudadano no trabaja o no está cobrando la prestación, a fecha actual, es la Consellería de Sanidade/ Servizo Galego de Saúde la que le sigue reconociendo las prestaciones sanitarias de asistencia sanitaria en el ámbito de Galicia, no teniéndolas en el resto del estado. •Código 40: si el/la ciudadano/a sobrepasara los ingresos marcados para pedir como persona sin recursos y no tiene obligación de cotizar a la Seguridad Social podría solicitar asistencia sanitaria por este otro código propio de la Consellería de Sanidade /Servicio Gallego de Salud. , el código 40. Esta asistencia sólo cubre en el ámbito de Galicia, no en el resto del Estado español. Lamentando las molestias que esta situación le haya podido ocasionar, reciba un cordial saludo. Para más información también puede llamar al teléfono de atención al ciudadano 981 569 540 en horario de 8 a 21 horas, de lunes a viernes. Atentamente, Subdirección Xeral de Planificación Sanitaria e Aseguramento Tarxeta Sanitaria 23 de novembro de 2011 |
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