Estimados colegas:
nos han comentado en la SSS que en el día de ayer se realizó un reunión de "un grupo de Musicoterapeutas" con los referentes del Área Jurídica del Organismo, o sea con quienes decidirán la inclusión o no de los Musicoterapeutas no Licenciados al RNP.
Queremos informar que el grupo de Musicoterapeutas que contratamos los servicios de un estudio de abogados para iniciar las acciones legales en la SSS desconocemos que colegas integran el grupo que se reunió ayer, como así también desconocemos las intenciones de dicho grupo aunque si sabemos que no se presentaron con patrocinio letrado.
Dado que no ha circulado ninguna publicación al respecto, consideramos que es información que toda la comunidad debe conocer.
Estamos en condiciones de afirmar que gran parte del impedimento para la inscripción a la que tenemos pleno derecho, tiene que ver con la confusión que los mismos musicoterapeutas hemos volcado en el organismo, ya que no todo lo transmitido es correcto, sea por ignorancia o por animosidad.
Todos los profesionales de la salud reconocidos por el Ministerio de Salud de la Nación, tienen derecho a la inscripción en el RNP sin necesidad de justificar su currícula académica ni su título habilitante. Es el Ministerio de Salud a través del otorgamiento de la matricula, el que garantiza que se trata de un profesional reconocido ministerialmente. Las discusiones sobre los contenidos curriculares y las categorías académicas de los títulos, solo son válidos para las profesiones que pueden obtener el RNP por vía de excepción ya que no tienen reconocimiento ministerial ni obtención de matricula nacional. La SSS no puede cuestionar una normativa ministerial, poner en duda un decreto presidencial y una Ley nacional sancionada por el congreso.
Este es el núcleo valido de nuestro reclamo y el eje de las acciones legales, medidas cautelares y/o recursos de amparo que están en juego.
Saludos
A. Giacobone, N. Comba, V. Paolone, V. Bruk, R. da Silva, A. Matus, A.Barreto, M. Bianco.