El 17 de marzo de 2012 se realizó la tercera asamblea para tratar el tema del marco legal de la musicoterapia. Esta asamblea fue abierta a toda la comunidad musicoterapéutica, promoviendo la participación de representantes de las diferentes instituciones de musicoterapia.
Contamos con representantes de la UBA, de la UAI, de la USAL, de ASAM, estudiantes y graduados de diferentes universidades, sumando entre todos más de 70 personas. También contamos con el apoyo de representantes de la UAI Rosario y de musicoterapeutas de Uruguay. Lamentablemente no contamos con la presencia de ningún representante de AMDEBA ni de la UNIVERSIDAD MAIMONIDES.
Se realizó un punteo de las cuestiones planteadas en la asamblea anterior tales como:
1. La reglamentación de la ley provincial de ejercicio profesional.
2. La necesidad de retomar la lucha por la ley Nacional de Musicoterapia.
3. La discusión entre gestionar o no la inclusión de nuestra disciplina en la ley de ejercicio de la medicina, odontología y actividades auxiliares (ley 17.132).
4. La posibilidad de gestionar la inclusión de la Musicoterapia en el Registro Nacional de Prestadores.
5. La necesidad de exponer los nombres de cada uno de los representantes institucionales de la mesa de consenso y de que se sumen nuevos representantes, además de los ya existentes, para aumentar el grado de representatividad de la misma y operacionalizar el trabajo.
Respecto de la ley Provincial de ejercicio profesional se informó que se obtuvo la firma del gobernador de la provincia de Buenos Aires Daniel Scioli, lográndose la reglamentación de la misma. Se festejó dicho logro y se felicitó el trabajo realizado al respecto.
Con respecto a la inclusión en la ley 17.132 se manifestaron dos posturas opuestas.
Por un lado aquellos que plantearon que no sería beneficioso para nuestra disciplina ubicarnos como auxiliares de la medicina, y proponen, por el contrario, gestionar la inscripción en el registro nacional de prestadores, lo que permitiría a los musicoterapeutas trabajar en las obras sociales, entre otras cosas.
Por otro lado aquellos que plantearon que dicha inclusión no implicaría ubicarnos como auxiliares de la medicina sino como complementarios de la misma dentro de un trabajo interdisciplinario. Desde esta postura, la inclusión en la ley 17.132 sería un camino más corto, ya que es sencillo gestionarla y dicha ley rige en todo el país.
Se plantea que la lucha por la obtención de la Ley Nacional de Musicoterapia es independiente tanto de la inscripción al registro de prestadores como de la inclusión en la ley 17.132, pudiéndose gestionar en forma paralela. Se decide por unanimidad la necesidad de retomar esta lucha. No obstante, no se llega a un acuerdo en cuanto a las dos posturas anteriormente mencionadas.
Horacio Cárdenas y Mauricio Ruiz comentan que en una entrevista en el Ministerio de Salud de la Nación averiguaron que la inclusión en la ley 17.132 sería muy rápida y facilitaría el ingreso en PMO y en el Registro de prestadores. Se enteraron en ese momento de que algunos colegas anónimos, en forma individual, han comenzado a gestionar la inclusión en la ley 17.132 sin consultar. Se llama la atención sobre el tema y se discute al respecto.
Se propone la posibilidad de asesoramiento a través de abogados especialistas en el tema que puedan interiorizarnos sobre los beneficios y/o riesgos que la inclusión en la ley 17.132 pueda ocasionarnos.
Cecilia Isla presenta a una trabajadora social, Belén, dispuesta a colaborar desde su profesión, desde su experiencia y sus contactos, en el trabajo por la gestión de la ley nacional de Musicoterapia y aquello que se decida gestionar.
En cuanto a la ley Nacional de Musicoterapia Marcos Vidret comenta que desde ASAM se viene trabajando hace tiempo, y nos acerca un Anteproyecto de Ley de Ejercicio Profesional de la Musicoterapia en la Ciudad de Buenos Aires, que es difundida para continuar trabajando en forma conjunta.
Fernanda Rodriguez se compromete a intentar contactarse con Sara Daneri, jefa del servicio de Terapia Ocupacional del Hospital Borda, quien podrá brindar asesoramiento sobre el tema que nos compete, en base a su experiencia.
Alejandra Giacobone se ofrece a compartir con la comunidad musicoterapéutica un texto por ella redactado para inscribirnos en el registro de prestadores, en el caso de que se llegue a dicho acuerdo.
Se plantea la posibilidad de armar dos comisiones con representantes de las diferentes instituciones que puedan trabajar en forma paralela en los temas tales como la inclusión en el registro de prestadores o en la ley 17.132 y la gestión de la ley nacional de Musicoterapia.
No se llega a un acuerdo en cuanto a las comisiones de trabajo, quedando el tema pendiente para la próxima asamblea.
Se convoca a una nueva asamblea el día sábado 14 de abril de 2012, a las 10:30 hs., en la sede Hipólito Yrigoyen de la Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires, aula 5.
El objetivo de la próxima asamblea es continuar debatiendo los temas planteados, pero con el compromiso de cada uno, dentro de sus posibilidades, de recabar información que posibilite la interiorización en dichos temas.
Compartimos un link para que cada uno pueda leer en detalle lo que implica la ley 17.132:
http://estatico.buenosaires.gov.ar/areas/salud/regulacion/files/Leyes%20Nacionales/Ley%2017132.pdf
Consideramos un hecho histórico la alta participación de colegas musicoterapeutas y estudiantes en esta asamblea (más de 70 personas!), y creemos que este impulso es fundamental para lograr el grado de reconocimiento y legalidad que nuestra disciplina merece. Por eso es fundamental la participación de todos en la próxima asamblea.
Saludos a todos!
Lic. Julieta Colagreco
Graduados de Musicoterapia UBA
M.P. 162
Lic. Julieta Colagreco
Graduados de Musicoterapia UBA
Muchas gracias!!!
Saludos!Lic. Jorgelina ArandaMusicoterapeutaM.P. 162
Hola a tod@s.Algunas aclaraciones.1. La ley CABA es un anteproyecto no presentado aún a ninguna instancia legislativa.2. El texto es un material en elaboración. Lo fuimos elaborando en el grupo de consenso con representantes de AMDEBA, UBA, USAL, UAI y ASAM. No es por lo tanto un texto de ASAM sino de todos los que enuncié, elaborado en sucesivas reuniones y todavía abierto a las sugerencias como la de A Giaccobone que sirven sin dudas para enriquecerlo aún más.3. Un elemento fundamental a considerar en el texto es la inclusión o no de todos los graduados universitarios. Coincido con el aporte de Alejandra desde la perspectiva de incluirlos a todos, y diferenciarse de los NO graduados universitarios que SI alegan estar EJERCIENDO la Musicoterapia desde formaciones terciarias o de menor formalidad.Celebro la forma abierta y activa en la que estamos trabajando. Valoro el aporte de la UBA para realizar las reuniones en sus instalaciones, y de los graduados UBA como iniciadores de esta instancia de asamblea abierta.Frente a algunas imprecisiones involuntarias en la crónica de la última asamblea, sugiero designar un grupo pequeño (tres personas, por ejemplo) que reúna la información de la reunión a realizarse el 14-4 y redacte la crónica conjuntamente.Respecto de la sugerencia de postergación por un evento en FLENI, aunque mi disposición a cualquier fecha está abierta, creo que hay que sostener esta fecha sabiendo de lo prioritario y urgente que tiene para la comunidad la legalización profesional. Si postergamos una vez, vamos a dar lugar a que otras fechas de reunión se vean supeditadas a cambios, y así debilitar la fuerza de la comunidad exhibida el sábado pasado.Saludos a todos
Marcos Vidret
Marcos Vidret