FW: Glaciar y Periglacial

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Carlos Seara

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Jun 13, 2016, 4:37:03 PM6/13/16
to Lino Pizolón, Lino Pizzolon, Lorena Pesci, Lucas Viano, Lucía Chatelain, Luis Díaz, Luis Travagliante, Mallo Miram, Marcela Claudia Cabrera, marcelo ezquerro, Marcelo Giraud, Marcelo Madelón, MARCOS PASTRANA, María Eugenia Buchiniz, María Deimundo, Maria Mercedes Ruiz., María Rosa Herman, maría teresa giusiano, mariana katz, Mariana kikelj, Mariana Paolorossi, Mariana Ramos, Mariano Noé, mariela, Mariela Valdiviezo, Marina Martínez Meijide, Marisa Anselmi, maristel...@yahoo.com, marta fantin, Marta Maffei, marta olga, martinez...@arnet.com.ar, MERCEDES POZO, Miguel Angel Riverá, Miguel Bonasso, Miguel Grynblat, milagro...@hotmail.com, Miriam Genisans, mirta...@yahoo.com.ar, Monica Alejandra Amaya, Monica Heinzmann, mónica laso, Mónica Olivera, monica...@hotmail.com, Moreno Ricardo, MOVIDA AMBIENTAL, movimientoxlaco...@gmail.com, moyanos...@yahoo.com.ar, msfc...@hotmail.com, nelida...@gmail.com, Nemirovsky, nfra...@arnet.com.ar, No a la mina, nora donini, Norma Liliana Andolfi, nuestra agua




GLACIAR Y PERIGLACIAL

Desde la primera sanción de la Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares y del Ambiente Periglacial, aquella que vetara Cristina Kirchner con la complicidad del Clan Gioja y el beneplácito de la Barrick Gold con Peter Munk a la cabeza, hasta la actualidad, pasando por la sanción de la Ley Bonasso - Filmus, N° 26639 del 28-10-2010, una preocupación no resuelta es la determinación de cada uno de estos ambientes. Poder decir donde comienza uno, donde termina el otro cuales son las características propias e individuales para diferenciarlos y poder protegerlos con mejores argumentos, más allá de los mezquinos espacios, que sin justificación, le otorga el IANIGLA especialmente cuando se menciona al ambiente periglacial. Si estuviéramos frente a una institución internacional de investigación de glaciares, podríamos admitir la parcialidad pero es incomprensible que este organismo de la Nación, socio del Conicet en este inventario, sea capaz de concluir que solo se hará la revisión de un solo tipo de geoformas como son los glaciares de rocas dejando el resto del ambiente periglacial totalmente desprotegido y a merced de la voracidad de las empresas transnacionales.

Han transcurrido seis años desde el 2010 y nos seguimos debatiendo entre la falta de un presupuesto adecuado; la transferencia de responsabilidades en cuanto a la determinación de los ambientes como fue el caso de la cesión a la Universidad Nacional de Tucumán y al Instituto Miguel Lillo de Tucumán de la revisión de la zona glaciaria en el Nevado del Aconquija y en el área concesionada al futuro emprendimiento de “Agua Rica”; lo otro es que hasta el momento el IANIGLA mantiene una deuda con la ciudadanía y en especial con las comunidades enclavadas en los lugares apetecidos por las mega empresas, como es el inventario de aquellas zonas donde las empresas se habían instalado con antelación a la sanción de la Ley.

Frente a las indecisiones de los organismos técnicos que, a esta altura de las circunstancias, debemos pensar por un lado en incapacidad y por el otro en oscuros arreglos beneficiosos sólo para los explotadores, se concluye que lo actuado o no, ha pecado de un tremendo parcialismo donde se desconoció la voluntad popular. Habría que remitirse a lo más reciente en donde el Concejo Deliberante de la ciudad de Jáchal presionado por las fuerzas del orden enviadas por el gobernador Uñac y los patovicas al servicio de las mineras y de A.O.M.A., torcieron la voluntad de los representantes del pueblo, impidiendo el llamado del Concejo Deliberante a una consulta popular que expresara que toda la población lindera del río Jáchal se opone a la continuidad de la explotación de Veladero y cualquier otro emprendimiento minero que pretenda ponerse en marcha en los aledaños, incluyendo también los planificados para el Dpto. de Iglesia. Esta presión y el conjunto de amenazas que cayeron sobre los miembros de la institución oficial desnudaron el accionar de los que se oponen a que el pueblo se exprese con libertad absoluta tal como lo prescribe la ley y nuestra Constitución Nacional. Si a esto lo acompañamos con el proceder del Ministro de Medio Ambiente y sus colaboradores que primero dicen una cosa y después hacen otra, concluimos que las expresiones pacíficas y las gestiones legales de la población no sirven frente a estos grupos de nuevos piratas del siglo XXI.

La situación obliga a encontrar nuevos elementos, otros argumentos indiscutibles que desde lo ambiental tengan el peso suficiente y la contundencia necesaria para obligar al cumplimiento de la ley. Hasta ahora lo dicho y escrito no ha tenido la eficacia esperada, las actividades en Pascua Lama, Veladero, Pelambres, Pachón, etc. así lo demuestran; los relevamientos de los organismos técnicos, por diversos motivos, no han definido con precisión los ambientes como lo prescribe la ley y lo reafirma el espíritu de la misma remitiéndose solo a inventariar geoformas aisladas que en modo alguno representan la totalidad del bien que la ley ordena preservar. Esta es una comodidad y conveniencia del IANIGLA pero no es lo ordenado, ni preceptuado, ni trasluce el espíritu que inspiró la sanción de la ley. Hay que remitirse a su nombre: “Ley de presupuestos mínimos para la protección del ambiente glaciar y periglacial”. Menos que lo plasmado y ordenado no se puede proteger y la ley manda proteger todo el ambiente glaciar y periglacial, no exclusivamente alguna de sus geoformas  como pretende el IANIGLA y los institutos convocados por éste para la ejecución del inventario.

En la Cordillera la superficie del ambiente glaciar cubre aproximadamente un 1 % mientras que el área periglacial abarca más o menos un 15 % del total cordillerano. A estos porcentajes, deliberadamente, en las evaluaciones de impacto ambiental se los ha disminuido, sin que los organismos de control hayan objetado ese aspecto o hayan advertido de qué modo obligar a lo demandado por ley. El argumento que el ambiente periglacial se extiende entre las isotermas anuales de – 10° y los – 1° como lo expresa en la E.I.A. sobre el yacimiento “Chita”, por ejemplo, en el dpto. de Iglesia, pcia. de San Juan, el  Geólogo Armando J. Sanchez, autor de la misma y que es moneda común en todas las E.I.A., es el fundamento básico para la reducción de la superficie. Con estas condiciones climáticas no se alcanza a salir del ambiente glaciar porque durante el año calendario, todo permanece congelado, el sistema periglacial tiene como exigencia el descongelamiento anual de parte del permafrost y aquí esto no ocurre. Para estar dentro de este sistema la isoterma anual de su límite inferior debe encontrarse por encima del 0°, más precisamente entre las isotermas anuales de 2° y 3°. En estas superficies sí se aprecian fluctuaciones entre congelamientos y descongelamientos anuales, y se podrán observar, desde esta perspectiva, todas las características del ambiente: el crioclasticismo y el resto de las geoformas al margen de las mencionadas como glaciares de rocas y excluídas de manera incomprensible y caprichosa por el IANIGLA.

Permitirle a las empresas establecer un límite inferior en el ambiente periglacial en la isoterma anual de – 1° es dejar al libre arbitrio de las megamineras toda una extensa superficie de cordillera y macizos serranos, tal como ha sido siempre el propósito de los explotadores quienes saben perfectamente la enorme riqueza que guardan esos espacios. En una primera etapa se le debe exigir al IANIGLA el estricto cumplimiento de la ley, a ésta se la respeta efectuando un inventario en serio del ambiente a resguardar, no es suficiente con la mera identificación de los glaciares de rocas y su protección, que se desconoce, si aún así, se cumple. Otra de las etapas prioritarias es la finalización de los inventarios de las zonas ocupadas por las megaempresas que se establecieron con anterioridad a la sanción y vigencia de la ley y que sorprendentemente aún no han sido concluidas y para las cuales existía un plazo máximo de seis meses.

Si tal como se presume, para el actual gobierno nacional la Minería será una cuestión de Estado, lo menos que la población debe exigir es el cumplimiento de las leyes tanto la de presupuestos mínimos para la protección de glaciares y del ambiente periglacial, como la del Ambiente, y como todo aquello preceptuado por la Carta Magna, es decir nuestra Constitución Nacional.

Si el Gobierno Nacional y los provinciales aliados entienden a la minería como una política de Estado y pretenden que sea sustentable como sostienen, aunque ello es totalmente improbable, antes que nada deben hacer cumplir las leyes vigentes, excluyendo efectivamente los sectores protegidos y estableciendo controles y fiscalizaciones permanentes sobre los desarrollos extractivos para evitar avances y contaminaciones diversas como lo ocurrido con Veladero y su zona de influencia.

Es imperioso proteger el ambiente glaciar y periglacial, para lograr este objetivo se deberá definir, en el terreno, la posición de la isoterma anual de 3°, ella por si sola, marca el comienzo del ambiente periglacial.

Geólogo, Dr. Carlos A. Seara – Ex experto de Naciones Unidas en Hidrogeología.

 

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