Las vallas del monte fueron colocadas gracias a la licencia otorgada por el Ayuntamiento de Pozuelo por lo que se conoce como silencio administrativo. Es decir, el propietario de los terrenos solicitó que el Ayuntamiento le autorizase a colocar el vallado y al no contestar este dentro del plazo estipulado, se considera otorgada la autorización, sin que técnico alguno del Ayuntamiento haya comprobado las características del vallado colocado. Sin embargo, el Ayuntamiento no ha obrado correctamente por las siguientes razones:
- La ley le obliga a resolver sobre la petición de colocación del vallado. El Ayuntamiento está obligado a pronunciarse, aunque haya pasado el plazo legal. Al no hacerlo, incumple una obligación legal.
Ley 30/1992 (art.89.4):
En ningún caso podrá la Administración abstenerse de resolver so
pretexto de silencio, oscuridad o insuficiencia de los preceptos legales
aplicables al caso, aunque podrá resolver la inadmisión de las
solicitudes de reconocimiento de derechos no previstos en el
Ordenamiento Jurídico o manifiestamente carentes de fundamento, sin
perjuicio del derecho de petición previsto por e
l
artículo 29 de la Constitución.- Al no pronunciarse, permite que el propietario coloque el vallado. Pero eso no impide que pueda imponer condiciones con posterioridad (la jurisprudencia es clara al respecto) para que el propietario de los terrenos cumpla con la legalidad (por ejemplo, haciendo que el vallado tenga las dimensiones y las características que permitan a la fauna cruzarlo).
Por tanto, el Ayuntamiento está obligado a pronunciarse sobre la petición de autorización del vallado, a que sus técnicos revisen las características del vallado e imponer, en la resolución que finalmente emitan, las condiciones que los técnicos consideren necesarias para que el vallado se ajuste a las normas de protección de la naturaleza que resulten aplicables.
En caso de no hacerlo, estaría incumplimiendo una obligación legal y procedería analizar si deben depurarse responsabilidades dentro del Ayuntamiento entre sus cargos o personal funcionario.