Premio para la Asociación Monte Pozuelo

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Rodrigo D. de Vivar

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Apr 18, 2011, 10:24:25 AM4/18/11
to Montepozuelo
Según la ley de patrimonio de las Administraciones Públicas (artículo
48) creo que la Asociación Monte Pozuelo debería reclamar el premio al
que se refiere el artículo por ayudar a la Administración a recuperar
terrenos de titularidad públca. Copio el artículo.

"Artículo 48. Premio por denuncia.

A las personas que, sin venir obligadas a ello por razón de su cargo o
funciones, promuevan la investigación, denunciando la existencia de
bienes y derechos que presumiblemente sean de titularidad pública, se
les abonará como premio e indemnización de todos los gastos el 10 %
del importe por el que hayan sido tasados en la forma prevista en esta
Ley.

La resolución del expediente decidirá lo que proceda respecto al
derecho y abono de los premios correspondientes.

El derecho al premio, en su caso, se devengará una vez que el bien o
derecho se haya incorporado al Patrimonio del Estado."

Creo que una vez sean recuperados los terrenos, es momento de que la
asociación solicite ese premio y lo reinvierta en seguir desarrollando
su actividad de defensa del Monte de Pozuelo.



Jan

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Apr 19, 2011, 7:54:57 AM4/19/11
to montep...@googlegroups.com, Montepozuelo
Me parece muy interesante y seria especialmente necesario si procedemos con un juicio.

Sabes donde hay que solicitarlo?

Saludos,
Jan

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Rodrigo D. de Vivar

unread,
May 30, 2011, 6:26:16 AM5/30/11
to Montepozuelo
Simplemente dirigir un escrito al Ayuntamiento pidiendo el premio en
concepto de la denuncia realizada y que derivó en la recuperación de
los caminos.

Por lo que he visto en el reglamento, es difícil que os la concedan,
pero por pedir no se pierde nada. El no ya lo teneis.

On 19 abr, 13:54, Jan <janhinri...@montepozuelo.com> wrote:
> Me parece muy interesante y seria especialmente necesario si procedemos con un juicio.
>
> Sabes donde hay que solicitarlo?
>
> Saludos,
> Jan
>
> Sent from my iPhone
>
> On Apr 18, 2011, at 16:24, "Rodrigo D. de Vivar" <greenma...@gmail.com> wrote:
>
>
>
> > Según la ley de patrimonio de las Administraciones Públicas (artículo
> > 48) creo que la Asociación Monte Pozuelo debería reclamar el premio al
> > que se refiere el artículo por ayudar a la Administración a recuperar
> > terrenos de titularidad públca. Copio el artículo.
>
> > "Artículo 48. Premio por denuncia.
>
> > A las personas que, sin venir obligadas a ello por razón de su cargo o
> > funciones, promuevan la investigación, denunciando la existencia de
> > bienes y derechos que presumiblemente sean de titularidad pública, se
> > les abonará como premio e indemnización de todos los gastos el 10 %
> > del importe por el que hayan sido tasados en la forma prevista en esta
> > Ley.
>
> > La resolución del expediente decidirá lo que proceda respecto al
> > derecho y abono de los premios correspondientes.
>
> > El derecho al premio, en su caso, se devengará una vez que el bien o
> > derecho se haya incorporado al Patrimonio del Estado."
>
> > Creo que una vez sean recuperados los terrenos, es momento de que la
> > asociación solicite ese premio y lo reinvierta en seguir desarrollando
> > su actividad de defensa del Monte de Pozuelo.- Ocultar texto de la cita -
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