Estimados Vecinos,
Debido a una situación vivida este mes en la comunidad y a la casualidad de que el Mayordomo hizo llegar todos los correos electrónicos, les presento mi caso para que puedan hacerse su opinión.
Más abajo explicaré mi punto de vista sobre los hechos ya que el Comité de Administración de la Comunidad me ha multado, en lo que yo considero excesivamente, en 10 UF ($245.400 app.) por una situación en la que me sentí fuertemente agredido y espero que nos podamos organizar para que no se vuelva a repetir con ninguno de ustedes.
Ahora viene la parte latera que espero puedan leer.
El día viernes 14 de noviembre de
2014 con motivo de la celebración de cumpleaños número 5 de mi hija mayor y
número 2 de la menor, solicité el uso de la Sala Multiuso del Edificio y además
contraté los servicios de un juego inflable, basandome a que con anterioridad había visto estos juegos en el Condominio.
Faltando
menos de una hora para que comenzara la fiesta de cumpleaños llega el juego
inflable y en ese momento en la recepción del edificio me informan que los
Juegos Inflables están prohibidos en el Reglamento de Copropiedad, le señalo
que lo desconocía con anterioridad al arribo del juego al condominio, le
pregunto a que me expongo y me dice que una multa, en ese momento le digo que
bueno tendré que asumir el tema de la multa, pero que ya había contratado el
juego, es más había llegado al edificio y lo peor es que mis hijas se había
ilusionado que para su cumpleaños iba a tener un juego inflable.
Lamentablemente, el tema no queda ahí, sino que menos de 10 minutos antes
del evento llega, tengo entendido, el Administrador del Edificio Sr Alfonso
Cossio Hughes, quién me informa que tengo que retirar el juego inflable, le
explico que desconocía la prohibición establecida en el Reglamento de
Copropiedad, y que se me había informado que el tema podía acarrear una multa y
que atendida la hora y que se iniciaba el cumpleaños estaba dispuesto a cumplir
con el pago de la multa. Pero acá viene lo peor, el Administrador se ofusca y
me dice que él está para hacer cumplir el Reglamento y que él va a proceder a
retirar el juego inflable, le señalo que para eso está la multa por el
incumplimiento del Reglamento pero que él no puede retirar el juego inflable,
no escucho razones y comenzó a tironearme, lo cual fue visto por varios
de ustedes y algunos se han acercado para decirme que esas no son
maneras. Bueno, yo me subí al inflable y le señale que el NO tenía la autoridad
para retirar el juego inflable y que si quería llamara a Carabineros, pero él
seguía enceguecidoAl llamar a los Carabineros el
Administrador no los dejo ingresar y yo tuve que conversar con ellos fuera del
Edificio. Finalmente el Sr. Administrador se retiró del lugar sin antes
amenazarme que me iba a expulsar del edificio y me aplicaría la multa más alta
que estipulaba el Reglamento.
Quiero expresar mi más profundo repudio a la conducta asumida por el
Administrador, pues él ni nadie puede erigirse en autoridad judicial y disponer
por mano propia el cumplimiento de la normativa, en este caso el Reglamento de
Copropiedad, por lo que solicito llamemos su atención y le indiquen que hechos
como estos no pueden volver a ocurrir en el futuro por el bien de la Comunidad
de Copropietarios del Edificio Mirador del Pacífico. En lo personal me preocupa que su actuar sea abalado por el actual Comité de Administración.
Por último, entiendo que el llamado a aplicar la multa es el
Comité de Administración y no el Administrador, es más estoy dispuesto a
concurrir a una reunión si el Comité así lo estima, para que se tengan a
bien las razones expuestas y si deciden aplicar una multa esta sea acorde a los
hechos descritos, en ningún caso se perturbó el orden público y mucho menos,
era un simple juego inflable que entiendo están prohibidos para cuidar los
jardines, quién se salió de todo parámetro razonable de conducta fue el Sr.
Administrador, quién agravó la situación e incluso pretendió hacer cumplir el
Reglamento por la fuerza, cuestión totalmente ajena al estado de derecho.
Depende de todos nosotros que esto no se vuelva a repetir, que exista una manera organizada y civilizada de resolver los comflictos. Por ejemplo, si la Administración observa que especialmente en los días de primavera y verano los Copropietarios solicitan la Sala Multiuso para cumpleaños de niños y arriendan juegos inflables, una medida poco civilizada sería sacar los juegos a la fuerza y prohibir el acceso a la Sala Multiuso sin el consentimiento del Administrador (Instrucción del Sr. Cossio al Mayordomo ese mismo viernes 14 de noviembre). En lugar de eso, propongo algo tan simple como informar adecuadamente, y así refrescar la memoria, a cada copropietario u usuario de las instlaciones de leer y entender las reglas que se deben cumplir, así nos damos cuenta antes de lo que se puede y lo que no s epuede hacer. Pudiendo buscar una explicación con tiempo. De esta misma manera opera la piscina, con su letrero recordandonos independiente de la cantidad de veces que vayamos a esta, los compromisos que tomamos al hacer uso de un recinto compartido.
Espero puedan hacer llegar sus comentarios al Comité, o bien a la asamblea que elige dicho comité, ya que los usuarios finales somos nosotros e independiente de la diversidad que podamos tener, la buena convivencia debe prevalecer.
Lamento haber hecho vista gorda del reglamento cuando me encontré con el cumpleaños de mis hijas en plena celebración, pero nunca consideré que fuese un daño mayor a la convivecia del condominio. Sin embargo, considero que el actuar de Alfonso no se puede volver a repetir.
Gracias por su tiempo, reflexión y actuar en favor de mejorar la calidad de vida de todos nosotros.
José Luis Valenzuela A.
Departamento 903.