Hola amigos, aquí les paso este link de la PRODECON donde podrán leer los plazos (último día de febrero personas físicas y 10 de marzo para morales) para presentar el aviso de ejercer la opción de utilizar Mis cuentas y determinar el ISR conforme a flujo de efectivo.
En lo personal no he probado la opción para personas morales, solo puedo decirles que suena interesante. Ya que ambos, personas morales y físicas, ejerciendo estas opciones no estarán obligados a enviar la contabilidad electrónica.
Investigando más en el tema resultó que el 1° de febrero hicieron público un nuevo esquema de pago para personas morales que se llama Mi contabilidad, y que cambió de hecho la idea original que era el pago por flujo de efectivo. El nuevo esquema es equivalente al conocido Mis cuentas del régimen de incorporación y pretende simplificar la carga administrativas para los pequeños negocios constituidos como persona moral. En la página del SAT podrán ver toda la información bajo el título de Mi contabilidad.
Me queda la duda de qué hacer si quiero ejercer la opción antes del 10 de marzo pero ya pagué los impuestos de enero en la manera tradicional!
Saludos, que estén bien,
Salvador
Videos:
Encontré este video que habla del tema y de cómo les cambiaron la jugada a los que presentaron el aviso de flujo de efectivo antes del 31 de enero:
Y también el video oficial del lanzamiento de este nuevo esquema: