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La UMA no se debe usar para limitar exenciones y deducciones relacionadas con el ingreso de las personas

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MINIFISCAL COM

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Apr 5, 2017, 12:14:46 PM4/5/17
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Hola buenos días, aquí expongo una denuncia contra los criterios del SAT para perjudicar a las personas que como particulares presentan su declaración anual.

El salario mínimo dejó de ser una referencia, para establecer multas sobre todo, con una reforma constitucional del año pasado que entró en vigor este año. En vez del salario mínimo crearon la UMA, así ésta inicia con el mismo valor del SM y subirá según la inflación oficial (calculada quién sabe cómo, porque es pura fantasía), y con ello el salario mínimo queda desvinculado para tasar cobros. El aspecto más oscuro del salario mínimo como referencia son los créditos de infonavit expresados en VSM, en los que las personas llevan muchos años pagando su casa pero cada día deben más dinero. Por lo que esta reforma en ese sentido debía ser buena, aunque llegó muy tarde.

Ah, pero enseguida aprovechan para usarla en contra de las personas, ahora usando esa reforma para expresar las exenciones y los límites a las deducciones personales en UMAs en vez de salarios mínimos. Ello cuando la reforma constitucional claramente expone que la UMA se usará en vez del salario mínimo solo cuando la referencia sea "para fines ajenos a su naturaleza". Y claramente en las exenciones, cuyo fin original fue el de no gravar el salario mínimo, tomar éste como medida es algo intrínseco a su naturaleza. Igual pasa con las deducciones personales, cuyo límite está expresado en veces el salario mínimo, porque es una medida del ingreso de las personas, como lo es el otro tope del 10% de los ingresos totales.

La primera consecuencia de aplicar este tonto y arbitrario criterio de calcular las exenciones con UMAs, es que de hecho estarán gravando el salario mínimo... ya que una parte del exento del aguinaldo y de la prima vacacional (y del tiempo extra, etc.) de las personas que reciben esa miseria como salario, quedará gravada por el ISR.

Y en cuanto a las deducciones personales, si el límite de la deducción lo establecen en UMAs, entonces mi ingreso anual también debería convertirlo a UMAs. Si ganara 5 salarios mínimos al año, multiplicaría esos 5 por el valor anual de la UMA, y eso declarararía como ingreso: así sí tendría sentido limitar las deducciones con UMAs. Y otra cosa es que nunca debieron limitarlas, ya que están ahí por algo, y esa limitación es una prueba más de que los individuos encargados de expedir las leyes simplemente las aprueban por compromisos políticos, y ni siquiera se toman la molestia de leerlas, analizarlas, prever sus consecuencias y mucho menos ver por el bien común.

Porque, y éste es otro tema. el impuesto sobre la renta de los particulares es ridículamente alto. Son los trabajadores, empleados, jubilados y contribuyentes cautivos los que están pagando una cantidad absurdamente alta de impuestos, debido a que mediante trucos legales las tarifas no se actualizan desde el año 2004. Estamos usando las mismas tarifas desde 2005, con una inflación oficial acumulada desde entonces del 60%. Porque se limitó primero la actualización (originalmente trimestral, luego semestral), hasta que el efecto fuera superior al 10%. Nunca ha vuelto a suceder desde 2004. El truco final para no aplicar esa actualización.- desde entonces se han promulgado dos nuevas leyes del ISR (!), dejando en ellas las viejas tarifas sin actualizar.

Anexo un artículo que me pareció bueno sobre la UMA.

También una denuncia sobre las tarifas obsoletas que encontré buscando las fechas de los cambios.


Y la descarada publicación del SAT por la que tuve que escribir esta denuncia:


Salvador


uma-o-salario-minimo-buen-articulo-consulta-fiscal.doc
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