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BUENOS DIAS, QUERIDOS COMPAÑEROS Y COLEGAS.
ESTA MAÑANA GRAN ALEGRIA ENCONTRE EN EL NOTICIERO OFICIAL EL PROYECTO DE LEY QUE REGLAMENTA NUESTRA PROFESION. ESTE ES EL FRUTO DEL ESFUERZO DE UN SIN NUMERO DE PERSONAS QUE DURANTE MUCHO TIEMPO HAN CONTRIBUIDO PARA QUE ESTA META SE HAGA REALIDAD. FELICITACIONES A TODAS ELLAS.
Y AUNQUE FALTA SU APROBACION Y EL TRAMITE EN EL CONGRESO, SÉ QUE MUY PRONTO SERA REALIDAD.
DE NUEVO GRACIAS.
GLORIA ENCISO BOHORQUEZ
Microbiologa Industrial-Mg Admon
Miembro Fundador MIKROJAV
Bogotá D.C.25/02/2009 ISSN 1692-4037
Noticiero Oficial Edición No 1811
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SENADO
PROYECTO DE LEY No. 180 DE 2008
SE REGLAMENTA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE MICROBIOLOGÍA
Es una carrera de formación universitaria del área de las ciencias básicas y aplicadas, con formación científica e investigativa, enmarcada dentro de una disciplina teórico-práctica, cuyo ejercicio en el país queda autorizado y amparado por medio de la presente ley. Es profesional de la Microbiología toda persona que exhibe diploma universitario expedido por institución competente, reconocida por el Ministerio de Educación (Ley 30 de 1992).
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SENADO
PROYECTO DE LEY No. 180 DE 2008
SE REGLAMENTA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE MICROBIOLOGÍA
Es una carrera de formación universitaria del área de las ciencias básicas y aplicadas, con formación científica e investigativa, enmarcada dentro de una disciplina teórico-práctica, cuyo ejercicio en el país queda autorizado y amparado por medio de la presente ley. Es profesional de la Microbiología toda persona que exhibe diploma universitario expedido por institución competente, reconocida por el Ministerio de Educación (Ley 30 de 1992).
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