TERCERA PARTICIPACION

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JAME

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Oct 8, 2010, 4:13:46 PM10/8/10
to MGL_UNA
HOLA COMPAÑEROS: COMO DIJO OMER "QUIEN SUFRE LES SALUDA"

COINCIDO CON MUCHOS DE USTEDES COMO CECILIO QUIEN TIENE UNA PROFUNDA
PREOCUPACIÓN CON LA PROTECCIÓN APROPIADA QUE SE LES DEBE DAR A LOS
ADULTOS MAYORES. ME PARECE MUY CIERTO LO QUE DIJO DOÑA KATHERINE
RESPECTO QUE REPRESENTAN UN GRAN EJEMPLO POR EL ESPÍRITU QUE TIENEN.
LO PREOCUPANTE DEL CASO ES QUE LA SITUACION HA LLEGADO A UN EXTREMO EN
QUE LOS DOS SE SIENTE DEPREIMIDOS Y ANGUSTIADOS, POR LO CUAL SU
ATENCIÓN SE CONVIERTE EN UN CASO DE URGENCIA. COBIJADOS POR LA LEY
DEL ADULTO MAYOR SE LES DEBEN RESPETAR SUS DERECHOS ASI COMO A LOS
NIÑOS Y SE LES DEBE GARANTIZAR SU TRANQUILIDAD. ASÍ QUE, SE DEBE
DENUNCIAR, PARA QUE EN CASO QUE FRANCISCA NO CAMBIE YA SEA POR
VOLUNTAD O UN POSIBLE TRATAMIENTO, SE RESTRINJA SU CERCANÍA A ELLOS,
HASTA QUE LA SITUACIÓN VARÍE..

Beatriz Montenegro Salazar

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Oct 8, 2010, 5:50:20 PM10/8/10
to MGL_UNA
Hola, a todos y a todas, espero se encuentren muy bien!

Estuve leyendo las participaciones y aporte de ustedes y, realmente,
están muy interesantes, son de mucho provecho.

En esta participación quiero retomar algunos puntos importantes que me
llamaron la atención y de los cuales determino son de mucha
importancia a la hora de enfrentar el caso de Francisca y el actuar de
la Director(a).
Primero comparto el aporte de Luis AAA , sobre el compromiso que
tenemos todos de Denunciar actos que infrinjan la LEY, máxime los
funcionarios públicos como lo establece el Código de la niñez y la
Adolescencia en sus artículos: 49, 66 y 134. Y es que no es solamente
porque la LEY obliga a denunciar, sino más bien tiene que ser un
compromiso ético y moral de todos los seres humanos.

Respecto al Proceso que debe seguir la Directora, en el material
facilitado por la profesora y revisando algunos artículos de Estatuto
de Servicio Civil y el Reglamento de Carrera Docente, dice al
Respecto:

El actuar de Francisca esta normado como una falta grave: Según el
artículo 11, del Reglamento de Carrera Docente que habla sobre las
faltas GRAVES (que involucran a la institución por la agresión contra
su familia ya es otro delito, que se está presentando fuera de la
institución).

Según el debido Proceso, al Director(a) le corresponde iniciar un
proceso (que implica: investigación, atención, seguimiento,
referencias a especialista, análisis de los acciones; todas esta
acciones bien documentadas) con esta funcionaria que determine si
AMERITA referirlo al Director del Departamento de personal de M.E.P,
que es la instancia pertinente a la que debe acudir el Director o
Directora de la Institución.
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