Segunda participación

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Alberto Rojas

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Oct 6, 2010, 6:05:34 PM10/6/10
to MGL_UNA
Beatriz además podría agregar que en el Estatuto del Servicio Civil
se
establece en el artículo 58. a a loa educadores se le sprohibe
ejercer, promover o propiciar actividades contrarias al orden público
o o al régimen democrático constitucional, esto significa que la
profesora Francisca está transgrediendo el orden normal de la
Institución donde labora y Mariela puede inciarle un proceso por
DIFAMACIÓN SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTICULO 146 DEL CODIGO PENAL
A nivel familiar la directora no puede intervenir directamente, pero
si puede deninciar agresión fisica o verbal contra los niños, de ahí
que la familia sea la base de la sociedad ypor lo que el estado,
según la Cosntitución politica le dará protección especial a los
niños, la madre, el anciano y enfermo desvalido, cosa que no ocuirre
con la actitud de Francisca.


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