--- El mié, 5/22/13, Martha Luc a Rueda Sastre <martha...@yahoo.es> escribió:
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<Balance de Orientadores 14052013.xlsx>
Existen dos caminos1. Defender la propuesta de 1 orientador por cada 500 estudiantes, poco viable ya que la administración bajo el parámetro nacional de 1000 a 650.2. Valorar las vacantes ofrecidas antes de que sean sacadas a concurso y solicitar la priorizacion por elección, por ubicación en el concurso o por cercanía a residencia, planteadas en la política humana de la administración.Saludos
Enviado desde mi iPad
<Balance de Orientadores 14052013.xlsx>
<Balance de Orientadores 14052013.xlsx>
Compañeros y compañeras:
Tengan todos muy buenos dias! Ante la polémica generada por el parámetro de estudiantes por orientador, tengo una posición perdonal clara: si queremos defender o argumentar un parámetro diferente al expresado por la secretaria de educación distrital, es nuestra labor primero definir los alcances de las funciones del docente orientador en las instituciones educativas (absurdo estar leyendo como siguen habiendo compañeros y compañeras que siguen repartiendo refrigerios, cumpliendo turnos de disciplina o manejando rutas escolares), con unas funciones claras y definidas, y sobre todo, imbuidas en una ley o decreto que específicamente regule nuestra labor y nuestro cargo en las instituciones educativas (y no seguir buceando entre todos los decretos, leyes y resoluciones de la labor docente lo referente a orientación escolar), es posible entrar a dirimir si deben ser 250, 400, 500, 650 o 1000 los estudiantes atendidos por orientador y si esta labor amerita sobresueldo (como directivo docente) o si por el contrario, seguimos atenidos a la actual situación salarial.
De otra forma, seguiremos observando como cada administración distrital hace lo que bien le parezca con los orientadores escolares.
En resumen, no podemos seguir en luchas "por pedacitos", hay que apuntar a una ley o decreto que especificamente reglamente nuestra labor en las instituciones educativas oficiales.
Mauricio Nájera
Orientador Escolar
I.E.D. San Carlos J.T.
Localidad Sexta
Compañeros y compañeras:
Tengan todos muy buenos dias! Ante la polémica generada por el parámetro de estudiantes por orientador, tengo una posición perdonal clara: si queremos defender o argumentar un parámetro diferente al expresado por la secretaria de educación distrital, es nuestra labor primero definir los alcances de las funciones del docente orientador en las instituciones educativas (absurdo estar leyendo como siguen habiendo compañeros y compañeras que siguen repartiendo refrigerios, cumpliendo turnos de disciplina o manejando rutas escolares), con unas funciones claras y definidas, y sobre todo, imbuidas en una ley o decreto que específicamente regule nuestra labor y nuestro cargo en las instituciones educativas (y no seguir buceando entre todos los decretos, leyes y resoluciones de la labor docente lo referente a orientación escolar), es posible entrar a dirimir si deben ser 250, 400, 500, 650 o 1000 los estudiantes atendidos por orientador y si esta labor amerita sobresueldo (como directivo docente) o si por el contrario, seguimos atenidos a la actual situación salarial.
De otra forma, seguiremos observando como cada administración distrital hace lo que bien le parezca con los orientadores escolares.
En resumen, no podemos seguir en luchas "por pedacitos", hay que apuntar a una ley o decreto que especificamente reglamente nuestra labor en las instituciones educativas oficiales.
Mauricio Nájera
Orientador Escolar
I.E.D. San Carlos J.T.
Localidad Sexta