Casados y Velados
Suele suceder que, leyendo algun microfilm de matrimonios de los años 1700 - 1800, encontremos la expresion "casados y velados" y "publicaciones matrimoniales".
Una búsqueda en la web me permitió encontrar estos
conceptos: Una vez que se advertía la conveniencia de la celebración
de la boda las familias de los novios se reunían para dar su visto
bueno, acordar la fecha y planear el futuro inmediato de los recién
casados, donde se celebraría la boda, donde viviría el futuro
matrimonio y que cosas aportaría cada uno a su nueva vida en común. ...
El siguiente paso era hablar con el Párroco y pasar un mes "publicados". En la puerta de la Iglesia se comunicaba el próximo enlace por si hubiera alguien que tuviera algo que decir al respecto.
Ver ejemplo de Publicaciones matrimoniales en Italia
En tiempo de nuestros abuelos era bastante común mantener
noviazgos de entorno a un año e incluso menos. Las bodas se celebraban
normalmente en sábado y constaban de un doble ceremonial consistente en
el tradicional acto de desposo, por un lado, y del "velado", por
otro.
La iglesia exigía la presencia de un sacerdote y dos testigos, y
separaba temporalmente las celebraciones de la boda y de la velación ,
según la terminología de la época, y que hacen referencia a la
celebración matrimonial in facie ecclesiae ( "en la forma de la
iglesia"), y a la recepción de las bendiciones nupciales.
En el
acto de velado se utilizaba una vela y
un yugo, intervenían los padrinos que se colocaban a ambos lados de
los novios. Todos sujetaban velas en sus manos, los novios eran
cubiertos con mantos, la mujer totalmente y el hombre dejando la cabeza
al descubierto, lo cual representaba que era libre. Sobre los novios
se tendía también un cordel representativo del yugo. En ocasiones, el
acto de velado no se efectuaba el mismo día de la boda, si esto
ocurría se solía decir que solo estaban "medio casados" y procuraban
ser velados en otra ceremonia junto a otra pareja. Lo de "velados"
deriva del hecho de que se les cubría con el velo durante el rito.
Una vez casados y velados se consiente en la consumación del
matrimonio y el compartir mesa, casa y cama; pero cuando falta la
velación se deja la puerta abierta a la posibilidad de un divorcio
extraño, puesto que el matrimonio no se ha consumado, y como no lo ha
unido Dios, sí lo puede separar el hombre.
Todavía a lo largo del siglo XVIII la Iglesia insiste en los
peligros que encierra el que los novios traten en público, se vean en
lugares apartados, entren en sus respectivas casas, e incluso que puedan
verse mientras duran los moniciones públicas. Se reitera el control
sobre los no velados, considerando la ceremonia de la velación como la
que termina la recepción del sacramento, y la que faculta para la
cohabitación de los esposos. (Archivo Diocesano de Cáceres, Libro de
Visitas, Riolobos, año 1736, leg. 15, fols. 289-304.