Alexander:
En México este tipo de situaciones se presta a muchas interpretaciones, muchas de ellas que conllevan corrupción, pero la NOM-022-STPS-2008 es muy clara cuando al patrón (empresa) le da la orden de realizar mediciones anulaes siempre y cuando cumpla con los requerimientos de equipo adecuado y método de medición. También da la opción de que lo haga una unidad verificadora o un laboratorio; la diferencia entre que lo haga el patrón o lo haga una empresa verificadora o laboratorio es el tiempo de validez de la medición.
Me tomé la libertad de marcar en el documento que enviaste lo que interpreto:
5. Obligaciones del patrón
…
5.7 Medir y registrar los valores de resistencia de la red de puesta a tierra, de conformidad con el método establecido en el Capítulo 9, y de la continuidad en los puntos de conexión a tierra en el equipo que pueda generar o almacenar electricidad estática, al menos cada doce meses, o cuando en el inmueble se realicen modificaciones que afecten las condiciones de operación del sistema de puesta a tierra o del sistema de pararrayos. Los valores de los registros deben cumplir con lo siguiente:
a) Estar comprendidos entre 0 y 25 ohms, para la resistencia en sistemas de pararrayos;
b) Tener un valor no mayor a 10 ohms, para la resistencia de la red de puesta a tierra, y
c) Que exista continuidad eléctrica en los puntos de conexión a tierra del equipo que pueda generar o almacenar electricidad estática. En la guía de referencia I, se indican de manera ilustrativa los puntos a inspeccionar y la forma de evaluar la continuidad eléctrica de las conexiones.
9.3 Registro de las mediciones.
9.3.1 Debe contener, como mínimo, lo siguiente:
a) Datos del centro de trabajo:
1) Nombre o razón social del centro de trabajo;
2) Domicilio del centro de trabajo;
3) Fecha de realización de la medición, y
4) Nombre y firma de la persona que realizó la medición.
b) Datos de los instrumentos de medición:
1) Nombre genérico del instrumento utilizado;
2) Características del equipo de medición utilizado (modelo, número de serie, etc.), y
3) Fecha de emisión del certificado de calibración del instrumento utilizado.
c) Valores de las mediciones:
1) Valores de resistencia de la red de puesta a tierra, y
2) Valores de continuidad eléctrica de los puntos de conexión del sistema.
d) Características del pararrayos o sistema de pararrayos utilizado, con al menos lo siguiente:
1) Altura del pararrayos;
2) Ubicación, y
3) Angulo de protección.
10. Unidades de verificación y laboratorios de prueba
10.1. El patrón tendrá la opción de contratar una unidad de verificación o un laboratorio de pruebas, acreditado y aprobado, en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, para verificar el grado de cumplimiento con la presente Norma.
10.3. La vigencia del dictamen de verificación y del informe de resultados cuando éstos sean favorables, será de dos años, siempre y cuando no sean modificadas las condiciones que sirvieron para su emisión
11.1.2 La evaluación de la conformidad con la presente Norma podrá ser realizada, a petición de parte interesada, por las unidades de verificación y laboratorios de pruebas acreditados por la entidad de acreditación y aprobados por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Saludos desde México¡¡¡
Ing. José Luis Falcón
DIPSA Constructora
Coordinación de Instalaciones
Area de Ingeniería
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LISTA ELECTRICA SALVADOR MARTINEZ
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