ESTIMADO ROLANDO, EN RESPUESTA A TU PREGUNTA, ES “SI SE PUEDE”, Y AQUÍ VA EL FUNDAMENTO DEL NEC 2011 (NOM-001-SEDE-2012 EN MEXICO):
Art. 100 Definiciones
Interruptor de circuito por falla a tierra: Dispositivo diseñado para la protección de personas, que funciona para desenergizar un circuito o parte del mismo, dentro de un periodo determinado, cuando una corriente a tierra excede un valor Predeterminado, menor que al necesario para accionar el dispositivo de protección contra sobrecorriente del circuito de alimentación.
Art. 210 Circuitos Derivados
210-8. Protección de las personas mediante interruptores de circuito por falla a tierra. Se debe brindar protección a las personas mediante interruptores de circuito por falla a tierra tal y como se exige en (a) a (c) siguientes. El interruptor de circuito por falla a tierra se debe instalar en un lugar fácilmente accesible. En la norma de producto se establece que estos dispositivos deben ser CLASE A (6 mA), mayor información sobre este concepto se encuentra en el Apéndice B en la Tabla B1.2
NOTA: Véase 215-9 para la protección de las personas mediante interruptores de circuito por falla a tierra en los circuitos alimentadores.
Art 215 Alimentadores
215-9. Protección de las personas mediante interruptores de circuito por falla a tierra. Se permite que los alimentadores que proporcionen energía a circuitos derivados de 15 y 20 amperes para contactos estén protegidos por un interruptor de circuito por falla a tierra, o mediante un interruptor diferencial por corriente residual, en vez de lo establecido para tales interruptores en 210-8 y 590-6(a).
SALUDOS DESDE MEXICO¡¡¡
JOSE LUIS FALCON
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Buenas tardes a todos colegas
Si es permitido utilizarlos, ver artículos abajo citados por el ing Falcon..
Normalmente los interruptores de circuito por falla a tierra, los utilizo para equipos con capacidad mayor a 15 o 20 Amperios. Comercialmente solo fabrican tomacorrientes NEMA 5-15R, o 5-20R, de esta forma los "breakers" con protección GFCI por ejemplo son una aplicación permitida y económicamente viable.
Puedes buscar con marcas como GE, EATON, Siemens, ...etc.
Saludos,
Jean Carlos Salazar
Ing. Confiabilidad eléctrica
Bogota- Colombia
El feb 8, 2016 5:44 p.m., Jose Luis Falcon <jlfa...@prodigy.net.mx> escribió:
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> ESTIMADO ROLANDO, EN RESPUESTA A TU PREGUNTA, ES “SI SE PUEDE”, Y AQUÍ VA EL FUNDAMENTO DEL NEC 2011 (NOM-001-SEDE-2012 EN MEXICO):
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> Art. 100 Definiciones
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> Interruptor de circuito por falla a tierra: Dispositivo diseñado para la protección de personas, que funciona para desenergizar un circuito o parte del mismo, dentro de un periodo determinado, cuando una corriente a tierra excede un valor Predeterminado, menor que al necesario para accionar el dispositivo de protección contra sobrecorriente del circuito de alimentación.
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> Art. 210 Circuitos Derivados
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> 210-8. Protección de las personas mediante interruptores de circuito por falla a tierra. Se debe brindar protección a las personas mediante interruptores de circuito por falla a tierra tal y como se exige en (a) a (c) siguientes. El interruptor de circuito por falla a tierra se debe instalar en un lugar fácilmente accesible. En la norma de producto se establece que estos dispositivos deben ser CLASE A (6 mA), mayor información sobre este concepto se encuentra en el Apéndice B en la Tabla B1.2
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> NOTA: Véase 215-9 para la protección de las personas mediante interruptores de circuito por falla a tierra en los circuitos alimentadores.
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> Art 215 Alimentadores
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> 215-9. Protección de las personas mediante interruptores de circuito por falla a tierra. Se permite que los alimentadores que proporcionen energía a circuitos derivados de 15 y 20 amperes para contactos estén protegidos por un interruptor de circuito por falla a tierra, o mediante un interruptor diferencial por corriente residual, en vez de lo establecido para tales interruptores en 210-8 y 590-6(a).
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