COMUNICADO Nº 002-2013-OSCE/DTN, OBLIGATORIEDAD DE REGISTRAR INFORMACIÓN EN EL SEACE SOBRE TODAS LAS ÓRDENES DE COMPRA U ÓRDENES DE SERVICIO Y DETERMINADOS SUPUESTOS DE INAPLICACIÓN

30 views
Skip to first unread message

Johnny Chambilla

unread,
Aug 29, 2013, 11:33:01 AM8/29/13
to johnnyc...@googlegroups.com
COMUNICADO Nº 002-2013-OSCE/DTN
OBLIGATORIEDAD DE REGISTRAR INFORMACIÓN EN EL SEACE SOBRE TODAS LAS ÓRDENES DE COMPRA U ÓRDENES DE SERVICIO Y DETERMINADOS SUPUESTOS DE INAPLICACIÓN

El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) pone en conocimiento de las Entidades que se encuentran bajo el ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, lo siguiente:

1. En aplicación de lo establecido en la Disposición Transitoria de la Directiva Nº 007-2012-OSCE/CD “Disposiciones aplicables al registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE)”, modificada por Resolución Nº 269-2013-OSCE/PRE, a partir del mes de setiembre de 2013 las Entidades se encuentran obligadas a efectuar el registro mensual de la información de todas las órdenes de compra y órdenes de servicio que hayan sido emitidas en el mes anterior.

En tal sentido, dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes de setiembre de 2013, las Entidades deben registrar la información correspondiente a las órdenes de compra y órdenes de servicio que hayan sido emitidas en el mes de agosto de 2013; debiendo continuar con el registro de información en los meses subsiguientes dentro de los diez (10) días hábiles de cada mes.

A través de dicho registro, se entenderá cumplida la obligación de registrar la información de las contrataciones por montos de una (1) a 3 (tres) UIT y del supuesto de inaplicación previsto en el literal t) del numeral 3.3 del artículo 3 de la Ley de Contrataciones del Estado.

2. Asimismo, a partir del mes de setiembre de 2013, las Entidades se encuentran obligadas a efectuar el registro de la información sobre las contrataciones que realicen bajo los supuestos de inaplicación previstos en los literales o), s) y v) del numeral 3.3 del artículo 3 de la Ley de Contrataciones del Estado, dentro de los diez (10) días hábiles de haber efectuado la contratación o suscrito el convenio, según corresponda

3. Para el registro de la información de las referidas contrataciones, los funcionarios - usuarios de las Entidades deben observar lo establecido en el artículo 68 de la Ley de Contrataciones del Estado, los artículos 286 al 288 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así como en la Directiva Nº 007-2012-OSCE/CD y el Manual de Usuario publicado en el portal del SEACE.

4. La Subdirección de Plataforma de la Dirección del SEACE otorga a los funcionarios - usuarios autorizados por las Entidades los perfiles correspondientes para el registro de estas contrataciones.

En el caso de aquellas Entidades que aún no han solicitado la asignación de dichos perfiles, la Subdirección de Plataforma de la Dirección del SEACE ha autorizado la asignación de los mencionados perfiles a los funcionarios - usuarios activos que a la fecha cuentan con el perfil de Operador de Procesos de Selección, quienes se encuentran habilitados para registrar la información de estas contrataciones en el módulo correspondiente.

5. Finalmente, con el objeto que los funcionarios – usuarios de las Entidades conozcan los pasos a seguir para cumplir con el registro de información sobre todas las órdenes de compra y órdenes de servicio, así como de las contrataciones que se realicen bajo los supuestos de inaplicación previstos en los literales i), o), s), t) y v), se ha publicado el respectivo Manual de Usuario en el portal del SEACE: www.seace.gob.pe



wilfredo del castillo castillo

unread,
Sep 4, 2013, 12:27:43 PM9/4/13
to osce puno
PREVIO SALUDO:
SEÑOR YONY QUERÍA QUE ME ABSUELVA UNAS CONSULTAS ES SOBRE LA ADQUISICIÓN DE UN ECOGRAFO Y LA ADQUISICIÓN DE RASTRA Y ARADO, EN VISTA QUE EL DISTRITO DE CONDURIRI ESTA DECLARADO EN EMERGENCIA POR CAUSAS DE FRIAJE FUE DECLARADO EL DIA 28 DE AGOSTO MEDIANTE. LA CONSULTA SI SE PODRÍA ADQUIRIR DIRECTAMENTE SIN LLEVAR ACABO UN PROCESO DE ADQUISICIÓN.
DECRETO SUPREMO
Nº 097-2013-PCM

municipioelcollao

unread,
Sep 4, 2013, 8:41:12 PM9/4/13
to johnnyc...@googlegroups.com
TIENES Q REALIZAR UNA EXONERACION DE PROCESO DE SELECCION CONFORME A LO INDICADO EN EL ART. 127 DEL RLCE


--
Has recibido este mensaje porque estás suscrito al grupo "johnnychambilla" de Grupos de Google.
Para anular la suscripción a este grupo y dejar de recibir sus correos electrónicos, envía un correo electrónico a johnnychambil...@googlegroups.com.
Para obtener más opciones, visita https://groups.google.com/groups/opt_out.

Johnny Chambilla

unread,
Sep 5, 2013, 4:35:58 PM9/5/13
to johnnyc...@googlegroups.com
Wilfredo, tienes que tener en cuenta lo estipulado en el artículo 128 del Reglamento de la Ley de Contrataciones, Situación de Emergencia se configura en virtud de un acontecimiento catastrófico, o de situaciones que afecten la defensa o seguridad nacional.
Los acontecimientos catastróficos son aquellos de carácter extraordinario ocasionados por la naturaleza o por la acción u omisión del obrar humano, que generan daños y afectan a una determinada comunidad, en tal caso La entidad deberá contratar en forma inmediata lo estrictamente necesario para atender los requerimientos generados como consecuencia directa del evento producido, repito lo estrictamente necesario.
La entidad deberá convocar los respectivos procesos de selección para atender necesidades que no estén directamente relacionados con la situación de Emergencia.




El 4 de septiembre de 2013 11:27, wilfredo del castillo castillo <rwcasti...@hotmail.com> escribió:

--
Has recibido este mensaje porque estás suscrito al grupo "johnnychambilla" de Grupos de Google.
Para anular la suscripción a este grupo y dejar de recibir sus correos electrónicos, envía un correo electrónico a johnnychambil...@googlegroups.com.
Para obtener más opciones, visita https://groups.google.com/groups/opt_out.



--

Johnny Chambilla Chambi
Asistente Tecnico
johnnyc...@gmail.com

Celular 987251847

 

 

 

 

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Respetemos el Medio Ambiente. Antes de imprimir este e-mail piense bien si es necesario hacerlo.
Reply all
Reply to author
Forward
0 new messages