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Hola estimado
Estimado, me gustaria saber algo mas detallado por la inversiones que se hizo en el tema de camaras de seguridad.
veo que se invirtieron casi 3.5 millones.
me gustaria saber detalles como modelos de camaras. definicion, vision nocturna.
dvr. capacidad. etc.
los detalles tecnicos del mismo. dado que el precio es bastante elevado
Quedo atento a tus comentarios![]()
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Ricardo Rivera HerreraOficial Profesional
Policía de InvestigacionesBrigada Investigadora del Ciber Crimen Metropolitana
Ing. Informática
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Los imprevistos son un elemento inevitable en nuestra vida, por lo que es prudente y necesario contar con las herramientas para enfrentarlos tan pronto ocurran. En este sentido, la Ley Nº 19.537 de Copropiedad Inmobiliaria establece la obligación de crear y mantener un fondo destinado a precaverlos y enfrentarlos. En efecto, la ley dispone:
“En la administración de todo condominio deberá considerarse la formación de un fondo común de reserva para atender a reparaciones de los bienes de dominio común, a la certificación periódica de las instalaciones de gas, certificación de ascensores, tanto verticales como inclinados o funiculares, montacargas y escaleras o rampas mecánicas y sus instalaciones o a gastos comunes urgentes o imprevistos”.
(Artículo 7º Ley Nº 19.537)
En consecuencia, la existencia de este fondo tiene por finalidad absorber:
De acuerdo al artículo 7º de la ley, la primera fuente del fondo es el porcentaje de recargo sobre los gastos comunes que fije la asamblea de copropietarios en sesión extraordinaria.
El fondo común de reserva se incrementa además con:
Los recursos del fondo común de reserva deben mantenerse en depósito, ya sea en una cuenta corriente o en una cuenta de ahorro, o bien invertirse en instrumentos financieros que operen en el mercado de capitales, previo acuerdo del comité de administración.
La cuenta puede ser la misma que de acuerdo al artículo 23 de la Ley Nº 19.537 debe tener de manera exclusiva todo condominio, y sobre la que pueden girar la o las personas que designe la asamblea de copropietarios.