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MOVIMIENTO POR LA RECUPERACION DE LA ENERGIA NACIONAL
ORIENTADORA |
Boletín Nº 197 - Buenos Aires, 24 de mayo
de 2007 |
Indice |
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NOTAS
Y DOCUMENTOS: |
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Tierra del Fuego. Documento de
Coyuntura |
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Documento elaborado por Lic. Víctor Hugo
Díaz |
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PETRÓLEO |
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Sobre la prórroga de concesiones de Pan
American Energy (PAE)* |
|
por
Víctor Bravo |
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PETRÓLEO |
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Sobre la prórroga de concesiones de Pan American Energy
(PAE)* |
|
por Víctor Bravo* |
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Resumen: el
Ing.Bravo analiza las condiciones de la prórroga
de concesiones que el gobierno de
Chubut otorgara a Pan American Energy,
objetando que las provincias retengan la
propiedad exclusiva de los recursos
hidrocarburíferos del subsuelo en
Argentina.
1.
BREVE RESEÑA ACERCA DE LA PROPIEDAD NACIONAL O PROVINCIAL DE
LOS RECURSOS DE HIDROCARBUROS EN ARGENTINA
Desde 1907, año del descubrimiento oficial del
Petróleo, pasando por 1922, año de la creación de YPF y hasta
el año 1935, existió un vacío legal respecto de este tema,
pese a que el Código de Minería atribuía la propiedad de estos
recursos a las Provincias en cuyo territorio se hallaren los
recursos. En 1935 se promulgaba la ley 12161 que establecía la
propiedad provincial o nacional según el territorio en el que
se encontraren los hidrocarburos. Este principio regiría hasta
1949, cuando el artículo 40 de la Constitución reformada
afirmaba la propiedad nacional.
Pero es recién en 1958 cuando este principio de la
propiedad nacional tiene jerarquía específica a través
de la ley 14773, llamada precisamente de Nacionalización de
los Hidrocarburos. En 1967 el gobierno de facto de Onganía
promulgó la ley 17319, parcialmente vigente hasta la
actualidad, que confirmó el principio de la propiedad
nacional.
En 1992, con motivo de la privatización de la YPF
residual, se sancionó la denominada ley de Federalización de
los Hidrocarburos, que transfirió los yacimientos a las
provincias en cuyo territorio se encontraren, pero reservando
a la Nación las concesiones de explotación existentes a la
fecha. De esta manera, en los hechos, pasaron a manos
provinciales menos del 1% de las reservas comprobadas pero
indicando que, a medida que las concesiones fueran caducando,
las áreas se transferirían a las provincias. De todas maneras
la efectivización de las disposiciones de la ley estaba
supeditada a la promulgación de una nueva ley de
hidrocarburos.
Pero en 1994 la nueva reforma de la Constitución
Nacional volvió a reafirmar la tesis de propiedad provincial.
Recién en diciembre del 2005 la ley 26197, denominada “ley
corta de hidrocarburos”, puso en vigencia el principio de
propiedad provincial o nacional de los recursos de
hidrocarburos, según el territorio en que se encuentren e
incluso extendió el dominio provincial a las áreas marítimas
aledañas a las costas provinciales, reservando al Estado
Nacional la Plataforma Continental más allá de los
límites ribereños. En consecuencia desde entonces las
provincias correspondientes pasan a tener potestad en cuanto
al otorgamiento de permisos de exploración y concesiones de
explotación y transporte.
Apenas pasados cinco meses de la promulgación de la ley
numerosas provincias han efectuado licitaciones de permisos de
exploración en sus áreas no ocupadas por anteriores permisos o
concesiones. Entre ellas la Provincia de Chubut que está
negociando una prórroga en las concesiones de la PAE en su
territorio y que vencían en el 2017. La ley 17319 otorga
concesiones de explotación por 25 años más 10 de
prorroga.
2. EL CONTRATO CON PAE
PAE actúa esencialmente en la Cuenca del Golfo San
Jorge, en las provincias de Chubut y Santa Cruz Norte. La
propiedad de PAE pertenece en un 60% a British Petroleum y un
40% a Bridas (Bulgheroni). Es el segundo operador productor de
crudo del país con cerca del 17% y el tercero de gas natural
con el 14%.
Los yacimientos cuya prorroga se negocia, son:
Anticlinal Grande - Cerro Dragón; Chulengo - Cerro Tortugas y
Las Flores que representan el 13% de la producción nacional de
crudo y el 6% de la producción de Gas Natural.
La particularidad es que PAE ha sido la única empresa
“grande” que ha incrementado su producción de crudo entre el
2005 y 2006 y lo ha hecho casi en un 6%, cuando la total
nacional bajaba en un 0,8%.
La prorroga sería por 30 años, es decir hasta el 2047.
El proyecto tendría sólo 3 artículos y según el gobernador
“no es necesario enviarlo a la legislatura pues el
ejecutivo está facultado a otorgar por decreto estos
acuerdos”.
Los compromisos que asumiría PAE, serían los
siguientes:
- hasta
el 2017 invertiría 2.000 millones de dólares (200 millones
/año).
- entre
2017 y 2027 invertiría 1.000 millones de dólares (100
millones por año).
- entre
2007 y 2011 invertiría 80 millones de dólares en offshore
aledaña a Comodoro Rivadavia
- Petrominera, la estatal provincial sería socia con el
10%.
- Pagaría
12% de regalías (que es lo que fija en sus artículos 59 y 62
la ley actual 17319).
- Haría
un aporte especial del 3% sobre el precio en boca de pozo,
(menos ingresos brutos, retenciones a exportaciones,
regalías y gastos de transporte); que en los hechos puede
equivaler al 1,5% del precio en boca de pozo.
- Pagaría
120 millones de dólares como Fondo de Reparación histórica
(en 4 cuotas consecutivas anuales de 30 millones cada una
desde 2007).
- Entregaría 500 millones de pesos para créditos a
empresas regionales.
- Otorgaría becas a profesionales.
- Se
compromete a reponer un barril de crudo por cada barril que
extraiga. Esto implica que las reservas iniciales del
contrato permanecerían constantes al 2027.
- Se
compromete a aumentar un 9% anual la producción.
En conjunto estos compromisos implicarían unos 3.362
millones de dólares en 20 años (unos 168 por año).
Este monto sería superior en 778
millones de dólares a lo que debería invertir sin la
prorroga del contrato.
Condicionantes que pone PAE para cumplir los
compromisos que asuma:
- El
precio neto del crudo en boca de pozo percibido
por PAE y en dólares no debe ser inferior al promedio de
precios percibidos en el primer trimestre del 2006
(el precio medio para el WTI, que es un crudo al
menos un 35-40 % más caro que el de Cerro Dragón neto de
retenciones, fue de 63,20 US$/barril en ese primer
trimestre; de 57,32 en el primer trimestre del 2007 y de
49,67 en el primer trimestre del 2005).
- Las
retenciones a las exportaciones no deben ser superiores al
45% actual.
- Las
regalías no deben ser superiores a las actuales: es
decir al 12%.
Si estas condiciones no se cumplen, PAE, no estará
comprometida a lo especificado en el contrato y la provincia
deberá compensar las diferencias o bien PAE podrá compensar
extendiendo la duración del contrato más allá del 2047.
3. CONCLUSIONES
- ¿Cuál es la magnitud de las reservas de
petróleo y gas natural en juego?
En base a las Reservas Comprobadas y Probables de
Petróleo y Gas Natural, según los datos de la Secretaría de
Energía de la Nación al 31 de diciembre del 2005, primeras
auditadas, se deducen las magnitudes de las Reservas de PAE en
los yacimientos cuyos contratos se quiere extender.
Se trata de 73, 3 millones de m3 de Reservas
Comprobadas de Petróleo y 42,0 millones de m3 de Reservas
Probables de Petróleo. Estos valores representan,
aproximadamente el 45% de todas las de la Cuenca del Golfo San
Jorge y el 25% de las totales del País.
En cuanto al Gas Natural se trata de 23.515 millones de
m3 de Comprobadas y 12.510 millones de m3 de Probables. Estos
valores representan, aproximadamente el 63% de todas las de la
Cuenca del Golfo San Jorge y el 5% de las totales del
País.
- ¿Cuál es el Valor Bruto de Producción (VBP)
de las Reservas Comprobadas y Probables?
Considerando los valores del primer trimestre del año
2006 (36,5 U$S el barril para el crudo y 1,85 U$S el millón de
BTU para el Gas Natural), el VBP de las Reservas Comprobadas
equivaldría a 18.253 millones de dólares y el VBP de las
Reservas Probables a 10.400 millones de dólares. Es
decir un total por ambos conceptos de 28.653 millones de
dólares como mínimo, pues se considera que no se
descubra más petróleo ni gas natural en las áreas en los
próximos 40 años.
Estas cifras hay que compararlas con los 3.362 millones
de dólares destinados a Inversiones, Fondo de Reparación y
Crédito a empresas, el 12% de pago por regalías, el 1,5% real
de aporte especial, el 10% de Petrominera , los gastos de
producción e Impuesto a las Ganancias. Todo esto dejaría a PAE
un Ingreso tres veces superior a las inversiones
comprometidas. Es decir un excelente negocio obtenido sobre
Reservas Comprobadas y Probables (es decir con nulo o mínimo
riesgo minero) que pertenecen a todos los argentinos. Por lo
menos habría que analizar números como los anteriores para
saber si la extensión del contrato es conveniente para Chubut
y para el país.
En realidad lo que habría que hacer sería un análisis
que incluyera los flujos de ingresos y egresos descontados
anualmente. Pero aún así la magnitud del negocio para PAE
probablemente no se modificaría sustancialmente.
PAE cumplirá su parte de los compromisos si el
precio del petróleo se mantiene en los valores del primer
trimestre del 2006, que cómo ya se mencionó son los más altos
de la historia reciente
Los defensores del contrato consideran razonable que si
estos precios fueran inferiores a los indicados por PAE,
cambien las condiciones del contrato, pues, dicen “que haría
la pobre empresa si el precio bajara a 8 dólares el barril,
por ejemplo”. Es decir que PAE no acepta correr ningún riesgo
empresario que es la base del sistema capitalista o de la
“economía de mercado”.
Por otra parte habría que ponerse también en el lugar
de la Provincia y del País, es decir, ¿Qué pasaría si el
precio del crudo en lugar de ser 36, fuera 100 dólares el
barril? ¿Cómo participarían la Provincia y el País en esa
ganancia extraordinaria? El contrato no dice nada.
- Se pone de manifiesto la inconveniencia de
que cada provincia negocie convenios por su cuenta, pues los
hidrocarburos deberían ser de todos los argentinos
independientemente que la provincia en que se encuentren,
sea o no productora
Con la legislación actual se generará una competencia
entre provincias como si fueran países autónomos, (en este
caso con mucho menor poder que la Nación a través del Congreso
y la Corte Suprema de Justicia), para ver quien otorga mejores
condiciones a las empresas multinacionales.
- Adicionalmente se descentralizará la generación de
información sobre reservas, producción, regalías, etc. de
Petróleo, Gas Natural y Líquidos que dificultará
gravemente las tareas de fijación de Políticas Nacionales y
de Planificación en la materia.
- Esto
lleva a reafirmar la conveniencia de la propiedad nacional
de los hidrocarburos, donde las provincias, en cuyo
territorio se encuentren los mismos, deberían participar, no
sólo en las regalías sino en la gestión de estos contratos
que entonces sería compartida entre Nación y
Provincia
- Según
el gobernador estos acuerdos no necesitarían pasar por la
legislatura y podrían otorgarse por decreto
- Las
ventajas que otorga específicamente este contrato con PAE
son relativas pues se está asegurando una retribución en
dólares a un precio que está entre los promedios más altos
de los últimos años
- Por
otra parte los montos anuales de inversión, 168 millones de
dólares, no son nada extraordinarios para los que necesita
el País
- Nada se
dice sobre la disponibilidad del crudo. Es decir que PAE
podría exportarlo y disponer libremente de sus divisas
independientemente de cuales sean las necesidades de crudo
del mercado interno nacional
* Especial para Infomoreno. **Ingeniero,
especialista en Energía – Instituto de Economía
Energética-Fundación Bariloche |
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NOTAS Y DOCUMENTOS |
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Tierra del Fuego.
Documento de coyuntura(1) |
|
Documento elaborado por Lic. Víctor Hugo
Díaz* |
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Resumen: Este trabajo fue expuesto en
las Jornadas "Energía provincial, Medio ambiente y
Habitat", en Ushuaia, Tierra del Fuego, los días 24 y 25 de
mayo -organizadas por el Foro Social Urbano, la Asociación
Mane´kenk y la Asociación Costa Atlántica Fueguina- y de
las que participó el MORENO.
El presente documento pretende ser una herramienta para
el debate de la política hidrocarburífera de Tierra del Fuego,
en momentos en los que el Ministro de Economía de la Provincia
“decidió suspender el otorgamiento a las empresas
petroleras que operan en Tierra del Fuego de la acreditación
de origen de la producción. Esta certificación es la que les
permite evitar el pago de tasas aduaneras correspondientes a
la exportación de la producción y el objeto de la suspensión
es que “depositen en las cuentas de la Provincia los tributos
que están depositando en las de la Nación”. Se trata de entre
“2,8 y 3 millones de pesos mensuales en concepto de regalías”,
explicó el titular de la cartera económica. En diálogo con
TIEMPO Fueguino, confirmó que la decisión se tomó en relación
a los pozos Carina y Aries, que están ubicados fuera de las 12
millas náuticas, por cuya producción de gas y petróleo las
empresas depositan regalías en las cuentas de la Nación. Sin
embargo, Del Val explicó que tanto la transformación de los
productos como su envasado y transporte se realiza en el
continente, por lo cual las empresas solicitan la
certificación de origen para poder exportar. Por lo tanto, más
allá de que la extracción se realice fuera de las 12 millas
náuticas, el Gobierno considera que las regalías se deben
tributar a la Provincia”.
La explotación de hidrocarburos durante el año 2006 en
Tierra del Fuego, en el marco de la Ley Nacional 19.640,
significo exportaciones, sean estas al exterior o al
Territorio Continental Nacional, por un monto total de MIL
DIECINUEVE MILLONES DOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DÓLARES
(u$s 1.019.254.357,58). A continuación presentamos la
desagregación en el Cuadro Nº 1 según tipo de hidrocarburo y
lugar de destino.
Cuadro Nº 1 (Montos expresados en
u$s) |
Hidrocarburos |
Territorio Continental
Nacional |
Exportaciones |
Total |
Petróleo
(2709.00.10.900N) |
300.396.439,77 |
147.363.101,73 |
447.759.541,50 |
Propano
(2711,12.90.000D) |
2.154.026,74 |
14.723.744,03 |
16.877.770,77 |
Butano
(2711.13.00.000C) |
0,00 |
15.619.194,19 |
15.619.194,19 |
GLP
(2711.19.10.900H) |
0,00 |
235.226.297,16 |
235.226.297,16 |
Gas Natural
(2711.21.00.000T) |
155.658.588,28 |
148.112.965,68 |
303.771.553,96 |
Total |
458.209.054,79 |
561.045.302,79 |
1.019.254.357,58 |
Elaboración Propia en base a información del Sistema
MARIA de la Administración Federal de Ingresos
Públicos.
El total expresado en dólares es necesario
transformarlo en pesos para luego calcular los ingresos que le
correspondieron a la Provincia en concepto de regalías e
impuestos, a continuación insertamos el Cuadro Nº 2
estableciendo los montos en pesos calculados con un cambio de
$3,05 promedio.
Cuadro Nº 2 (Montos expresados en
u$s) |
Hidrocarburos |
Territorio Continental
Nacional |
Exportaciones |
Total |
Petróleo
(2709.00.10.900N) |
916.209.141,30 |
449.457.460,28 |
1.365.666.601,58 |
Propano
(2711,12.90.000D) |
6.569.781,56 |
44.907.419,29 |
51.477.200,85 |
Butano
(2711.13.00.000C) |
0 |
47.638.542,28 |
47.638.542,28 |
GLP
(2711.19.10.900H) |
0 |
717.440.206,34 |
717.440.206,34 |
Gas Natural
(2711.21.00.000T) |
474.758.694,25 |
451.744.545,32 |
926.503.239,58 |
Total |
1.397.537.617,11 |
1.711.188.173,51 |
3.108.725.790,62 |
Elaboración Propia en base a información del Cuadro Nº
1, Cambio adoptado para realizar la Conversión
$3,05.
Ahora avanzaremos realizando un cálculo de las regalías
que deberían haber ingresado a las arcas provinciales, para
ello insertaremos el Cuadro Nº 3.
Cuadro Nº 3 (Montos expresados en
$) |
Hidrocarburos |
Territorio Continental
Nacional |
Exportaciones |
Total |
Petróleo
(2709.00.10.900N) |
100.783.005,54 |
49.440.320,63 |
150.223.326,17 |
Propano
(2711,12.90.000D) |
722.675,97 |
4.939.816,12 |
5.662.492,09 |
Butano
(2711.13.00.000C) |
0 |
5.240.239,65 |
5.240.239,65 |
GLP
(2711.19.10.900H) |
0 |
78.918.422,70 |
78.918.422,70 |
Gas Natural
(2711.21.00.000T) |
52.223.456,37 |
49.691.899,99 |
101.915.356,35 |
Total |
153.729.137,88 |
188.230.699,09 |
341.959.836,97 |
En el presente cuadro podemos visualizar que a la
Provincia de Tierra del Fuego le correspondía percibir
aproximadamente regalías por un total de TRECIENTOS CUARENTA Y
UN MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL PESOS ($
341.959.836,97).
Según datos oficiales de la Provincia de Tierra del
Fuego las regalías percibidas durante el ejercicio 2006
alcanzaron el monto de CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES
DOCIENTOS VEINTE MIL CIEN PESOS ($ 198.220.100,00)(2). Es decir que los recursos en concepto de
regalías hidrocarburíferas alcanzaron el CINCUENTA Y SIETE
coma NOVENTA Y SEIS POR CIENTO (57,96%) del total de los
recursos que hubiesen correspondido ingresar por los recursos
hidrocarburíferos que son exportados desde la Provincia de
Tierra del Fuego.
También las empresas hidrocarburíferas realizaron
ventas al mercado interno de Tierra del Fuego para
abastecimiento de Gas Natural por un total de CUATROCIENTOS
CINCUENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL METROS CÚBICOS
(457.508.000 m3)(3), en el caso del
mercado de Tierra del Fuego vamos a tomar como valor promedio
del metro cúbico el monto $ 0,0785906, con lo que obtenemos
que las empresas hidrocarburíferas facturaron en el mercado de
Tierra del Fuego aproximadamente TREINTA Y CINCO MILLONES
NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL ($35.955.814,83), lo que
significan aproximadamente CUATRO MILLONES TRECIENTOS CATORCE
MIL PESOS en concepto de regalías ($ 4.314.697,78).
Es decir que hubiese correspondido que ingresen
recursos por un total de TRECIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES
DOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL PESOS ($
346.274.534,75).
La pregunta que corresponde realizarnos es que ocurre
que aproximadamente el CINCUENTA POR CIENTO de los
recursos por regalías no ingresen a la Provincia.
Una parte importante de la explotación de hidrocarburos
se realiza en yacimientos off shore entre ellos encontramos
Magallanes y Cuenca Marina Austral, que son explotados por
Enap Sipetrol - Sipetrol Argentina y por el consorcio
petrolero Total- Panamerican- Wintershall respectivamente y se
encuentran más allá de las 12 millas náuticas. En el caso de
estos yacimientos las empresas aducen que las regalías deben
ser abonadas al Estado Nacional, pero nos encontramos con que
están amparadas dentro del régimen de promoción industrial,
obteniendo los beneficios previstos en la Ley Nacional
19.640.
Según la Secretaría de Energía de la Nación la
producción de gas natural en áreas pertenecientes al Estado
Nacional (Áreas Off Shore TDF) alcanzo los DOS MIL NOVENTA Y
OCHO MILLONES OCHICIENTOS DOS MIL METROS CÚBICOS
(2.098.802.193 m3)(4). Está producción
significa aproximadamente CIENTO SETENTA Y SEIS MILLONES
TRECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL DÓLARES (u$s 176.386.258,16),
que se calculan según el Cuadro Nº 4 que anexamos.
Cuadro Nº
4(5) |
Concepto |
Metros
Cúbicos |
u$s/m3 |
Total
u$s |
Exterior |
1.001.551.705 |
$ 0,1479 |
$ 148.112.965,68 |
Territorio Continental Nacional |
1.097.250.488 |
$ 0,0258 |
$ 28.273.292,48 |
Total |
2.098.802.193 |
$ 0,0840 |
$
176.386.258,16 |
Como realizamos anteriormente volveremos a
transformarlo en pesos para luego calcular las regalías que
significan las explotaciones off shore que no se están
tributando a la Provincia, anexando el CuadroNº 5.
|
Concepto |
Metros
Cúbicos |
$/m3 |
Total
$ |
Exterior |
1.001.551.705 |
$ 0,4510 |
$ 451.744.545,32 |
Territorio Continental Nacional |
1.097.250.488 |
$ 0,0786 |
$ 86.233.542,08 |
Total |
2.098.802.193 |
$ 0,2563 |
$
537.978.087,40 |
En el Cuadro Nº 6 que a continuación se anexa queda
demostrado los recursos que la provincia de Tierra del Fuego
no esta percibiendo en concepto de regalías los que asciende
por la producción de gas natural a CINCUENTA Y NUEVE MILLONES
CIENTO SETENTA Y SIETE MIL PESOS ($ 59.177.589,61).
Cuadro Nº 6 |
Concepto |
Monto en
$ |
Exterior |
$ 49.691.899,99 |
Territorio Continental Nacional |
$ 9.485.689,63 |
Total |
$
59.177.589,61 |
En el caso del petróleo crudo la Secretaría de Energía
de la Nación informa que la producción en áreas pertenecientes
al Estado Nacional (Áreas Off Shore TDF) alcanzo los
TRECIENTOS VEINTISIETE MIL TRECIENTOS TREINTA Y CINCO METROS
CÚBICOS (327.335 m3)(7). Está producción
significa aproximadamente CIENTO VEINTICINCO MILLONES
CUATROCIENTOS DOCE MIL DÓLARES (u$s 125.412.648,18), que se
calculan según el Cuadro Nº 7 que anexamos.
|
Concepto |
Metros
Cúbicos |
u$s/m3 |
Total
u$s |
Exterior |
327.335 |
$ 383,1328 |
$ 125.412.648,18 |
Total |
327.335 |
$ 383,1328 |
$
125.412.648,18 |
Ahora convertiremos en pesos el monto de recursos del
Cuadro Nº 7.
Cuadro Nº 8
(8) |
Concepto |
Metros
Cúbicos |
$/m3 |
Total
$ |
Exterior |
327.335 |
$ 1.168,5551 |
$ 382.508.576,96 |
Total |
327.335 |
$ 1.168,5551 |
$
382.508.576,96 |
Por último volveremos a calcular las regalías
correspondientes al petróleo crudo que las empresas
hidrocarburíferas están abonando al Estado Nacional y
corresponden que sean abonadas a Tierra del Fuego.
Cuadro Nº 9 |
Concepto |
Monto en
$ |
Exterior |
$ 42.075.943,47 |
Total |
$
42.075.943,47 |
Como podemos visualizar en el Cuadro Nº 10 las regalías
que ha dejado de percibir la Provincia por la producción de
Petróleo Crudo y Gas Natural asciende a CIENTO UN MILLONES
DOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL PESOS ($ 101.253.533,08).
Cuadro Nº 10 |
Concepto |
Monto en
$ |
Petróleo Crudo |
$ 42.075.943,47 |
Gas
Natural |
$ 59.177.589,61 |
Total |
$
101.253.533,08 |
Como podemos ver en el Cuadro Nº 11 existe una
diferencia de CUARENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS
($ 46.800.901,67), las que podrían surgir del Propano, Butano
y Gas Licuado de Petróleo, Hidrocarburos con los que no
contamos información oficial para poder realizar este
estudio.
Cuadro Nº 11 |
Concepto |
Monto |
Regalías Total (Cuadro 3 + Merc
Interno) |
$ 346.274.534,75 |
Regalías Tierra del Fuego (Esq. AIF Base Caja
TDF) |
$ 198.220.100,00 |
Regalías Estado Nacional (Cuadro Nº
10) |
$ 101.253.533,08 |
Diferencia |
$
46.800.901,67 |
En el caso de los impuestos provinciales también tiene
un impacto que sean considerados yacimientos que no tributan a
Tierra del Fuego, en el caso especial del gas natural que se
exporta al Territorio Continental Nacional alcanza un total de
UN MILLÓN SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL PESOS ($ 1.724.670,84),
en concepto del Impuesto a los Ingresos Brutos.
La Ley Provincial Impositiva Nº 440 fija una tasa
del UNO POR MIL (1 0/00) del valor F.O.B. involucrado en la
exportación para la cual se requiere certificado de origen
para mercaderías originarias de la región en los términos de
la Ley Nacional Nº 23.018, o con destino al
continente(9), lo que significa que
las empresas dedicadas a la actividad hidrocarburífera
deberían haber abonado al Estado Provincial aproximadamente
TRES MILLONES CIENTO OCHO MIL PESOS ($
3.108.725,79).
Desde de la Central de Trabajadores de la Argentina
estamos convencidos y así lo hemos expresado constantemente
que es necesario elevar la tasa de certificación de origen al
menos al UNO POR CIENTO y no seguir manteniendo esta irrisoria
alícuota, así también reafirmamos que las empresas que
explotan los recursos hidrocarburíferos off shore en el marco
de la Ley Nacional Nº 19.640, deben abonar las regalías a la
Provincia.
También solicitamos al Poder Ejecutivo Provincial que
realice las acciones pertinentes para el cobro de las deudas
que mantienen las empresas que explotan los hidrocarburos en
concepto de regalías mal liquidadas según el informe de la
Consultora Montamat & Asociados que ascienden a TREINTA Y
SIETE MILLONES SEISCIENTOS MIL DÓLARES (U$S 37.606.823,839) y
exhortamos a que no se negocie en los términos lamentables con
los que se realizo el cobro de las deudas por impuestos
provinciales que significaron a la Provincia la pérdida de más
de CUARENTA MILLONES DE PESOS ($ 40.000.000).
Anexo I
Servicio / Mes |
enero |
febrero |
marzo |
abril |
mayo |
junio |
Jul |
Servicio Residencial |
12.567,00 |
12.421,00 |
16.538,00 |
14.585,00 |
21.687,00 |
24.467,00 |
26.029,00 |
Servicio General P |
3.884,00 |
3.883,00 |
5.032,00 |
11.605,00 |
7.356,00 |
9.282,00 |
8.896,00 |
Servicio General G |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Servicio FD |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Servicio ID |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Servicio FT |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Servicio IT |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Servicio SDB |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Servicio GNC |
183,00 |
173,00 |
215,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Servicio FD/FT Por Cuenta de
Terceros |
9.058,00 |
8.950,00 |
8.239,00 |
9.293,00 |
9.016,00 |
9.608,00 |
9.256,00 |
Servicio ID/IT Por Cuenta de
Terceros |
644,00 |
738,00 |
1.444,00 |
1.560,00 |
1.698,00 |
1.824,00 |
2.067,00 |
Servicio SGP Por Cuenta de Terceros |
514,00 |
496,00 |
853,00 |
845,00 |
1.510,00 |
1.462,00 |
1.923,00 |
Servicio GNC Por Cuenta de Terceros |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
205,00 |
204,00 |
172,00 |
159,00 |
Servicio SG-G Por Cuenta de
Terceros |
177,00 |
159,00 |
48,00 |
26,00 |
24,00 |
34,00 |
35,00 |
Servicio SDB Por Cuenta de Terceros |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
Total Mensual |
27.027,00 |
26.820,00 |
32.369,00 |
38.119,00 |
41.495,00 |
46.849,00 |
48.365,00 |
Ago |
Sep |
Oct |
Nov |
Dic |
Total por
Servicio |
19.015,00 |
14.536,00 |
13.655,00 |
9.460,00 |
8.393,00 |
193.353,00 |
8.536,00 |
8.047,00 |
6.330,00 |
5.487,00 |
4.622,00 |
82.960,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
571,00 |
9.721,00 |
9.725,00 |
9.400,00 |
9.627,00 |
9.335,00 |
111.228,00 |
8.149,00 |
9.597,00 |
7.012,00 |
9.399,00 |
7.841,00 |
51.973,00 |
1.951,00 |
1.520,00 |
1.629,00 |
1.980,00 |
608,00 |
15.291,00 |
160,00 |
150,00 |
148,00 |
147,00 |
142,00 |
1.487,00 |
59,00 |
33,00 |
23,00 |
12,00 |
15,00 |
645,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
47.591,00 |
43.608,00 |
38.197,00 |
36.112,00 |
30.956,00 |
457.508,00 |
Gas Natural
en Miles de m3 Estado Nacional |
Mes / Empresa
Operadora |
ENAP SIPETROL
S.A. |
SIPETROL
ARGENTINA S.A. |
Total Austral
S. A. |
Total
general |
Enero |
|
18.504,10 |
147.626,38 |
166.130,48 |
Febrero |
|
16.437,50 |
169.166,21 |
185.603,71 |
Marzo |
|
17.515,50 |
105.830,66 |
123.346,16 |
Abril |
|
19.057,00 |
151.375,24 |
170.432,24 |
Mayo |
|
18.087,30 |
164.894,33 |
182.981,63 |
Junio |
|
21.157,90 |
160.365,62 |
181.523,52 |
Julio |
21.013,90 |
|
161.652,78 |
182.666,68 |
Agosto |
21.239,70 |
|
175.961,75 |
197.201,45 |
Septiembre |
17.516,30 |
|
156.964,85 |
174.481,15 |
Octubre |
18.039,70 |
|
162.632,79 |
180.672,49 |
Noviembre |
16.686,30 |
|
159.475,39 |
176.161,69 |
Diciembre |
7.097,40 |
|
170.503,58 |
177.600,98 |
Total
general |
101.593,30 |
110.759,30 |
1.886.449,59 |
2.098.802,19 |
Anexo III
Gas Natural
en Miles de m3 Tierra del Fuego |
Empresa
Operadora |
ENAP SIPETROL
S.A. |
Pan American
Energy LLC Suc. Arg. |
PETROLERA LF
COMPANY SRL |
Pioneer
Natural Resources Arg. S.A. |
Roch
S.A. |
SIPETROL
ARGENTINA S.A. |
Total Austral
S. A. |
Total
general |
Enero |
|
166.131,89 |
|
3.964,20 |
9.633,55 |
24.566,90 |
184.068,13 |
388.364,67 |
Febrero |
|
150.466,35 |
|
3.601,60 |
11.093,79 |
20.566,61 |
139.954,92 |
325.683,27 |
Marzo |
|
168.073,08 |
|
4.191,50 |
8.592,65 |
23.725,00 |
190.254,07 |
394.836,30 |
Abril |
|
158.759,92 |
4.042,40 |
|
8.088,41 |
25.556,23 |
195.851,53 |
392.298,49 |
Mayo |
|
160.922,94 |
3.977,30 |
|
8.624,73 |
20.824,74 |
226.236,99 |
420.586,70 |
Junio |
|
157.108,16 |
4.099,20 |
|
9.375,82 |
9.597,60 |
229.177,82 |
409.358,60 |
Julio |
10.340,80 |
162.256,80 |
3.469,60 |
|
14.139,16 |
|
220.251,83 |
410.458,19 |
Agosto |
26.505,11 |
169.601,46 |
3.815,40 |
|
16.925,48 |
|
214.244,51 |
431.091,96 |
Septiembre |
23.545,46 |
|
167.129,70 |
|
17.628,43 |
|
157.120,36 |
365.423,95 |
Octubre |
25.952,90 |
|
168.319,90 |
|
17.286,72 |
|
162.622,47 |
374.181,99 |
Noviembre |
24.774,10 |
|
160.184,30 |
|
18.315,09 |
|
162.852,52 |
366.126,01 |
Diciembre |
20.203,87 |
|
160.696,70 |
|
18.240,60 |
|
155.859,00 |
355.000,17 |
Total general |
131.322,24 |
1.293.320,60 |
675.734,50 |
11.757,30 |
157.944,43 |
124.837,08 |
2.238.494,16 |
4.633.410,31 |
Anexo
IV
Petróleo
Crudo en m3 Estado Nacional |
Empresa
Operadora |
ENAP SIPETROL
S.A. |
SIPETROL
ARGENTINA S.A. |
Total Austral
S. A. |
Total
general |
Enero |
|
16.212,10 |
7.141,02 |
23.353,12 |
Febrero |
|
14.146,50 |
13.172,85 |
27.319,35 |
Marzo |
|
14.692,30 |
9.149,32 |
23.841,62 |
Abril |
|
14.285,20 |
13.286,70 |
27.571,90 |
Mayo |
|
14.526,30 |
14.556,90 |
29.083,20 |
Junio |
|
16.448,30 |
14.089,66 |
30.537,96 |
Julio |
15.039,90 |
|
14.335,54 |
29.375,44 |
Agosto |
12.412,00 |
|
16.472,68 |
28.884,68 |
Septiembre |
13.423,60 |
|
14.928,53 |
28.352,13 |
Octubre |
14.969,50 |
|
15.608,84 |
30.578,34 |
Noviembre |
12.356,50 |
|
13.421,50 |
25.778,00 |
Diciembre |
6.370,70 |
|
16.288,21 |
22.658,91 |
Total general |
74.572,20 |
90.310,70 |
162.451,75 |
327.334,65 |
Anexo V
Petróleo
Crudo en m3 |
Empresa
Operadora |
ENAP SIPETROL
S.A. |
Pan American
Energy LLC Suc. Arg. |
Petrolera LF
Company SRL |
Pioneer
Natural Resources Arg. S.A. |
Roch
S.A. |
Sipetrol
Argentina S.A. |
Total Austral
S. A. |
Total
general |
Enero |
|
20.259,70 |
|
271,30 |
2.643,62 |
6.169,15 |
35.649,60 |
64.993,37 |
Febrero |
|
18.008,79 |
|
243,50 |
2.519,77 |
5.053,82 |
40.375,13 |
66.201,01 |
Marzo |
|
20.050,40 |
|
290,30 |
2.387,31 |
6.827,30 |
60.596,90 |
90.152,21 |
Abril |
|
19.391,20 |
277,70 |
|
2.454,97 |
7.387,05 |
61.209,39 |
90.720,31 |
Mayo |
|
19.801,01 |
285,40 |
|
2.735,76 |
5.138,25 |
59.667,48 |
87.627,90 |
Junio |
|
18.726,39 |
280,10 |
|
4.513,97 |
6.324,71 |
57.231,93 |
87.077,10 |
Julio |
6.890,63 |
19.622,81 |
252,20 |
|
4.325,80 |
|
58.685,75 |
89.777,19 |
Agosto |
7.855,96 |
19.954,60 |
264,10 |
|
4.662,72 |
|
56.784,55 |
89.521,93 |
Septiembre |
6.352,03 |
|
19.514,10 |
|
4.879,41 |
|
48.836,95 |
79.582,49 |
Octubre |
6.816,37 |
|
20.626,90 |
|
5.194,12 |
|
49.365,50 |
82.002,89 |
Noviembre |
6.368,25 |
|
20.759,94 |
|
4.911,47 |
|
48.749,54 |
80.789,20 |
Diciembre |
4.358,58 |
|
20.288,59 |
|
5.846,90 |
|
49.716,25 |
80.210,32 |
Total general |
38.641,82 |
155.814,90 |
82.549,03 |
805,10 |
47.075,82 |
36.900,28 |
626.868,97 |
988.655,92 |
*Integrante de CTA, Tierra del Fuego (1) Diario
Tiempo Fueguino 18 de mayo de 2007. “SUSPENDIÓ LA ENTREGA DE
CERTIFICACIONES DE ORIGEN. Presión del Gobierno a las
petroleras” (2)Provincia de Tierra del Fuego, Esquema
Ahorro- Inversión- Financiamiento Base Caja al 31/12/2006,
Administración Central en el Marco de la Ley de
Responsabilidad Fiscal. (3)Elaboración Propia en Base a
datos operativos del ENARGAS durante el año
2006. (4)Secretaría de Energía de la Nación. Tablas
Dinámicas SESCO. ANEXO 2 del presente
informe. (5)Elaboración Propia en Base a Secretaría de
Energía de la Nación. Tablas Dinámicas SESCO y Sistema MARIA
de la Administración Federal de Ingresos
Públicos. (6)Elaboración Propia en Base al Cuadro Nº 4,
Cambio adoptado para realizar la conversión
$3,05. (7)Secretaría de Energía de la Nación. Tablas
Dinámicas SESCO. ANEXO 2 del presente
informe. (8)Elaboración Propia en Base a Secretaría de
Energía de la Nación. Tablas Dinámicas SESCO y Sistema MARIA
de la Administración Federal de Ingresos Públicos. (9)Ley
Provincial Nº 440 |
|
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Calleja, Fernando "Pino" Solanas, Palamidessi Hugo, José
Rigane Asistente de Redacción: Lorena
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