InfoMORENO Nº 261

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Sep 10, 2008, 11:01:34 AM9/10/08
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  MOVIMIENTO POR LA RECUPERACION DE LA ENERGIA NACIONAL ORIENTADORA
Boletín Nº 261 - Buenos Aires, 9 de septiembre de 2008
Indice
punto Transporte: patrimonio, derechos y nacionalización
  por Hugo Palamidessi
 
punto Minería en Argentinta: su legislación
  por Maria Cristina Betti
 

La Dra. Betti hace una breve recorrida por la historia de la legislación minera y analiza el Código de Minería en su determinación del dominio y la jurisdicción sobre los yacimientos.

 
punto Guerra por la Energía. Reportaje a Michael Klare
  por Democracy Now!
 

El conflicto Rusia-Georgia está alimentado por la carrera para controlar los recursos energéticos en el Caspio.

 
punto Noticias
 
Por un tren para todos, cuidado por todos - Concesiones en Neuquén y patriotismo sindical -Las subas de tarifas que vienen: aguas, gas, luz, ¿transporte? -Tarifa social para la energía - Presiones sobre los precios - Corte y acusación - Edificio todo "a viento"
 
 
La información y los contenidos de las notas son responsabilidad de los autores
 
 


INFOMORENO

Editor responsable: Fernando "Pino" Solanas
Director: Hugo Palamidessi
Consejo de Redacción: Fernando Solanas, Félix Herrero, Gustavo Calleja, José Rigane
Asistente de Redacción: Lorena Paeta
Colaboradores permanentes: Diego Mansilla, Elido Veschi, Ernesto Gaspar, Gabriel Martínez, Héctor Gómez, Isaac Gurovich, Natalio Kuschnir.

 

 
 

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  Transporte: patrimonio, derechos y nacionalización
  por Hugo Palamidessi
 

Dos episodios, productos de dos procesos paralelos, sacuden la opinión pública en estos últimos días. Y ambos involucran al transporte. Uno ha sido la decisión del gobierno de tomar el control de Aerolíneas Argentinas. El otro, el estallido popular, una vez más, frente al desquiciado servicio de transporte ferroviario.

Si bien tienen diversa repercusión en la vida de la población, ambos medios de transporte sufren procesos similares de deterioro que, latentes desde muchos años atrás, adquieren características distintivas y agudas a partir de la privatización de las empresas del Estado y de las concesiones en la gestión de servicios públicos. Y ese deterioro ha sido creciente: en la calidad de los servicios –las prestaciones al pasajero, la seguridad, la comodidad, la puntualidad, la atención de reclamos, la ocurrencia de accidentes e incidentes- en la falta de inversión para responder a la creciente demanda de nuevas rutas y medios, y, por último, en el tremendo vaciamiento patrimonial a que han sido sometidos los Ferrocarriles Argentinos y Aerolíneas Argentinas. 

Distintos grupos empresariales, de capitales extranjeros o nacionales, y organizaciones sindicales, se han sucedido en la gestión de las empresas, realizando más buenos que malos negocios, pero siempre haciendo víctimas de ellos a los usuarios y al patrimonio público. Y los gobiernos han acompañado esas maniobras, no ejerciendo las funciones de control, ignorando las denuncias sobre el desguace, asumiendo los costos de las inversiones que los privados eluden y olvidando o perdonando las sanciones que corresponde aplicar, favoreciendo la incorporación de capitales nacionales ´amigos´. Y aún en situaciones límite, como la planteada hoy ante el fraudulento final de la administración Marsans, tratan de evitarle daños mayores.

Siguen sosteniendo así la política “de los noventa” -a la que al mismo tiempo acusan de ser el origen de los males- y mientras subsidian fuertemente los combustibles y el mantenimiento de los servicios, justifican todo el accionar en la necesidad de sostener su prestación con tarifas reducidas en un marco de inflación de los costos de las empresas, particularmente de la energía. Y además acusan temerariamente de complot contra el gobierno a quienes señalamos su responsabilidad. 

El transporte es una actividad esencial para la vida económica y social de un país. Cada vez más la producción y distribución de mercancías y servicios, en una economía diversificada y “globalizada”, requiere la movilización de materiales, medios de producción y de los trabajadores para realizar las actividades productivas. Sin el manejo de la infraestructura de los sistemas de transporte, de comunicaciones y sin la energía que los motoriza, un país no tiene el dominio de su sistema productivo y de los servicios básicos que necesita su pueblo. Sin servicios básicos accesibles, el pueblo mal puede ejercer su derecho al trabajo, a la alimentación, a la salud, a la educación, a la vivienda.

Recordamos aquellas palabras de Pino Solanas en el primer número del InfoMORENO: “...quien no conoce lo que le pertenece, su valor y posibilidades, mal puede defenderlo”. Hoy la gran mayoría del pueblo argentino empieza a reconocer como propios los recursos naturales que yacen en su suelo y subsuelo, la infraestructura que se creó con su trabajo y su ahorro. Y siente que debe recuperarlos legítimamente, más allá de intereses corporativos, sectoriales o regionales, nacionalizando genuinamente los activos y controlando la gestión de las empresas y organismos de servicios públicos, que son propiedad del conjunto del país.

 
  Minería en Argentina: su legislación*
 

por María Cristina Betti **

 

MINERÍA TRAS LA INDEPENDENCIA

Previamente a considerar la normativa principal, plasmada en el Código de Minería, es de interés realizar una apretada síntesis de la legislación aplicada desde la independencia de España hasta la sanción del mismo. Así diremos que, en el período que va de 1820 hasta 1853, el derecho vigente estaba unificado por el Reglamento de la Asamblea del año 1813 y las ordenanzas de Nueva España o Nuevo Méjico, que fueron por otra parte el último acto legislativo sobre la materia dictado por España para América.

Concluye dicho período cuando comienza el período orgánico y legislativo, el 9 de diciembre de 1853, con la sanción en Paraná del Estatuto de Hacienda y Crédito por el Congreso de la Confederación. Su Título X estaba consagrado a las propiedades mineras y aclaraba que, hasta que el Congreso dictare el Código de Minería, regirían las ordenanzas de Nuevo Méjico con las modificaciones que las legislaturas provinciales hubieren hecho en ellas. Sancionada la Constitución Nacional de 1853, el Art. 67 inciso 11 estableció que, entre las atribuciones del Congreso, estaba la de dictar códigos, entre otros el Código de Minería.

EL ORO Y LA PLATA

En la primera mitad del siglo XIX, la minería argentina se volcó primordialmente a la explotación del oro y la plata. Capitales locales o extranjeros se embarcaron en proyectos empresarios de dificultosa realización, con resultados magros. En el marco de un país en auge agro-exportador –en el que se suponía que todo cuanto se sembraba hacía brotar grandes riquezas, y tras tres siglos de explotaciones de los mismos minerales de manera incesante- la extracción de oro y plata se fue aplacando. Se atribuyó esta decadencia a la falta de conocimientos técnicos, la mala administración, revoluciones, guerras civiles, etc. Sin embargo es verosímil que haya sido la caída de precios en los mercados exteriores el factor que motivó la declinación. Sin embargo, estas condiciones no impedirían que algunos sectores del poder político y económico engendraran los primeros ´manejos turbios´ en el ámbito de la minería argentina.

Durante la segunda mitad del siglo XIX se produciría un viraje, y la actividad minera se orientó hacia la explotación del cobre y el plomo, destacándose principalmente los trabajos realizados en los distritos de El Salado (provincia de La Rioja), Capillitas (Catamarca) y Virorco (San Luis).
A su vez, los últimos años del siglo XIX evidenciaron un moderado auge minero. Al progresivo interés de profesionales por la geología, el Estado también sumó su inquietud y comenzó a desarrollar sus propias herramientas de investigación.  El primer día de mayo de 1887 entraba en vigencia una herramienta legal fundamental: el Código de Minería de la Nación. De esta manera, se cumplía con el mandato de la Constitución de 1853, que exhortaba a la redacción de varios códigos, entre ellos el que establecería el marco general para el desarrollo de la minería en la centuria siguiente.

SIGLO XX: LA MINERÍA Y LAS GUERRAS

A principios del siglo XX varios sectores de la minería tenían un gran impulso debido a las condiciones externas. El estallido de la Primera Guerra Mundial, si bien puso freno a este ímpetu, provocó que los países beligerantes dejaran de exportar materias primas minerales que la Argentina requería, por lo que su sustitución en el ámbito local no tardó en llegar. Por estos motivos, aumentaron notablemente las solicitudes y consultas mineras en el país, así como los pedidos de análisis de minerales, rocas, aguas, carbones y petróleos.

A su tiempo, con la llegada de la Segunda Guerra Mundial, se acrecentó el interés por la minería local y se sumaron nuevas explotaciones a las de los metalíferos y no-metalíferos que habían podido mantenerse. Tomó fuerza la explotación del mineral de hierro en la sierra de Zapla (provincia de Jujuy) y el Estado Nacional encabezó la explotación de azufre en el Norte del país, fundamentalmente en la puna salteña, y también en Mendoza. También avanzaron en su desarrollo el distrito auri-manganífero de Farallón Negro en Catamarca -a través de la empresa provincial Yacimientos Mineros Agua de Dionisio (YMAD)- y el distrito de Sierra Grande, en Río Negro. La Dirección de Minas y Geología –que pasó a depender en esos años de la Secretaría de Industria- el Banco de Crédito Industrial Argentino y la Dirección General de Fabricaciones Militares (DGFM) tomaron la iniciativa en el abastecimiento de materias primas minerales a la industria local, ante un mercado mundial destruido por la guerra. Por esos días, el sector privado se mantenía en su mayor parte al margen.

LOS CODIGOS DE MINERIA

Constituye el objeto especial de los códigos de minería, o códigos de la propiedad minera, establecer el régimen de dominio de las minas o yacimientos de estancias minerales y determinar las condiciones bajo las cuales está permitida su exploración y explotación. Los códigos de minería, en definitiva, establecen cómo se adquiere, cómo se conserva y cómo se pierde el derecho de explorar y explotar un yacimiento minero.

En virtud de la potestad o jurisdicción legislativa delegada por la Constitución al Congreso, compete a éste, en forma exclusiva:
-Determinar las distintas categorías de minas, respetando las bases del dominio originario fijadas en la Constitución.
-Establecer las condiciones legales bajo las cuales será permitida su exploración y explotación.
-Reglar las demás relaciones de derecho público y privado que son consecuencia de la explotación y el trabajo de las minas (servidumbres, expropiaciones, responsabilidades, canon y demás condiciones de amparo, policía minera, estadística, protección de los recursos minerales y del ambiente).

EL CODIGO EN ARGENTINA

De las minas y su dominio

Artículo 1.- El código de minería rige los derechos, obligaciones y procedimientos referentes a la adquisición, explotación y aprovechamiento de las sustancias minerales.

Clasificación y división de las minas

Artículo 2.- Con relación a los derechos que este código reconoce y acuerda, las minas se dividen en tres categorías:
1a.) Minas de las que el suelo es un accesorio, que pertenecen exclusivamente al Estado, y que sólo pueden explotarse en virtud de concesión legal otorgada por autoridad competente, o mediante contratación efectuada con sujeción a las disposiciones de este código y en los casos que el mismo establece.
2a.) Minas que por razón de su importancia, se conceden preferentemente al dueño del suelo; y minas que, por las condiciones de su yacimiento, se destinan al aprovechamiento común.
3a.) Minas que pertenecen únicamente al propietario, y que nadie puede explotar sin su consentimiento, salvo por motivos de utilidad pública.
La Ley ha clasificado o agrupado las distintas sustancias minerales en categorías de derechos atendiendo a su naturaleza, importancia económica y condiciones de presentación de los yacimientos.
Las minas clasificadas en la primera categoría incluyen las especies minerales de mayor valor económico e industrial.
Las minas incluidas en la segunda categoría comprenden dos grupos o categorías diferentes, el primer grupo lo forman aquellas minas que, en razón de su menor importancia económica, el Código concede preferentemente al dueño del terreno, el segundo grupo lo forman aquellas minas que, por las condiciones particulares de los yacimientos, se prestan a una explotación de carácter colectivo.
Las sustancias minerales de tercera categoría comprenden ciertos tipos de rocas denominadas en conjunto rocas de aplicación.

DOMINIO

Por dominio originario entendemos el derecho que pertenece desde el origen o descubrimiento de la cosa a una persona física o jurídica, a diferencia del dominio derivado, que reconoce la existencia de un dueño anterior. Entre los sistemas que tratan de explicar la atribución del dominio originario de las minas, los más conocidos son tres: el de la accesión, el regalista y el dominial.

El sistema de la accesión -o mejor llamado de la propiedad inmobiliaria- atribuye la propiedad de las minas, o facultades amplias de disposición, al dueño del terreno en que se encuentran situadas. Para este sistema las minas no tienen caracteres propios, forman parte integrante del inmueble superficial y siguen su condición jurídica.

El sistema regalista, a diferencia del anterior, parte del principio de que las minas forman una propiedad distinta y separada del suelo que las contiene y constituyen una categoría de bienes ´res nullus´: no pertenecen a nadie, ni siquiera al Estado. El Estado tiene, sin embargo, sobre todas las cosas ubicadas en su territorio, un derecho de tutela o jurisdicción denominado en el derecho público “dominio eminente o radical”, vinculado a la soberanía que ejerce y no a la propiedad, en virtud del cual, como representante del interés público, puede reglar jurídicamente el destino de las cosas aunque no le pertenezcan patrimonialmente. Es en virtud de este dominio, potestad o jurisdicción, que el Estado atribuye a los particulares diferentes derechos sobre las minas, prefiriendo un destinatario a otro, según la importancia de las sustancias y el grado de interés general comprometido. El regalista, o derecho regaliano, indicaba en el medioevo y en el régimen feudal, el privilegio del sumo imperio. Constituye, en el derecho moderno, un verdadero patronato o derecho de tutela que el Estado ejerce sobre las minas, por evidentes razones de interés público. El código argentino acepta este sistema para todas las sustancias clasificadas en la primera y segunda categoría.

El sistema dominial o dominical, por último, atribuye al Estado una suerte de derecho de propiedad sobre las minas y no sólo la jurisdicción o el patronato minero, como en el sistema regalista. Las minas, en el sistema dominial, forman parte del patrimonio indisponible del Estado.

Analicemos el significado que el dominio originario del Estado tiene, según la fórmula adoptada por el Art. 7, el cual atribuye ese dominio a la Nación o a las provincias, según el lugar en que las minas se encuentren situadas, y con el carácter de bienes privados, declaración ésta concordante con la del Art. 2342, inc. 2 del Código Civil, que le sirvió de antecedente.

Articulo 7º: “Las minas son bienes privados de la Nación o de las Provincias, según el territorio en que se encuentren”.

La concesión permite al titular del derecho, gozar de un verdadero derecho de propiedad sobre los yacimientos otorgados; no obstante ser una propiedad distinta de la del terreno, se rige por los mismos principios de la propiedad común -pueden venderlas, darlas en usufructo, arrendarlas, donarlas, transmitirlas a su muerte, hipotecarlas, aprovechar y disponer de ellas-con sujeción a las normas del Código de Minería, ya que es un derecho de propiedad sujeto a condición resolutorias, si no se cumple con las normas de amparo. Es de reconocer que no es así en otros sistemas jurídicos más modernos y con concepciones más evolucionadas, por ejemplo, en Francia se considera el derecho del concesionario como un derecho real inmobiliario de explotar; o en Italia,  donde se inclina a favor de la dominialidad estatal sobre el patrimonio minero. Méjico, en el Art. 27 de la Constitución, consagra el principio del dominio imprescriptible e inalienable de la Nación sobre las minas, y sólo el gobierno federal puede dar concesiones a los particulares.

La dominialidad del Estado sobre los recursos minerales ha tenido en las distintas épocas alcances y efectos diferentes, según constituya una expresión de la soberanía que el Estado ejerce sobre todas las cosas ubicadas dentro de su territorio, o represente la manifestación del poder real que el mismo aplica sobre las cosas: ´usus, fructus, abusus´. Como conclusión: el dominio público de las minas derivaría así, no de su uso general, sino de su destino final de servir a la utilidad general como bienes escasos y agotables. La declaración de utilidad  pública de la industria minera indicaría que la fuente generadora de esta actividad no puede pertenecer sino al dominio público.

El dominio minero del Estado forma un género especial de dominio administrativo cuyos elementos constitutivos pertenecen principalmente al dominio público. Sus caracteres son la inalienabilidad y la imprescriptibilidad. La inalienabilidad protege a perpetuidad la cosa asegurando su destino de bien común. Constituye en definitiva, la garantía legal de que ese destino no podrá ser afectado por actos del gobierno o por hechos de los particulares. La inalienabilidad no impide la constitución de derechos privados sobre el patrimonio minero del Estado, compatibles con el destino de utilidad pública fijado por la ley.

Además de la cuestión sobre la naturaleza del dominio originario de las minas, el Art. 7 decide el problema jurisdiccional de la división del patrimonio minero entre Nación y las provincias. Esta cuestión jurisdiccional de la propiedad de las minas, que alentó distintas posiciones doctrinarias y legislativas durante más de un siglo, ha sido definitivamente resuelta a través de la Reforma Constitucional sancionada el 22 de agosto de 1994. Conforme lo dispone el último párrafo de su Art. 124 “Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio”.

Debe recordarse que el Art. 10 del Código de Minería dispone que  “Sin perjuicio del dominio originario del Estado reconocido en el Art. 7, la propiedad particular de las minas se establece por la concesión legal”, de donde lo que se tiene dicho con respecto al citado Art. 7 del Cód. de Minería, será de una gran utilidad para establecer el concepto señalado.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha tenido oportunidad de recordar las diferentes leyes que rigieron en nuestro país, y el Procurador General de la Nación -en el dictamen de la causa “Yacimientos Petrolíferos Fiscales” de Fallos 301:341 La Ley, 1979-C, 322, en la que se contempló la cuestión del dominio originario de las minas- sostuvo: ”Desde otro ángulo importa destacar que el dominio de las provincias sobre las minas no es el dominio del Código Civil con los atributos que le son inherentes. Aquel dominio, tal como lo legisló el Código de Minería, es el dominio eminente o radical propio de un sistema regalista. El contenido económico es prácticamente ilusorio porque las provincias no pueden explotar esos bienes por sí mismas, debiendo conceder la propiedad útil a los particulares”. (Arts. 7º, 8º, 9º, 10 y concs. del Cód. de Minería). Y hasta el mismo canon que percibe la autoridad minera provincial con motivo de la concesión, pero que fija la autoridad minera nacional (Art.2º, Ley 10.273) tiene carácter simbólico y no rentístico.

En una sentencia del 5 de abril de 1982, la Sala 4º de la Cámara en lo Civil y Comercial de Rosario señaló que el dominio originario importa una potestad de disposición y regalía con sujeción a un ordenamiento fundamental. Esta es la esencia del dominio originario minero llamado regalista, transformado por virtud de distintas leyes modificatorias del Código, 12.161, 17.319 y 22.259, en dominial regalista, tendiente a asegurar la preponderante intervención del Estado en el aprovechamiento y explotación de los minerales (Arts. 9 y 13, Cód. Minería)

El D. Catalano(1) opina que el dominio minero del Estado constituye un género especial de dominio equiparable al dominio público, caracterización ésta que permite la mejor administración del patrimonio minero.

LA DISTINCIÓN ENTRE DOMINIO Y JURISDICCIÓN

La decisión de la Convención Reformadora de la Constitución de 1994, en materia de recursos naturales, ha sido reconocer el dominio originario a favor de las provincias, pero manteniendo la diferenciación entre tal dominio originario y la jurisdicción.

La Corte Suprema de la Nación en una sentencia del 29 de mayo de 1929, señaló la existencia en nuestro derecho de la distinción entre dominio y jurisdicción: “...Consideramos necesario distinguir el dominio de la jurisdicción ya que, esta última, entendida como capacidad para reglar los usos de un bien, no sigue siempre a su dominio”. Tal decisión es, por cierto, un ´leading case´.

El Dr. Pedro J. Frias respalda su opinión acerca de la distinción entre dominio y jurisdicción, en dicha sentencia -en la cual se discutía si la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe podía ejercer sus potestades impositivas dentro del ámbito geográfico del puerto de Santa Fe- en razón de lo dispuesto por el entonces vigente Art. 67 inc. 27 de la Constitución Nacional del 1853. [Art. 67 “Corresponde al Congreso…….27) Ejercer una legislación exclusiva en todo el territorio de la Capital de la Nación, y sobre los demás lugares adquiridos por compra o cesión, en cualquiera de las provincias, para establecer fortalezas, arsenales, almacenes y otros establecimientos de utilidad nacional”]

La Corte expresó “que dominio y jurisdicción no son conceptos equivalentes ni correlativos, pues bien pueden existir uno sin la otra. Así la jurisdicción sobre playas y riberas, que no importa el dominio nacional sobre ellas, así la que se ejerce sobre establecimientos nacionales ubicados en inmuebles no adquiridos y así el dominio privado del Estado general en bienes situados en las provincias y sobre los cuales no ha fundado obras o establecimientos de utilidad nacional: en éstos hay dominio y no jurisdicción. La jurisdicción nace del destino de orden nacional que se da a los terrenos obtenidos por compra o cesión”.

Frías señala que “no siempre hay coincidencia entre el titular del dominio y de la jurisdicción...”, siendo menester tener en cuenta que “...la jurisdicción es la suma de facultades divisibles en las diversas materias de gobierno, el dominio se ejerce sobre las cosas; la jurisdicción sobre las relaciones”.

* Primera parte del guión de la exposición brindada el  28-08-2008 en el MORENO. La segunda parte se  publicará en el próximo número.
** Abogada. Profesora de Derecho de Minería y Energía (UNLa Plata). Miembro del MORENO.

 
  Guerra por la energía - reportaje a Michael Klare
  por Democracy Now!*
 

El conflicto Rusia-Georgia está alimentado por la carrera para controlar los recursos energéticos en el Caspio

Juan González: Human Rights Watch ha acusado tanto a las fuerzas de Rusia como a las de Georgia de matar y herir civiles en ataques indiscriminados durante las luchas de la semana anterior. El martes, una bomba racimo rusa en la ciudad de Gori mató por lo menos ocho civiles incluyendo al periodista holandés Stan Storimans. Un periodista israelí fue seriamente herido en el mismo ataque. Human Rights Watch dijo que este es el primer uso conocido de municiones racimo desde el ataque israelí al Líbano en 2006.
Mientras tanto, se mantiene la alta tensión entre Washington y Moscú. El jueves, el Secretario de Defensa de EEUU, Robert Gates envió una severa advertencia a Rusia. “Si Rusia no retrotrae su postura y sus acciones agresivas en Georgia, la relación entre EEUU y Rusia puede ser afectada adversamente durante años”.

Amy Goodman: Rusia sostiene ahora que los hechos de la semana pasada han redibujado fundamentalmente las fronteras de Georgia. El ministro de exteriores ruso dijo que será imposible persuadir a las regiones separatistas de Osetia del Sur y Abhjazia de que acepten ser forzadas a regresar al estado georgiano.
Nuestro próximo invitado ha estado examinando de cerca cómo el conflicto ruso-georgiano es en gran medida una guerra ´energética´ sobre quién tiene acceso a las vastas reservas de petróleo y gas natural en la región del Caspio.

Juan González: Hace tres años los EEUU ayudaron a abrir un oleoducto de 1000 millas de largo que conecta Azerbaijan con Turquía, a través de Georgia. El oleoducto fue diseñado específicamente para eludir Rusia. Más oleoductos y gasoductos están proyectados para construir en Georgia.

Michael Klare es el autor de trece libros, incluyendo “Sangre y petróleo” y “Las guerras por los recursos”. Su último libro es “Potencias en ascenso, planeta que se contrae: la nueva geopolítica de la energía”. El autor es analista de defensa de “The Nation” y director del “Five College Program in Peace and World Security Studies” del Hampshire College in Amherst (Massachusetts). Está con nosotros esta mañana.
Bienvenido a Democracy Now!, Michael. Háblanos acerca de los oleoductos y del problema energético, que ha recibido casi muy poca atención en toda la cobertura del conflicto Rusia-Georgia.

Michael Klare: Buenos días. Creo que eso es lo que está en la base del conflicto y tiene que ver con el hecho de que los EEUU ha visualizado el Mar Caspio, que está al este de Georgia, como un corredor de energía para exportar el petróleo y gas del Caspio, eludiendo a Rusia. Y esto salió del cerebro de Bill Clinton, que vio una oportunidad cuando se partió la Unión Soviética, de ganar el acceso al gas y petróleo del Caspio, pero no quería que esa energía pasara a través de Rusia o de Irán, que eran las únicas vías naturales de exportación de esa energía.
Entonces ungió a Georgia como puente, para construir nuevos oleoductos a través de Georgia hacia el oeste. Y fue él quién pergeñó la construcción del ducto BTC(1), que ahora es la salida de ese petróleo, y de supuestos futuros gasoductos. Eligió Georgia para este fin, y armó a los militares georgianos para proteger el oleoducto, y Rusia se ha puesto furiosa por eso desde entonces. Pienso que esa es la razón por la que han aferrado fuertemente a Abhjazia y Osetia del Sur desde ese momento.

Amy Goodman: No hemos oído hablar mucho de este conflicto, a la secretaria de Estado Condoleezza Rice cuando ha ido a esa área, es decir de la política petrolera que está detrás de este conflicto.

Michael Klare: No, pero si se estudia de cerca la historia de los lazos de EEUU con Georgia, no se puede equivocar. Aún bajo la administración Clinton, cuando Eduardo Shevardnadze era presidente de Georgia, que estaba lejos de ser un paradigma de democracia, el presidente Clinton dijo que necesitábamos a Georgia como un aliado energético de EEUU. Y esa era la base sobre la cual EEUU forjó una alianza militar con Georgia.

Y desde entonces, hemos volcado centenares de millones de dólares alimentando a los militares georgianos. Y no hay modo de equivocarse con las justificaciones del Departamento de Estado y del Ministerio de Defensa para armar a los militares georgianos, específicamente para la protección del oleoducto BTC contra ataques y sabotajes. Mirando los documentos del Pentágono y del Departamento de Estado, no hay duda que se trata de la seguridad energética, no de la democracia o de los derechos humanos o de otras justificaciones que se dieron.

Juan González: Ahora bien, ¿cómo afectarían las provincias separatistas en esta batalla? ¿El oleoducto pasa por una o por ambas?

Michael Klare: No, corre muy cerca de Osetia del Sur, en particular, y creo que los rusos están resentidos desde siempre por este esfuerzo de EEUU por eludir Rusia. Ahora, antes de este esfuerzo de la administración Clinton -adoptado luego por la administración Bush- de instalar oleoductos que eluden, antes de eso todos los oleoductos del mar Caspio atravesaban Rusia -antes la Unión Soviética por supuesto- corriendo hacia Europa.

Y es la ambición de los líderes rusos, especialmente de Vladimir Putin, dominar el flujo de petróleo y gas natural desde el mar Caspio a Europa, de modo de poder maximizar el rédito y la ventaja política de dominar el flujo de energía del Caspio a Europa. Y al construir esos oleoductos alternativos, los EEUU tratan de recortar el poder económico y político de Rusia en Europa. De esto se trata. Es una contienda geopolítica entre EEUU y Rusia, por la influencia en Europa.

De modo que, aferrándose a esos enclaves, esta es la política de reaseguro de Rusia –creo que podemos llamarla- o el poder de veto, contra la estrategia norteamericana, porque dicen: “Desde nuestra posición en estos enclaves, podemos cortar esos oleoductos cuando queramos”, que es lo que intentaron hacer esta semana. Bombardearon o atacaron, efectivamente, a los ductos. Y lo que le están diciendo a los europeos es: “Pueden construir ductos a través de Georgia, pero podemos hacerlos estallar cuando queramos”. Y pienso que el mensaje que han estado enviando a los europeos es: “No piensen que pueden construir más ductos a través de Georgia y que estarán seguros. Nunca estarán seguros”

Juan González: Y Michael, como mencionaste en uno de tus artículos recientes, los líderes rusos están tan atados a la infraestructura energética como la actual administración Bush a la infraestructura energética aquí. El presidente Medvedev ha sido director de Gazprom, ¿no?

Michael Klare: Sí, exactamente. Y lo que está en marcha en Europa es un esfuerzo encabezado por la Unión Europea, es salir de debajo del rol dominante de Gazprom en la distribución del gas natural. Gazprom distribuye ahora algo así como la cuarta parte del gas natural en Europa.  Esto preocupa mucho a muchos europeos y a EEUU, porque recorta la independencia de la OTAN. De modo que, azuzada por EEUU, Europa hace planes para construir un sistema alternativo de gas natural, llamado Nabucco –como la ópera de Verdi- que atravesaría Georgia. Y creo que uno de los objetivos principales de la incursión de Rusia en Georgia es decir a los líderes europeos “Sus ideas sobre Nabucco son fútiles, porque nosotros poder reventar el sistema Nabucco en cualquier momento en que nos lo propongamos.”

Amy Goodman: Michael Klare, quiero preguntarte acerca del asesor de John McCain, la controversia sobre Randy Sheunemann, dueño de una parte de la empresa de ´lobby´  Orion Strategies; el Washington Post reveló que Sheunemann informó brevemente a McCain antes de que llamara al presidente georgiano Saaskashvili en abril, el mismo día que Orion firmó un contrato de u$s 200.000 para asesorar al gobierno de Saakashvili. Scheunemann ayudó luego a McCain a redactar una declaración de fuerte apoyo a Georgia. Y Saakashvili se ha dirigido directamente a McCain, quiero decir, habló a McCain a través de la prensa.

Michael Klare: Sí. Es mi impresión que los círculos neoconservadores en Washington han estado incubando a Saakashvili, le han estado diciendo que tenía mucho mayor apoyo de Washington para esta movida, para este ataque que hiciera la última semana sobre Osetia del Sur, del que tenía en realidad. Pienso que, como en muchas más situaciones que han pasado en unos pocos, últimos años, hay realmente dos voces en la política exterior de Washington: la voz de Condoleezza Rice en el Departamento de Estado, y la de la Oficina del Vicepresidente y de otros cercanos a Dick Cheney, que tienen una política exterior completamente diferente. Y no me sorprendería si la gente alrededor de McCain y del vicepresidente Cheney, le habría estado diciendo a Saakashvili que si invadía Osetia del Sur, tendría mucho más apoyo de los EEUU del que tenía en realidad. Y que esto lo hubiera motivado a provocar este choque, pensando que los EEUU vendría a rescatarlo. No tengo ninguna evidencia de ello, pero este tipo de informe que ustedes acaban de citar me lleva a pensar que él se metió en Osetia del Sur la semana pasada, con algún tipo de promesas que nunca se materializaron.

Juan González: ¿Y qué piensas de Barack Obama, el presunto candidato demócrata, de su respuesta ante esta crisis? ¿Ves alguna diferencia en su enfoque sobre este punto, de los previos de Bill Clinton, o de los del presidente Bush, en la situación de Georgia?

Michael Klare: Bueno, sabés, tengo la sensación que todo esto lo encontró con la guardia baja. No parece que estuviera siguiendo el asunto tan de cerca como hubiera debido hacerlo. No creo que era conciente de cuánto había en esta historia de apoyo de EEUU a Saakashvili, y cuánto aliento había estado probablemente recibiendo de gente en Washington para embarcarse en esta política aventurera contra los rusos. Y otra vez, no sé cuánto es conciente del grado en que Georgia ha sido un protectorado militar de EEUU –los centenares de millones de dólares de ayuda militar, el hecho que hay instructores militares en Georgia; y que esta política de ´vía rápida´ de la OTAN que la administración Bush ha favorecido –esto ha sido visto desde Moscú como un esfuerzo, parte de este mayor esfuerzo, que la administración Bush ha impulsado- es vista en Moscú como parte de una ofensiva, un ataque sobre Rusia. Está ligado, por supuesto, a los planes para instalar interceptores misilísticos en Polonia y los radares en Checoslovaquia. Lo ven como un asalto a Rusia de Guerra Fría proveniente de Washington, ligado también a los planes que mencioné recién de traer a Ucrania y Georgia a la OTAN. Ellos sienten que están siendo atacados y muy amenazados. Y por lo tanto todo esto es visto por ellos como algo que requiere una respuesta contundente.
No tengo la sensación que el senador Obama estuviera muy conciente hasta qué grado ellos se sentían atacados e impulsados a contrapesar de alguna forma de réplica.

Amy Goodman: También es interesante ver a los presidentes de Latvia, Lituania y Estonia respaldar al presidente georgiano. Todos ellos fueron a Georgia. Acabo de venir de Lituania, Latvia y Estonia, y me impactó mucho que, cuando preguntaba por qué estos países se habían unido a EEUU en la invasión a Irak aunque sus fuerzas eran muy pequeñas en número, tanto en Irak como en Afganistán, la gente respondía reiteradamente: “Tenemos que hacerlo porque necesitamos el apoyo de EEUU contra Rusia”. Están aún muy temerosos de una ocupación rusa. No olvidan los sesenta años.

Michael Klare: Sí, es cierto. Pero por otra parte, yo vuelvo -otra vez- a la noción de que nosotros tenemos dos políticas para el exterior. Tenemos la política exterior del Departamento de Estado, Condoleezza Rice, quien a menudo habla de la necesidad de una relación cooperativa con Rusia, con trabajar estos temas complicados, y tenemos una política exterior neoconservadora que emana de la oficina del vicepresidente, que no está interesada en la cooperación, que está interesada en la confrontación y en revivir la Guerra Fría. Y pienso que van a los países, en las fronteras de la Unión Soviética, y los alientan para seguir la línea confrontativa y buscan líderes que estén dispuestos hablar ese lenguaje. A eso no es lo que se inclina el resto de Europa.

Amy Goodman: Michael Klare, queremos agradecerte haber estado con nosotros.

(1) BTC significa Bakú-Tiflis-Ceyhan, respectivamente: centro petrolífero de Azerbaijan, capital de Georgia y puerto turco sobre el Mar Negro. (Nota del editor).
*Democracy Now! es un programa difundido por radio y TV en EEUU, creado originalmente por Amy Goodman, que sostiene posiciones críticas sobre las políticas del gobierno y el ejercicio de la democracia en EE UU.  En la actualidad se difunde también en la web: www.democracynow.org.
El reportaje fue publicado el 16-08-2008. Traducción del InfoMORENO.

 
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EL MORENO ADHIERE E INVITA

"Por un tren para todos, cuidado por todos"

hablarán:
Pino Solanas y Elido Veschi

Martes 16 de septiembre - 18.30 hs
en el Bauen, Callao 360 (C.A.B.A.)

convoca Proyecto Sur

Concesiones en Neuquén y patriotismo sindical

Petroleras pagarían u$s 600 Millones a Neuquén para extender las concesiones por diez años de sus principales yacimientos. Vencen en 2017 y llegarían a 2027. Las principales firmas que operan en la provincia patagónica son YPF, de Repsol y Eskenazi; las estadounidenses Chevron y Apache; la brasileña Petrobras, la francesa Total, las locales Pluspetrol y Tecpetrol y Pan American Energy (PAE), de la británica BP y los Bulgheroni. El mayor aporte será efectuado por YPF, con unos 210 millones de dólares en 18 cuotas.
En una solicitada publicada en medios nacionales, los sindicatos petroleros presionan por las prórrogas: el Sindicato de Petróleo y Gas Privado comandado por Guillermo Pereyra reclamó la renegociación de los contratos de la cuenca neuquina (correspondiente a las provincias de Neuquén, Río Negro y La Pampa) aduciendo que peligran 2.000 puestos de trabajo. Si bien dicen reconocer que las empresas "han disminuido su actividad aduciendo no tener un panorama claro", el Sindicato acompaña la renegociación de Neuquén y reclama a las provincias de La Pampa y Río Negro que hagan lo mismo sin solicitar ninguna condición a los empresarios.

Las subas de tarifas que vienen: aguas, gas, luz, ¿transporte?

Una vez que estén vigentes los aumentos de la luz y el gas, la intención oficial es aumentar las tarifas de la estatal AySA. (agua potable y cloacas) entre el 15 y el 20% a partir de noviembre. Están congeladas desde el año 2000 y el criterio es que paguen más los usuarios que más consumen y los que tienen mayores ingresos.
Para la Capital Federal se estudia adoptar el método de dividirla en zonas y aplicar las subas más elevadas a los que viven en los barrios de mayor poder adquisitivo.  En tanto para los 17 partidos del conurbano que están bajo la órbita de AySA, se buscarían otros criterios de diferenciación, basados en la ubicación geográfica y las superficies construidas que tienen los usuarios residenciales.

En el gas el aumento para los usuarios residenciales oscilará entre el 10 y 30%, mientras que para los clientes comerciales e industriales el ajuste llegará al 10%. Junto con estas subas, el Gobierno quiere acordar con las petroleras y las distribuidoras para reducir el precio de las garrafas de 10 Kg. de GLP de los $ 40 promedio que cuestan hoy, a un valor que estaría entre los $ 15 y $ 20.

La electricidad ya tuvo un aumento de tarifas, del 21 % en promedio para las casas de familia que consuman más de 650 kW y del 10 por ciento para los comercios e industrias, que mejora los ingresos de Edenor, Edesur y Edelap y que rige desde el 1º de julio. Pero ahora se discuten otros ajustes: las distribuidoras (Edenor, Edesur, Edelap) ven la posibilidad de que les cedan el 50% de las multas que cobran a quienes consumen más energía, por el PUREE. Eso representaría un equivalente al 5% de la tarifa.
Pero además está en discusión otra alza tarifaria destinada a las usinas generadoras, para achicar el subsidio que reciben esas empresas: el Gobierno les entrega el gasoil que utilizan comprándolo en el mercado internacional a valores muy superiores a los locales. Este aumento se centraría sobre todo en las casas de familia que consumen más de 1.000 kw., que pasarían a pagar la luz, dicen, a valores reales de producción.

En el transporte comenzó a regir este mes un nuevo incremento en los salarios de los choferes. Desde el 2001, cada aumento de sueldos de colectivos, trenes o subtes fue acompañado de un alza de subsidios para financiarlo, aunque en enero pasado ya habían subido las tarifas del transporte y los ingresos se destinaron a salarios. Los privados esperan ahora un nuevo incremento porque, alegan, ya está rigiendo el alza de salarios pactada con UTA y con Unión Ferroviaria. Ellos especulan que el alza llevaría el boleto mínimo de colectivo a entre 1,10 y 1,25 pesos, y el de tren a 0,85 o 0,90 pesos.
Pero en el Gobierno tienen un punto de vista diferente. Clarín atribuye a un funcionario la posición: "El ajuste para las tarifas de colectivos, trenes y subtes es algo que no está decidido, que por ahora no se concretará"

Tarifa social para la energía
 
Las tarifas de luz eléctrica en Salta podrían aumentar en los próximos días. El gobierno tiene previsto autorizarle un incremento tarifario a EDESA. Así lo confirmó el presidente del Ente Regulador de los Servicios Públicos (ENRESP), Federico Posadas, aunque dijo desconocer en qué porcentajes será la suba, lo que dependerá de un análisis de los mayores costos que debe afrontar la compañía. El Sindicato de Luz y Fuerza de Salta sostuvo la necesidad de reforzar los mecanismos que aseguren el acceso a la tarifa social a un sector de la población que no tiene como protegerse del incremento de los precios, y discutir tarifas diferenciadas para que "los más tienen y más consumen, paguen más", según un documento con la firma de Lauro Paz secretario general y David Figueroa subsecretario de la entidad gremial.

Presiones sobre los precios

El secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, mantiene la presión sobre las empresas petroleras y las estaciones de servicio -en especial en las bocas de expendio en manos de pequeños y medianos empresarios- para lograr una baja en los precios de las naftas y el gasoil de hasta 15%, El funcionario envió a las petroleras (Esso, YPF y Petrobras, pero no a Shell, que suele rechazar su política de precios) una lista –sin membrete ni firma oficial- con los valores que deben exhibir los surtidores de la Capital y la Ciudad de Buenos Aires: $ 3,079 el litro de premium -el producto más caro del mercado- $ 2,575 el de súper y $ 1,889 el de gasoil, esto es con subas del 6%, 4,6% y 14,5% respectivamente, con respecto a los valores promedio en Buenos Aires para julio, según datos de la Secretaría de Energía.
La ´sugerencia´ de Moreno no sólo fue objeto de rechazo por el sector empresario. También levantaron la guardia los gremios vinculados a las estaciones de servicio. El Sindicato de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio de Capital Federal dispuso declararse en "alerta y movilización" ante posibles despidos o suspensiones por el cierre de estaciones de pequeños y medianos propietarios...

Corte y acusación

Autoridades de la transportadora de electricidad Transener, denunciaron ataques contra "los tramos de líneas: Ezeiza - Henderson I y II, pertenecientes al Sistema de Transmisión en 500 kW Comahue - Buenos Aires" atribuyendo a un corte intencional de riendas la caída de torres de las dos líneas. Produjo el corte de suministro de unos 2500 Mw. a distintas zonas del país, que duró más de media hora.

Edificio todo "a viento"

En Mar del Plata se ha inaugurado un edificio con alimentación eólica, que abastece el suministro necesario para el funcionamiento de los dos ascensores y de toda la iluminación en espacios comunes. En la inversión, que superó los cuatro millones de pesos, el aerogenerador Invap SE, con capacidad para generar 4,5 kilovatios/hora, tuvo un costo mínimo. La energía que almacena en las baterías es capaz de atender la demanda eléctrica del edificio durante diez días. Podría significar un ahorro del orden del 15% en los valores habituales de las expensas.
Ha habido consultas para emprendimientos similares que se proyectan en Punta del Este y en Turquía.

 

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