Estimado cliente,
Con motivo de las mejoras tecnológicas continuas, este despacho ofrecerá a sus clientes desde 01-02-2021 la posibilidad de realizar notificaciones certificadas y fehacientes con pleno valor legal y judicial mediante email y sms.
Esto supone que aquellas empresas y autónomos que recaben los datos de email y número de móvil de sus trabajadores, podrán usar esos medios para notificaciones tales como ertes, despidos, bajas, preavisos, expedientes disciplinarios y cualesquiera otras comunicaciones que precisen ser certificadas y fehacientes.
Resumen:
¿Puedo notificar a un trabajador mediante email o sms un despido u otros trámites?
Si, siempre que el trabajador nos haya informado voluntariamente ese dato.
¿Puedo obligar a un trabajador a darme su email o teléfono móvil?
No, es algo voluntario, pero dado que es ya algo habitual, lo normal es que los trabajadores no se opongan.
¿Qué es preferible, el email o el sms?
Es mejor la notificación por email, pues en un email se pueden adjuntar archivos.
¿Qué beneficios tiene la notificación mediante email o sms certificados?
Velocidad, seguridad legal y sencillez.
¿Cómo debo solicitar a mis trabajadores sus datos de email y número de móvil correctamente?
Adjuntamos a este email un documento donde el trabajador, voluntariamente, puede indicar su móvil y/o email.
Muy atte,
IFRA LABORAL