Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Informática.
Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
AVDA. CAMPANAR, 32
46015 Valencia
ABIERTO. El plazo de presentación de las solicitudes y la documentación será de 5 días habiles a partir del día siguiente de su publicación.
BOLSA DE TRABAJO
Valoración de méritos
A - Doctorado, Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o equivalente
. GRADO:
- INGENIERÍA MULTIMEDIA.
- INGENIERÍA INFORMÁTICA.
- INGENIERÍA DE SOFTWARE.
- DISEÑO Y DESARROLLO DE VIDEOJUEGOS.
- MATEMÁTICA COMPUTACIONAL.
- INGENIERÍA INFORMÁTICA DE GESTIÓN Y SISTEMAS de INFORMACIÓN.
- INGENIERÍA DE COMPUTADORES.
- INGENIERÍA INFORMÁTICA EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN.
- INFORMÁTICA Y SERVICIOS.
- INGENIERÍA INFORMÁTICA DE SERVICIOS Y APLICACIONES.
- INGENIERÍA DE SISTEMAS TIC.
- INGENIERÍA DE TELECOMUNICACIONES.
. LICENCIATURA:
- INFORMÁTICA DE GESTIÓN.
- INFORMÁTICA DE SISTEMAS.
. INGENIERÍA:
- INFORMÁTICA.
- TELECOMUNICACIONES.
. INGENIERÍA TÉCNICA:
- INFORMÁTICA DE GESTIÓN.
- INFORMÁTICA DE SISTEMAS.
- TÉCNICA EN TELECOMUNICACIONES.
. GRADUADO:
- INGENIERÍA MULTIMEDIA.
- INGENIERÍA ELECTRÓNICA, ROBÓTICA Y MECATRÒNICA.
. TITULACIONES EQUIVALENTES DE TODOS LOS ANTERIORES.
a) Estar en posesión, a la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, del certificado de capacitación
para la enseñanza en valenciano, que deberá acreditarse conforme a lo
establecido en la Orden 17/2013, de 15 de abril, de la Conselleria de
Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las titulaciones
administrativas que facultan para la enseñanza en valenciano, y en
lenguas extranjeras en las enseñanzas no universitarias en la Comunidad
Valenciana.
b) Estar en posesión, a la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, de la formación pedagógica y
didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en los términos que para cada uno de
estos cuerpos se describe en el anexo V de la presente convocatoria.
c)
Estar en posesión, en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, de alguna de las titulaciones específicas
que se detallan en el anexo VI.
DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTARSE JUNTO A LA INSTANCIA
Con carácter obligatorio:
1.
Autorización de consulta de datos personales en el Sistema de
Verificación de Datos de Identidad y Residencia en la instancia. En su
defecto se aportará fotocopia del DNI. (Real Decreto 522/2006, de 18 de
abril).
2. Fotocopia compulsada del título académico o, en su defecto, tasa del título y certificación académica.
3.
Fotocopia compulsada del título o experiencia docente que acredita la
formación pedagógica y didáctica que se establece en el anexo V de esta
convocatoria.
4. Fotocopia compulsada del certificado de Capacitación
para la enseñanza en Valenciano expedido al amparo de la Orden 17/2013,
de 15 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte.
5.
Fotocopia compulsada de alguno de los documentos relacionados en el
anexo IV (Solo para aspirantes que no posean la nacionalidad española).
Apartados del baremo:
Apartado
1.- Certificado donde consten ejercicios aprobados en la oposición (no
será necesario cuando se aleguen ejercicios de procedimientos selectivos
convocados por la Generalitat Valenciana).
Apartado 2.- Certificado
de servicios en centros públicos o, en su defecto, fotocopia de la toma
de posesión y cese, donde figure la especialidad, de todos los períodos
trabajados acompañados de informe de vida laboral de la Tesorería de la
Seguridad Social.
Apartado 3.- Fotocopia del contrato de trabajo de
todos los períodos trabajados e informe de vida laboral de la Tesorería
de la Seguridad Social.
Todos los documentos han de ser aportados
junto con la instancia en el plazo establecido en esta convocatoria.
Cualquier documentación relativa a méritos aportada fuera de plazo no
será tenida en cuenta en la baremación.
No se computará ningún mérito que no esté incluido en el baremo de la convocatoria.
Preferentemente en la Subdirección General de Centros y Personal Docente de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Información en web organismo
http://www.ceice.gva.es/web/rrhh-educacion/informaticaFase: Convocatoria