LA CRIMINALÍSTICA CIENCIA AUXILIAR DEL DERECHO PENAL

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Lic. Héctor Berducido

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Nov 22, 2011, 12:37:16 PM11/22/11
to Escuela del Técnico Profesional USAC
CRIMINALÍSTICA

La criminalística es la disciplina que tiene por objeto el
descubrimiento, explicación y prueba de los delitos, así como la
detección de sus autores y víctimas. La criminalística se vale, de
todos los métodos y técnicas de investigación posibles,
proporcionados por las más diversas áreas del saber científico;
ello, en cuanto sirvan a su objeto. Pero, a su tiempo, va
desenvolviendo su propio cuerpo de conocimientos y adquiriendo
autonomía disciplinaria.

Algunos estudiosos han incluido las fuentes de la
criminalística en su concepto. Así, por ejemplo, la
criminalística es la disciplina que aplica fundamentalmente los
conocimientos, métodos y técnicas de investigación de las
ciencias naturales en el examen del material sensible
significativo relacionado con un presunto hecho delictuoso con el
fin de determinar en auxilio de los órganos encargados de administrar
justicia, su existencia o bien reconstruirlo, o bien señalar y
precisar la intervención de uno o varios sujetos en el mismo.

Otro concepto podría ser: La criminalística es una ciencia
penal auxiliar que mediante la aplicación de sus conocimientos,
metodología y tecnología, al estudio de las evidencias
materiales, descubre y verifica científicamente la existencia
de un hecho presuntamente delictuoso y al o a los
responsables aportando las pruebas a los órganos que procuran y
administran justicia.

La criminalística como ciencia y como arte.
No han faltado especialistas que dudaran del carácter científico de la
criminalística. Hay quienes dicen al respecto que la
criminalística es el arte de descubrir el crimen mediante la
investigación de los indicios, su interpretación, su
valoración y el establecimiento de conclusiones lógicas que,
apoyándose en presunciones, salten a la certeza que conduce a la
convicción y, en su caso, a la confesión del criminal.

Quizá la propia evolución de la disciplina, con el correr del tiempo,
y la forma en que se sucedieron los descubrimientos de importancia
para la pesquisa, expliquen las primigenias denominaciones: Arte
policial; técnica policial; policiología, etc.

Se propone la expresión técnica policial, y se alega que una
disciplina como ésta es un arte, no una ciencia; ello, ya que
comprende procedimientos y métodos sin desarrollar leyes
propiamente dichas. Se coincide en que la criminalística, como
disciplina que amalgama todos los estudios relativos a la técnica del
crimen, puede ser hoy considerada como una ciencia con objeto y método
propios. Se puede advertir que la criminalística no podía en sus
comienzos, basados en la intuición y la experiencia
personales, alcanzar el rango de ciencia ni tener su propia
autonomía.

LA CRIMINALÍSTICA CIENCIA AUXILIAR DEL DERECHO PENAL

Los especializados en criminalística, si bien no dudan en
reconocer su carácter científico autónomo, la consideran como
disciplina auxiliar del Derecho y de los procesos penales.
Desde su propio marco de investigaciones y conocimientos, y
aun desde sus primeras observaciones policíacas, la
criminalística también enriquece el saber criminológico.

En su quehacer propio, inspecciones, pericias, reconstrucción de
hechos, puede explicar o corroborar hipótesis criminológicas,
aun en el campo teórico, por ejemplo, el aprendizaje de evitación de
la detección policial por el delincuente, la victimología, etc. Hay
quienes ubican a la criminalística como ciencia de la pesquisa
junto con la policía judicial científica. La separa, así, de las
ciencias causal, explicativas, como por ejemplo, la
antropología, la biología, la psicología, la sociología
de criminales y la penología.

La criminalística, al igual que la antropología, la psicología, la
sociología criminales, etc., integra el dominio de la criminología,
entendida, ésta, en sentido amplio, ello, ya que a nuestro juicio
también sirve al estudio del delito y del delincuente desde los casos
particulares a los generales, y su teorética puede compatibilizar y
servir a la contrastación de hipótesis criminológicas.
Este carácter auxiliar, limitado al derecho penal, es remarcado por
otros autores. Se dice que la llamada criminalística, esto es, el
conjunto de los diversos conocimientos prácticos que son necesarios a
un magistrado penal, no es más que una colección de las más diversas
nociones que van desde la historia al folklore, desde la antropología
a la mecánica, desde la química a la agrimensura, desde la psicología
a la holística. Nociones, por lo demás utilísimas que el magistrado,
en cuanto es el peritus peritorum, no debe ignorar.
Clasificación
La criminalística es autónoma, científica y técnica; ello, aunque se
valga, de los conocimientos de múltiples disciplinas.
Existe una criminalística policial, técnica policial o policía
científica y una criminalística médico legal.
Diciéndolo así se admite la existencia de una criminalística
dactiloscópica, balística, etc. Y no sólo médico legal. Ello es así,
aun reconociendo que la medicina legal antecediera a la criminalística
como ciencia oficial aplicada al campo jurídico.
El hecho de que cierta reproducción histórica del crimen tenga lugar
en un marco médico legal y que sea llevada a cabo por el cuerpo médico
forense, o por expertos en balística o por químicos, en nada obsta a
la autonomía de objeto y finalidad inescindibles de esta disciplina;
ello, según los lineamientos ya expuestos en los parágrafos
precedentes. Sería absurdo establecer la referida distinción basándose
en que la criminalística médico legal tiene por finalidad la búsqueda
de indicios anatómicos, biológicos o humorales. La criminalística se
vale de múltiples medios: los médicos legales son solo uno de ellos,
existen expertos en construcción, en agricultura, en diseño, en
sistemas digitales, en computación, en fenómenos atmosféricos, en
cambio climático, etc.
Pesquisa inicial y literatura policial
La criminalística atravesó tres épocas:
1) La época pre científica, comúnmente conocida como la de la pesquisa
de Vidocq, quien desde un inicio criminal pasó a ser un investigador
policial, precursor de la criminalística y fundador de la Su reté;
2) La época del individualismo empírico, basada en meras experiencias
individuales y en el aprendizaje de los conocimientos que se iban
perfeccionando sólo a través de dichas experiencias;
3) La época científica, con la recepción de las más diversas fuentes
de tipo experimental, al tiempo que se desarrollaban los métodos de
investigación técnica.
En sus orígenes las pesquisas recurrían a veces al arte y a los
conocimientos de los propios delincuentes, quienes, contratados,
ponían al servicio de aquéllas sus experiencias formadas en el
aprendizaje de evitación de la detección del delito y de su autor; así
fue como la policía francesa incluyó en sus filas a Eugene Francois
Vidocq, 1775-1857, cuando corría el año 1809.
Se dice que sus célebres casos influyeron en la producción literaria
de Víctor Hugo, Dickens y Balzac. Sus intuiciones, su manejo
analítico, aún hoy llenan huecos no cubiertos por la ciencia. Al
retirarse, Vidocq fundó su buró de investigaciones en París en 1833.
Se afirma que la imaginación de los novelistas contribuyó también al
desarrollo de la criminalística. Locard efectuó un estudio de la
novelística, incluyendo las creaciones de Dupin, por Edgard Poe;
Sherlock Holmes, por Sir Arthur Conan Doyle, etc. Halló Locard que
la metodología policial ha seguido no pocas veces pistas y métodos de
esta literatura, incluyéndolas incluso en su cuerpo de conocimientos.

DACTILOSCOPIA
Se afirma que la dactiloscopia ha sido uno de los primeros
campos de investigación criminalística. Se dice que ya en los
muros de Ur (Caldea) del Arte Rupestre se comprobó la existencia de
impresiones digitales que datarían del 2,000 antes de Cristo.
Por lo demás, según el estudio, Quintiliano cuenta que un joven ciego,
acusado de haber asesinado a sus padres, probó su inocencia por
huellas aparecidas en el lugar del crimen; ello sucedió en el año 33
antes de Cristo. Algunos autores, sin embargo, prefieren ubicar los
primeros antecedentes en la China del siglo (VII) siete, donde los
tratos comerciales de la época identificaban a las partes con las
impresiones dactilares. Lo cierto es que se observó y estudió
los relieves y dibujos papilares de los dedos y de las palmas de las
manos, del arte rupestre, por un profesor de Anatomía de la
Universidad de Bolonia. Luego se procedió a completar los estudios
realizados y en una tesis al respecto se describen nueve
formaciones distintas en las terminaciones digitales. Algunos
autores lo consideran como el primero en clasificar las huellas
dactilares.

EN BALÍSTICA
Otros aportes importantes se encuentran en balística, fueron
precursores Goddardf, Baltasar; este último crea el primer método de
identificación de proyectiles de armas de fuego. Innecesario resulta
destacar la importancia que tiene la balística en delitos contra la
vida, por ejemplo. En 1840, Orfila da nacimiento a la toxicología,
ciencia de los venenos (toxico), cuyo aporte a la reconstrucción de
homicidios y suicidios es enorme.
A modo de síntesis, puede añadirse que este largo desarrollo en la
lucha policial para descubrir el crimen, y el accionar de los
delincuentes para evitar la reconstrucción de aquél y su detección,
fue conformando la disciplina a la cual Hanns Gross denominó
Criminalística. También se señala como iniciador de este disciplina a
Hagemann, quien a mediados del siglo XIX escribió el Manual de la
investigación forense.
Otros autores, según se advierte, atribuyen el origen de la
criminalística a dos italianos: Marco Antonio Blanco y Antonio María
Cospi. La obra del primero data del siglo XVI y la del segundo de
mediados del siglo XVII;

LA CRIMINALÍSTICA Y SU ENSEÑANZA ACTUAL
La criminalística, disciplina a la cual el propio Gross consideró un
arte y no una ciencia, no sólo fue adquiriendo el derecho a ser
considerada como tal, sino que en el siglo XX se constituyó en objeto
inevitable de estudio de jueces y abogados especializados; además,
obviamente, de la propia policía. El primer Congreso de
Criminalística tuvo lugar en 1944, en Santiago de Chile, y se
constituyó bajo la denominación de Primer Congreso Panamericano de
Criminalística. Esta disciplina ha sido objeto de análisis
tanto nacional como internacional. Una de las
recomendaciones dadas en Santiago de Chile, en el referido congreso,
fue precisamente que era conveniente poner en práctica el dictado
de una cátedra independiente de Criminalística en los cursos de
perfeccionamiento profesional (licenciaturas de postgrado en
Criminología, doctorados en Ciencias Penales, etc.

En algunas Policías, ésta disciplina se denominan primigeniamente
Policía Científica; luego, Técnica Policial y, finalmente en 1960
Criminalística. Algunas facultades latinoamericanas ya se incluyó la
Criminalística como materia del Curso de Perfeccionamiento para
postgraduados, del Instituto de Derecho Penal y Criminología, esto
por el año de 1952, el cual dejó discípulos destacados en el campo
criminológico que han escrito del tema y ha permitido conocer los
últimos avances en la investigación científica de la escena del
crimen. Ya en la Universidad de Buenos Aires, fue creada las
licenciaturas en Criminología y en Criminalística que debían
dictarse en el Instituto de Derecho Penal y Criminología de la
Facultad de Derecho y Ciencias jurídicas y Sociales. La licenciatura
en Criminalística se ha venido dictando normalmente hasta 1988, año en
el cual se suspendió el ingreso al primer año.

LA MEDICINA LEGAL CRIMINALÍSTICA
Esta sección de la criminalística es un capítulo de la criminalística;
contribuye, como otras disciplinas que son su fuente, al propósito de
reproducir los fenómenos delictivos y detectar a sus autores, así como
a aportar todos los datos que expliquen la dinamogénesis fáctico
criminal. Por ello la criminalística tiene alcance sobre
otros problemas centrales de la Criminología; así por ejemplo, el
aprendizaje criminal, el aprendizaje de evitación criminal, el bajo
índice de detección, la necesidad de acentuar ciertas indagaciones,
etc. La criminalística hállese, en su estadio superior, plenamente
articulada con el quehacer criminológico.

Un estudio riguroso de la fenomenología del diseño y práctica
del crimen, como fenómeno individual y grupal y de la pugna entre
la evolución de los conocimientos policiales y la de los delincuentes
para evitar ser atrapados, promete un novedoso campo de hipótesis
a partir del control de nuevas variables independientes,
intervinientes en este fenómeno de la delincuencia. Además, el
campo de delincuencia oculta es también un área de gran
significación en la que pueden contribuir los conocimientos
criminalísticos, esclareciendo muchos puntos oscuros.


TAREAS OBJETO DE LA CRIMINALÍSTICA
Montiel Sosa señala como tareas fundamentales de la criminalística,
con base en el estudio técnico y científico de las evidencias
materiales, las siguientes:

1) Investigación y demostración de la existencia de un hecho
presuntamente delictuoso;
2) Verificación y determinación de los fenómenos producidos en el
hecho, señalando su mecanismo;
3) Colección de todos los elementos dirigidos a la identificación de
la víctima si existiere;
4) Reunión de todas las evidencias que lleven a la detección del o de
los presuntos autores;
5) Articulación de todas las pruebas indiciarias relativas al grado de
participación y modalidades de cooperación material.

Se puede concluir que en cualquier región del mundo, en los núcleos
sociales siempre existe entre ellos, aún entre los menos
adelantado, en la carrera de la civilización, ciertas pautas
probatorias y por consiguiente, medios dados al acusador o al
acusado, para convencer al juzgador de su teoría, la cual por
un lado, la evidencia de la acusación pretende destruir el Estado
de Inocencia del imputado y la evidencia de la defensa del
acusado, es precisamente confirmar dicho Estado de Inocente.
Recuérdese que siempre en la Sentencia estará presente la
fundamentación de la decisión.

MATERIAS OBJETO DE LA CRIMINALÍSTICA
Las disciplinas científicas de la criminalística pueden dividirse en
el siguiente criterio:
1) Criminalística de campo;
2) Balística forense;
3) Documentos copia;
4) Explosivos e incendios;
5) Fotografía forense;
6) Hechos de tránsito terrestre;
7) Sistemas de identificación;
8) Técnicas forenses de laboratorio

La criminalística ofrece una inestimable cantidad de conocimientos
técnicos; planimétricos, fotográficos, dactiloscópicos,
mecanográficos, balísticos, scopométricos, toxicológicos, etc.
Para la mejor puesta en práctica de estos conocimientos por el propio
personal a cargo de la investigación preliminar, ya las diferentes
universidades acreditadas en el país, han puesto a disposición de los
estudiantes de educación media, la especialización en investigación
científica. Se ha apreciado la implementación de la cátedra en
diferentes universidades que cuentan con la carrera de Abogacía y
Notariado y así mismo, se aprecia el ofrecimiento de la
especialización en criminalística en postgrados universitarios, así
como en doctorados. Se espera que pronto dicha disciplina
científica se convierta en parte del pensum de estudios de la
licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de todas las
universidades.-

Se tendrá que esperar que el Inacif se haga responsable de
la preparación de las nuevas generaciones en este tema. Con su
autonomía funcional bien podría dedicar parte de su presupuesto
a preparar a todos aquellos interesados en el estudio de la
Criminalística para más adelante proceder a incorporarlos a su
personal en todos los centros forenses de la república, buscando hacer
más eficiente la investigación y así prestar mayor colaboración a las
diferentes necesidades al respecto dentro del proceso penal.

LOS INDICIOS
El vocablo deviene del latín indicium (delación, manifestación, razón,
indicación, marca, signo señal) Hoy significa, criminológicamente,
todo rastro, vestigio, huella, sea del delito, del autor o de la
víctima. Se señala que el indicio, es el medio de prueba que consiste
en la recolección e interpretación de cuantos hechos y circunstancias
conduzcan al descubrimiento de la verdad.
Comprende, toda acción o circunstancia relacionada con el hecho
investigado y que permita inferir la existencia o modalidades de
éste. El papel indiciario aparece ya entre los romanos. Así, por
ejemplo, en el Código se lee: Sepan todos los acusadores, que deben
ellos llevar a conocimiento público cosa que esté apoyada por
testigos idóneos, o fundada en evidentísimos documentos, o de
fácil prueba por indicios indudables y tan claros como la luz.
El indicio es el objeto o circunstancia probados que permiten formular
un argumento capaz de llevarnos a la prueba de otro hecho.
Con respecto a la dinámica procesal-indiciario-presunciones, se puede
decir lo siguiente:
Un indicio es un hecho que está en relación tan íntima con ocho hecho,
que un juez llegue del uno al otro por medio de una conclusión muy
natural. Por eso son menester en la causa dos hechos: el uno
comprobado, el otro no manifiesto aún y que se trata de demostrar por
vía racional yendo del hecho conocido al desconocido. Así por ejemplo,
En el lugar del crimen se encuentra un pedazo de vestido perteneciente
a la víctima y de esto se infiere que la víctima pasó por aquél sitio.
Claro que el ejemplo referido da muestra de la inferencia marca el
paso del indicio a la presunción más o menos evidente; obsérvese que
un tercero pudo dejar ese pedazo de vestido. Por eso es que los
códigos procesales tiene ciertas exigencias ineludibles para asegurar
la certeza o posteriori de la materia indiciaria, así por ejemplo, que
los indicios no sean equívocos, que sean concordantes, que sean
varios, que conste el cuerpo de delito, por prueba directa, etc.
Carácter de la prueba indiciaria
Cuando la prueba se base en un indicio se denomina prueba indirecta.
La prueba es directa cuando reproduce el delito o es un elemento del
mismo y es indirecta cuando consiste en algo diverso del delito o de
sus elementos pero que puede llevar a él, por inferencia o proceso
racional deductivo o conjetural. El indicio tiene el carácter de
prueba crítica, por oposición a la prueba histórica, como el documento
o el testimonio. Una prueba es considerada crítica cuando no
determina, por sí y directamente, el hecho a probar.
Clasificación de la prueba indiciaria
Es posible formular la siguiente clasificación técnica de los
indicios:
1) De capacidad moral o inclinación al delito;
2) Del móvil, condición diferente en cada uno (motivación del impuso
de meta o de los fines mediatos e inmediatos perseguidos en las
acciones instrumentales);
3) Oportunidad, ya personal (conocimiento y poder) ya material o real
(presencia en el lugar, posición de armas);
4) De rastros materiales (huellas, impresiones digitales, objetos
abandonados, llevados, etc.)
5) Manifestaciones anteriores al delito (amenazas o instrucciones);
6) Manifestaciones posteriores al delito (declaraciones falsas,
retorno al lugar del hecho, fuga, destrucción de vestigios,
transacción con la víctima, soborno de testigos, gastos excesivos.
Como se puede observar, los indicios no se limitan a los rastros
materiales o reales, bien pueden tener actitudes y carácter personal;
por ej. La seguridad o inquietud de quien es interrogado (testigos o
indagados) los antecedentes histórico-criminales, etc.
Las presunciones o indicios en el juicio criminal, son las
circunstancias y antecedentes que, teniendo relación con el delito,
pueden razonablemente fundar una opinión sobre la existencia de hechos
determinados.
Pese a que el texto equipara las presunciones y los indicios, debe
aclararse que los últimos son el dato o prueba indirecta, en sí, en
cambio, la presunción es el efecto de las inferencias o del proceso
racional deductivo sobre la prueba indiciaria.
Cuando los sistemas de administración de justicia penal no regulen la
prueba indiciaria no implica que ésta pueda utilizarse y aplicarse a
caso concreto, cuando es insuficiente la prueba directa.


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