Principio de la Competencia Judicial

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Héctor Eduardo Berducido Mendoza

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Feb 27, 2012, 1:54:06 PM2/27/12
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Los jueces tienen prohibido inhibirse de conocer sobre la causa. Están obligados a conocer y en su momento, remitir lo resuelto al que ellos consideran competente. Las partes igualmente pueden acudir ante el juez que conoce la causa y tramitar la declinatoria ante él o bien, acudir ante el competente y tramitar la inhibitoria, para que sea él quien conozca del proceso.  

creo que la competencia de conocer la causa por el juez, es el derecho que tiene todo ciudadano a que su asunto sea resuelto judicialmente.  Hoy coloco éste documento para su respectivo estudio y discusión. Saludos Héctor Berducido. 
8 PRINCIPIO DE COMPETENCIA JUDICIAL.doc
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