LEY Nº 17.718 CONDICIONES PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE GEÓLOGO LEY Nº 17.718 CONDICIONES PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE GEÓLOGO

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Terrón

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Feb 15, 2012, 6:39:02 AM2/15/12
to GEOLOGOS
Para los que no la conocen

LEY Nº 17.718
CONDICIONES PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE GEÓLOGO

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1º.- El ejercicio de la profesión de geólogo en todo el
territorio de la República, quedará sujeto a las disposiciones de esta
ley.

CAPÍTULO II

CONDICIONES PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN

ARTÍCULO 2º.- Para poder ejercer la profesión de geólogo en el
territorio de la República es exigible:

A) Título de licenciado en geología o equivalente, otorgado por la
Universidad de la República u otras universidades o institutos
universitarios habilitados por el Estado.

B) Título de licenciado en geología o equivalente, otorgado por
universidades extranjeras, revalidado por la autoridad competente.

ARTÍCULO 3º.- Los profesionales de geología que, al momento de entrada
en vigencia de esta ley, tengan competencia notoria y/o título
diferente, y no cumplan con los requisitos exigidos por el artículo 2°
de esta ley, podrán solicitar la habilitación de su título para el
ejercicio de la profesión ante la Comisión Especial que se crea en el
artículo siguiente. Para ello, los interesados dispondrán de ciento
ochenta días a partir de que el Poder Ejecutivo reglamente esta ley.

ARTÍCULO 4º.- Créase una Comisión Especial integrada por un
representante del Ministerio de Educación y Cultura y dos de la
Universidad de la República, que tendrá por cometido resolver sobre
las solicitudes de habilitación, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 3° de esta ley.

Las resoluciones serán individuales y fundadas de acuerdo con los
requisitos que establezca la propia Comisión Especial. Corresponderá
los recursos administrativos de revocación y jerárquico ante el Poder
Ejecutivo.

La Comisión Especial dispondrá de ciento ochenta días para expedirse,
una vez presentada la solicitud correspondiente.

ARTÍCULO 5º.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3° de
esta ley, los profesionales de la geología allí referidos podrán
solicitar el reconocimiento total o parcial de sus estudios en la
Universidad de la República u otras universidades o institutos
universitarios habilitados por el Estado.

CAPÍTULO III

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

ARTÍCULO 6º.- Los profesionales referidos en el artículo 3° de esta
ley, que hayan solicitado la habilitación de su título, podrán ejercer
su profesión hasta tanto no exista una resolución firme de la Comisión
Especial creada por el artículo 4° de esta ley.

ARTÍCULO 7º.- El Poder Ejecutivo reglamentará esta ley en un plazo de
ciento ochenta días a contar de la fecha de su promulgación.

Montevideo, 18 de diciembre de 2003.

El texto fue tomado de la página web de Presidencia

juan Ledesma

unread,
Feb 17, 2012, 8:50:49 AM2/17/12
to geologos_...@googlegroups.com
La información es imcompleta por cuanto no se menciona el gafe de que
en la aplicación de esta ley aquellos colegas que eran mayores a los
35 años de edad en el momento de su promulgación pasaban a la
categoría de profesionales categoría "B" pues, se les amputaba el
derecho como profesionales de ejercer la profesión en las mismas
condiciones (derechos y deberes) que todos los demás profesionales en
el territorio nacional. Es decir, por ser mayores de 35 años quedamos
afuera del derecho de integrarnos a la caja de profesionales y
ejerceremos nuestra profesión bajo la denominación comercial (S.A, SRL
o Unipersonal), sin considerar los perjuicios que ello significa a
los efectos jubilatorios. La Ley fue propiciada a instancias de un
senador del FA en 2004 y hoy a ocho años de su aprobación y trás siete
años de la misma administración de gobierno (que la propicio), no solo
no cumplieron con la disposición de su reglamentación en 180 días sino
que además crearon una categoría "B" para los profesionales
universitarios. Toda una innovación, verdad que sí?

El 15/02/12, Terrón <roberto...@gmail.com> escribió:

juan Ledesma

unread,
Jun 12, 2012, 11:59:40 AM6/12/12
to geologos_...@googlegroups.com
Estimado Carrión:
qué paso con "Terrón"? no he recibido más nada. Se fundió la
editorial? o me sacaste de la lista? Ja Ja Ja!!!
Cordialmente,
Juan





El 17/02/12, juan Ledesma <jul...@gmail.com> escribió:
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