Saludos amigos,
Voy a hacer una pregunta que deja perfectamente clara mi ignorancia en
el tema:
Quién tiene que tratar la reglamentación de la Ley 17.718?
Entiendo que el Poder Ejecutivo, pero quién específicamente?
Quizás alguno de Uds haya sufrido en carne propia - como yo - que una
arquitecta de 20 y pocos años de la IDC le diga en la cara que los
permisos de viabilidad ambiental para canteras de balastro y tosca
deben ir firmados por Arquitecto o Ingeniero, ya que el Geólogo no
está contemplado en el Digesto como técnico actuante... EN EL TEMA
CANTERAS !!!
Por eso pregunto: quién específicamente debe reglamentar esta Ley que
nos importa mucho?. Quien les dice, en una de esas debemos ir a
golpear alguna puerta para que nos escuchen.
Un abrazo
Alex