Estimados OFICIALES MERCANTES: Ing. Hoover Morales

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CYBERMAR GROUP

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May 15, 2014, 2:08:11 PM5/15/14
to Gente de Mar-Colombia GROUP, Marina Mercante Colombia GROUP
---------- Mensaje reenviado ----------
De: Hoover Morales
Fecha: 15 de mayo de 2014, 12:24

 
Estimados OFICIALES MERCANTES .

Antes de entrar a polemizar en este tema tan interesante ,debemos tener en cuenta que la OMI(Organización Marítima Internacional) bajo las normas del CONVENIO Internacional sobre normas de FORMACION,TITULACION Y GUARDA PARA LA GENTE DE MAR (STCW) ,de la cual COLOMBIA ES ADHERENTE,fija las normas para que una persona natural pueda desempeñarse a bordo de los buques mercantes.

Quiere decir esto ,que si una organización ,institución u empresa cumple estas normas y debidamente autorizadas por el ESTADO respectivo ,tiene la potestad de emitir la licencia o Titulo respectivo para ejercer a bordo de los buques.

Otra cosa muy distinta y loable que cada OFICIAL MERCANTE ,por su interés profesional y personal ,quiera ampliar sus conocimientos y optar por otra carrera profesional.

En la todos los buques de todas las empresas navieras del mundo,exigen como único requisito respectivo ,para un empleo,el TITULO O LICENCIA de oFICIAL MERCANTE y con algunas excepciones el TITULO DE OTRA PROFESION.

Lo que debemos tratar de obtener es que el monopolio de la carrera del OFICIAL MERCANTE ,no la tenga LA ENAP,con sus pros y contras, sino otras instituciones como el SENA.

"TODA PERSONA ES LIBRE DE ESCOGER PROFESION U OFICIO . LA LEY PODRA EXIGIR TITULOS DE IDONEIDAD. LAS AUTORIDADES COMPETENTES INSPECCIONARAN Y VIGILARAN EL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES..........LAS PROFESIONES LEGALMENTE RECONOCIDAS PUEDEN ORGANIZARSE BEN COLEGIOS......LA LEY PODRA ASIGNARLES FUNCIONES PUBLICAS Y ESTABLECER LOS DEBIDOS CONTROLES" ARTICULO 26 de LA CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA

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