Dicho beneficio incluye al gas licuado de petróleo (GLP), gasolinas de 84 y 90 octanos, y Diesel BX.
Están excluidos el Diesel BX con contenido de azufre de hasta diez partículas por millón (ppm); así como el GLP, gasolinas de 84 y 90 octanos, gasoholes de de 84 y 90 octanos, y Diesel BX utilizados en las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos y recursos minerales, el procesamiento de recursos hidrobiológicos y la fabricación de cemento.
La norma también autoriza excepcionalmente a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para que, de manera extraordinaria en el año fiscal 2011, transfiera al fondo adicionalmente a lo establecido en las normas vigentes, la suma de 610 millones de soles.
Este monto será transferido con cargo al nivel de recursos ordinarios considerado en las proyecciones del Marco Macroeconómico Multianual 2012 – 2014 Revisado para el presente año y que financia el incremento del nivel de gasto destinado a cubrir el pago al Fondo para la Estabilización del Precio de los Combustibles Derivados del Petróleo.
Además, se suspende temporalmente la actualización y publicación de la Banda de Precios del GLP, en consecuencia, el margen comercial y la banda de precios para el GLP aprobados por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) el 9 de junio del presente año, mantendrá su vigencia hasta la próxima actualización y publicación de bandas que se realizará el último jueves del mes de febrero del 2012.
Explicó que debido a que el precio internacional promedio del petróleo ha sufrido un incremento de 79 dólares por barril en el año 2010 a un promedio de 95 dólares en lo que va del presente año, el fondo ha acumulado progresivamente considerables obligaciones con los productores e importadores de combustibles por lo que el Estado ha efectuado importantes pagos para atender las obligaciones generadas con el fondo.
En tal sentido, el gobierno señaló que resulta necesario adoptar en el más breve plazo posible medidas adicionales para focalizar los beneficios del fondo a favor de los sectores que son más afectados por la volatilidad del precio internacional del petróleo y a la vez atenuar el impacto que genera las deudas de dicho fondo sobre las cuentas fiscales.
Por su parte, el MEF aprobó un decreto supremo que autoriza un crédito suplementario por la suma de 610 millones de soles destinado a financiar la transferencia extraordinaria para el mencionado fondo.
(FIN) JPC/JPC
Fecha: 23/12/2011
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