Sobre el cobro TSS a empleado que esta cotizando a través de su esposo/sa

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Recursos Humanos

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Sep 19, 2024, 1:48:57 PMSep 19
to Foro TSS
Buenos dias, 

Al incluir en la TSS a una empleada nueva, ella nos reclamo que no debemos, ya que ella esta cotizando a través de su esposo. 

De ser posible indicarnos la Ley y el articulo que sustenta esa medida o en caso contrario, cual es la regla para explicar a esta empleada. 

Agradezco me informen con detalle sobre esta inquietud, para realizar la acción correspondiente en estos caso, ya que es la primera vez que se nos presenta esta queja. 

Gracias de antemano,


Foro TSS

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Sep 20, 2024, 10:36:34 AMSep 20
to Foro TSS
Buenos días Recursos Humanos,

Es preciso aclararle a su colaboradora que, como trabajadora, debe estar afiliada al SDSS como titular. La relación de dependencia solo está contemplada para el Seguro Familiar de Salud y no son cotizaciones de la colaboradora, sino del esposo, por lo que ella no está generando ninguna cotización al SDSS al pertenecer al núcleo familiar de su cónyuge. 

Para poder cotizar para pensiones (ver artículo 36 de la Ley 87-01) y al Seguro de Riesgos Laborales es necesario que figure en la nómina de trabajadores que la empresa tiene registrada en el SUIR. 

En el caso de la empresa, no existe excepción al momento de registrar a los trabajadores ante el SDSS, todos los colaboradores deben figurar en la nómina cargada al SUIR para evitar incumplimientos ante la Ley, según lo establece el artículo 113. 

Feliz día,
KD

Cinthia Peña

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Sep 20, 2024, 10:37:06 AMSep 20
to Recursos Humanos, Foro TSS
Buenas tardes, le corresponde incluirla independientemente de quién sea el titular, esto para lo del seguro familiar de salud, ahí muchos se confunden, ella está confundida muchas personas tienen esa confusión, todo está en la ley 87-01.  Si el esposo deja de cotizar ellos no quedarán sin el plan básico porque ahí automáticamente el sistema la pone a ella como titular.  Tiene que hacerle entender que es la ley,  no podemos hacer nada. 

Muchas personas entienden que es injusto y me incluyo, por ejemplo yo soy la titular y mi esposo es mi dependiente, pero a él también le descuentan, y yo lo tengo en mi núcleo, se le descuenta a todos los titulares y dependientes.  

Saludos, 

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Eusebio Morillo Ferreras

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Sep 20, 2024, 10:37:11 AMSep 20
to Recursos Humanos, Foro TSS
Buenas tardes

1. Todas las empresas deben incluir a sus empleados en la TSS para poder estar protegidos primeramente en Riesgos Laborales (si le pasa un accidente poder esta estar protegidos según la Ley 87-01), no es solo para seguro de salud, tambien ahi esta incluido su plan de pensiones para el futuro cuando cumpla sus 60 años contar con su plan de retiro.
2. Para una empresa poder sustentar sus gastos ante la DGII, los mismos deben ser con facturas fiscales; por lo que para los gastos de sueldos deben ser a través de la TSS es que la DGII recibe los datos. 

Por eso es que todos los empleados deben ser incluidos en la TSS.





El jue, 19 sept 2024 a las 13:48, Recursos Humanos (<recursoshumanos...@gmail.com>) escribió:

Recursos Humanos

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Sep 20, 2024, 10:37:18 AMSep 20
to Eusebio Morillo Ferreras, Foro TSS, cp...@seminsa.com.do
Buenas tardes, 

Muchas gracias a todos por su asistencia y rápida respuesta, he conversado con la joven en particular y le cite los artículos correspondientes que se encuentran en la Ley 87-01, ante lo cual quedó debidamente edificada.

Saludos cordiales, 


--
Maribel Oviedo
Gestión Recursos Humanos 
Oficina       (829) 256-4366 

Marileidy Baez

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Sep 20, 2024, 10:37:27 AMSep 20
to Recursos Humanos, Foro TSS
Saludos,

La Ley no contempla la opción de quedar exenta de cotizar en la seguridad social cuando es empleada formal. Aunque ella esté afiliada a través de su esposo como dependiente, es responsabilidad del empleador  registrarla y cotizar por ella en el régimen contributivo.

Por lo tanto, no puedes dejar de incluirla en la TSS, ya que es un requisito legal y obligatorio. (base legal ley 87-01, artículo 31, y el reglamento de seguridad social)







Recursos Humanos

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Sep 20, 2024, 10:37:45 AMSep 20
to Marileidy Baez, Foro TSS
Estimada Marileidy, 

Muchas gracias por su observación y atentas instrucciones, conforme a la Ley 87-01 la joven se encuentra inscrita y cotizando en TSS a través de su esposo como dependiente y también a través de nuestra empresa. 

Saludos cordiales, Bendiciones 

Luis A. Lopez M.

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Sep 20, 2024, 10:38:01 AMSep 20
to Recursos Humanos, Foro TSS
El Sistema de Seguridad Social es CONTRIBUTIVO, sin importar lo que alegue el empleado, la empresa debe registrarlo en la Seguridad Social, para cobertura en la parte de Pension, Salud y Riesgos Laboral.

Hay que preguntarle a ese empleado, que si le ocurre un accidente, dentro o en transito a la empresa, quien lo va a cubrir, y en caso de que le ocurra un accidente grave dentro de la empresa, ella puede demandar a la empresa por no tenerla incluida en la Seguridad Social

Luis López

Gerente General

Cooperativa 27 de Febrero

cooperativa...@gmail.com

Oficina: 809-332-9670

Celular: 809-654-9311


De: foro...@googlegroups.com <foro...@googlegroups.com> en nombre de Recursos Humanos <recursoshumanos...@gmail.com>
Enviado: jueves, 19 de septiembre de 2024 10:02 a. m.
Para: Foro TSS <foro...@googlegroups.com>
Asunto: Sobre el cobro TSS a empleado que esta cotizando a través de su esposo/sa
 

lmnu...@gmail.com

unread,
Sep 25, 2024, 2:16:03 PM (9 days ago) Sep 25
to Luis A. Lopez M., Recursos Humanos, Foro TSS

Saludos!

 

Es muy sencillo, Ella no cotiza a través de su esposo, nadie cotiza através de otro, quien cotiza es su esposo y ella es dependiente directo de su esposo.

 

Al comenzar a trabajar ella debe de cotizar independiente.

 

Saludos,

 

 

Luis Núñez

Departamento de Contabilidad

809.501.7860

Skype: Lmnunezd

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